Más allá del vicio y la virtud. Группа авторов
la lucha contra la trata hay un único feminismo o una única gobernanza.
AA: Por supuesto que no estás restándole énfasis al papel del feminismo de la dominación en el giro del feminismo hacia lo penal. Lo vemos en la guerra contra el terrorismo. Lo vemos en la violación y lo vemos en la trata.
JH: No estoy segura de cuál sea el grado correcto de énfasis, pero estoy muy contenta de que el proyecto llegue para darle un tratamiento extendido en este libro. En el proceso, recordemos que el feminismo nunca tiene una gran influencia en el gobierno a menos que “se ajuste” a los poderes existentes, y que la criminalización es una característica clave de la economía política neoliberal contemporánea. Consideremos, por ejemplo, la lección que nos ofrece la fascinante disertación de Allegra McLeod.[73] Para mi satisfacción, muestra que el reciente auge del derecho penal internacional y la cooperación transnacional en la aplicación estatal de la ley penal fue bastante anterior al 11-S. En cambio, una de las principales fuerzas que impulsaron la construcción del derecho penal internacional que vemos hoy en día comenzó con la idea de la gestión de Clinton sobre cómo hacer que los Estados Unidos fueran eternamente relevantes a escala internacional luego de la caída del muro. El as en la manga de Clinton, argumenta convencida McLeod, fue fortalecer las redes de aplicación de la ley penal para que fueran internacionales y estuvieran integradas profundamente a los sistemas nacionales, y que luego se coordinaran entre sí de forma estrecha. La parte de la influencia estadounidense en esto fue que este sistema penal internacional recientemente interoperable estaría sujeto al control directo e indirecto de los Estados Unidos en la medida de lo posible, coherente con la ambición de asegurar la cooperación internacional, que es lo que tenemos ahora.
El nuevo sistema contra la trata se forjó en este crisol. Fue un proyecto de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus iniciales en inglés), ¡no de una organización de derechos humanos! Cuando, a fines de la década de 1990, como parte del esfuerzo más amplio descripto por McLeod, los países del hemisferio norte identificaron el crimen transnacional organizado como un desafío para este nuevo orden legal institucional, este llegó con un creciente interés en convertir la migración ilegal de trabajadores en trata. No creo que pueda hacer suficiente hincapié en que esto estaba relacionado con construir una economía de mercado global de la posguerra fría en la que el intercambio internacional de bienes y servicios, de dinero y armas, sería capitalista y transparente internacionalmente, mientras que el flujo internacional de mano de obra estaría bajo estricto control y limitado por las fronteras nacionales. Seguía un paradigma doctrinal de contrato/delito en el que los mercados serían “libres” en la medida en que se prohibiera penalmente el comercio coercitivo, y en el que el protocolo de la trata y el protocolo de contrabando garantizarían que la migración laboral internacional quedara bajo un nuevo control penal.[74] Y luego del 11-S, este sistema se volvió parte de una securitización intensificada de las órdenes internacionales y estatales.
Y esa fue la puerta de entrada para las feministas de la dominación: la trata ya había sido definida en la ley internacional en el contexto de la trata de mujeres y menores con fines de prostitución. Así es como lo definieron las convenciones internacionales de principios y mediados del siglo XX.[75] Un gran empuje feminista de la gobernanza llegó del lado de las feministas de la dominación para asegurarse de que, si la trata iba a incorporarse a este nuevo sistema de aplicación de la ley penal internacional, la antiprostitución tal y como la ven ellas debía ser una parte prominente. Fueron inteligentes. Se presentaron en las reuniones de Viena que dieron lugar a los protocolos de Palermo sabiendo exactamente lo que querían. Querían que la prostitución se convirtiera en un delito internacional para todos los involucrados, excepto la prostituta.[76]
Afortunadamente para quienes no están de acuerdo con la postura de las feministas de la dominación respecto de la prostitución, Mary Robinson, la entonces alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos, envió a Anne Gallagher a Viena, y el mundo feminista de los derechos humanos envió a muchas activistas entendidas, lo que estableció un concurso de influencias entre feministas en las reuniones de Viena. Este grupo algo dispar estaba decidido a que las reuniones de Viena no degradaran ni desplazaran los derechos de los refugiados, se centraran en las necesidades de los migrantes vulnerables y no victimizaran a las trabajadoras del sexo que las feministas de la dominación querían “rescatar”. Estas feministas de derechos humanos ganaron muchísimo. Por ejemplo, al principio del proceso de Viena ayudaron a asegurar que la lucha contra la trata no solo se centrara en las mujeres y los menores, sino en la explotación laboral en general. El nombre del protocolo –“trata de personas”, no “trata de mujeres y menores”– indica una victoria para este cuerpo alternativo de defensa feminista.
Pero las feministas de la dominación aún querían equiparar la trata con la prostitución, y las feministas de derechos humanos tenían una especie de papel ambivalente que desempeñar allí porque compartían la tradición libertaria civil de los progresistas estadounidenses. Por un lado, sabían que penalizar todo puede ser realmente aterrador, en especial en estados con sistemas de derecho penal en los que los derechos de los acusados son insignificantes. Por el otro, también consideraban que había llegado el momento de utilizar la aplicación de la ley penal para ejercer influencias sobre los agentes explotadores de las industrias mucho más allá del sector del sexo: en la agricultura y la construcción, y en el trabajo doméstico, dondequiera que vayan los trabajadores vulnerables, a veces obligados, a realizar trabajos vulnerables. Esta ambivalencia feminista sobre la penalización volvió a surgir en su agenda.
En Viena, las feministas de derechos humanos lograron reducir la exposición del trabajo sexual de la penalización obligatoria a circunstancias que implican fuerza y explotación: la prostitución está incluida explícitamente como ejemplo, pero también otras formas de trabajo forzado.[77] Pero justo antes de que se adoptara el protