Derechos de la vida privada. Trilce Valdivia

Derechos de la vida privada - Trilce Valdivia


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del ser humano y estaba reservada a la familia, mientras que la esfera pública era el espacio de la libertad. En la esfera familiar se realizaban las actividades propias de la labor y del trabajo. En la esfera de la polis se llevaban a cabo las actividades propias de la acción y del discurso (p. 40).

      La esfera privada era aquella de lo oculto o invisible; la pública, la de aquello que puede ser visto por los demás, que permanece en el tiempo y que permite trascender. Es interesante notar que, para Arendt, en la Antigua Grecia, la vida doméstica posibilitaba la “gran vida” en la polis, toda vez que la trascendencia en la vida pública se hacía posible, solo una vez que se habían satisfecho las necesidades esenciales dentro de la esfera privada. Arendt (p. 72) observa en esto último la estrecha relación existente entre el reconocimiento de la propiedad privada y la garantía de la existencia de la esfera pública.

      De modo semejante, para Bobbio (1996, p. 14), en el mundo romano, lo público se asociaba con el concepto de res publica, como bien público al que el populus tenía acceso; mientras que el ámbito de la res privata estaba sujeta al poder del pater familias. De esta manera, las relaciones entre gobernantes y gobernados pertecían al ámbito de la res publica en el que se imponía la ley; mientras que las relaciones entre iguales formaban parte del ámbito de la res privata, donde operaban los acuerdos privados o contratos.

      Sin embargo, como señalamos anteriormente, los espacios abarcados por las esferas pública y privada han sido cambiantes. Arendt (2003, p. 46) advierte que, durante la Edad Media, la distinción entre las esferas pública y privada perdió gran parte de su significado, pues en la sociedad feudal la esfera privada creció y todas las relaciones se modelaron bajo el patrón doméstico. Este último fenómeno constituiría la raíz de lo que describe como “el auge de lo social”, por el que muchas actividades ligadas a la supervivencia y a la satisfacción de necesidades —es decir, propias de la antigua esfera privada—, se convierten ahora en actividades públicamente relevantes. Asimismo, durante el Medioevo, el concepto de bien común se modeló sobre los intereses comunes tanto materiales como espirituales de los individuos particulares, siendo la salvación de la propia alma el principal interés común, ocasionando que la religión católica ocupara un lugar privilegiado en la esfera pública.

      Para Habermas (1991, pp. 29-30), la esfera pública se identificaría, desde fines del Medioevo, con lo que denomina “publicidad representativa”, ejercida principalmente por el Monarca y la Nobleza, quienes solían exhibir su poder en las plazas, los palacios y las iglesias. Fenómenos propios de la Edad Moderna, principalmente el auge del Estado, poco a poco habrían ido perfilando el nuevo sentido de la división entre la esfera pública y la privada. Surgiría un nuevo sentido para entender “lo público”, básicamente como “lo estatal”. El denominado “auge de lo social” caminó aparejado al surgimiento del mercantilismo y la formación de los nuevos Estados nacionales. De esta forma, tomaron preeminencia aquellas actividades destinadas a la satisfacción de necesidades y a la acumulación de la riqueza. Y, si bien es cierto que el mercado surgió como un espacio libre para los intercambios individuales, este requería la protección de la autoridad política.

      Por otro lado, observamos también en la entrada de la Modernidad el paso que dan desde la esfera pública hacia la privada tanto la religión como la moral. Martínez de Pisón Cavero (1996, p. 720) destaca, por ejemplo, que “el deseo de vida privada surge con la lectura en familia de la Biblia, el diálogo interno con Dios, la reclusión interior y la escritura de escritos personales, en fin, con la ética protestante —mercantil, por encima de todo, sujeta al ahorro, al cálculo, a la honestidad y a los libros mercantiles— y con las exigencias sociales y políticas de la utopía burguesa en los siglos XVII y XVIII, y materializada en el más puro sistema liberal del XIX”.

      No obstante, el monopolio de lo público por lo estatal no tardaría en modificarse. La fundamental oposición entre la sociedad burguesa —integrada en un primer nivel, más íntimo, por las familias y, en un segundo nivel, por las relaciones de tráfico mercantil y trabajo social— y el Estado, daría lugar al surgimiento de una nueva esfera pública, integrada por órganos de información estructuralmente separados del Estado y dirigidos por privados (Habermas, 1991, p. 50). Se formó de esa manera un nuevo concepto de “interés público”, entendido como la suma de los intereses particulares, y que se enfrentaría al de “soberanía absoluta” y arcana imperii. Así, surgiría también el concepto de opinión pública, que comienza a controlar las decisiones del gobierno, y que se forma en asociaciones privadas a partir de la información compartida por la prensa. Se integró de esa manera lo que Habermas ha denominado la “esfera pública burguesa”, caracterizada por someter al poder público a la razón. Y si bien, en principio, “la esfera pública estaba abierta a todos los individuos privados, en la práctica se restringía a un grupo limitado de la población” (Thompson, 2011, p. 16), los propietarios y aquellos que había podido educarse.

      Frente a estas nuevas comprensiones de la esfera pública, surge también una nueva fórmula de entender la esfera privada, de raigambre más bien liberal. En opinión de Arendt (2003), la esfera privada alcanzaría un nuevo significado y valor, toda vez que el “mundo íntimo” y la individualidad se abrieron paso frente a “las igualadoras exigencias de lo social” (p. 50), las que “tienden a normalizar a sus miembros, a hacerlos actuar, a excluir la acción espontánea o el logro sobresaliente” (p. 51). Benjamin Constant proclamará, en contraste con la libertad de los antiguos, la nueva libertad de los modernos, caracterizada por una participación indirecta en los asuntos públicos y una amplia protección de su despliegue autónomo en el ámbito privado. Así también, como nota Berlin (1988, p. 196): “filósofos tales como Locke o Adam Smith y, en algunos aspectos, Mill, creían que la armonía social y el progreso eran compatibles con la reserva de un ámbito amplio de vida privada, al que no había que permitir que lo violase ni el Estado ni ninguna otra autoridad”.

      Esta reserva se materializaría a partir del reconocimiento de un derecho de libertad negativa, entendido como “estar libre de: que no interfieran en mi actividad más allá de un límite, que es cambiable pero siempre reconocible” (p. 196). Del mismo modo, la protección jurídica de la privacidad se traduciría en el reconocimiento y la protección del derecho a la propiedad privada. Las garantías antes mencionadas se reconocieron como derechos en las cartas fundamentales paradigmáticas de la Modernidad, tales como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, donde lo hallamos estatuido como un derecho general de libertad y en el Bill of Rights de la Constitución de los Estados Unidos de América de 1791 donde se le caracteriza más específicamente en la Enmienda IV. Como puede apreciarse, en la Modernidad, la esfera privada obtiene protección como derecho subjetivo frente a las intromisiones de la autoridad del Estado o de terceros.

      Llegados a este punto, podemos observar que la esfera privada ha sufrido un gran proceso de transformación. De ser un espacio para la satisfacción de las necesidades más básicas, pasó a convertirse en un auténtico espacio de realización y desarrollo personal garantizado jurídicamente. No obstante, como ha hecho notar la crítica feminista, no se abandonó del todo la idea del espacio privado como un lugar reservado a la mujer, a las actividades del hogar y a la satisfacción de necesidades básicas. En esa línea argumentativa, desde esta teoría se critica que la visión liberal haya considerado idílicamente al espacio privado como una dimensión libre de represiones, pues no lo habría sido así para las mujeres. Asimismo, se critica que las políticas estatales se hayan inmiscuido en el espacio privado en perjuicio de la mujer, y que no hayan corregido de modo suficiente las asimetrías de la esfera privada (Roessler, 2004, capítulo 2, sección 2, párr. 1).

      Más aun, con el surgimiento del modelo de Estado social, los límites entre la esfera pública y la esfera privada volverían a difuminarse. El Estado asumirá nuevas funciones interventoras sobre la esfera privada, regulando ciertos mercados e instituyendo, por ejemplo, regulaciones laborales; mientras que organizaciones sociales, como los sindicatos, las corporaciones empresariales y los partidos políticos, ganarán presencia en la esfera pública y se convertirán, en reemplazo de los ciudadanos, en los principales interlocutores del poder estatal.

      Entonces, ¿cómo se delimitan los contornos de las esferas pública y privada hoy en día? Resulta sumamente difícil determinar


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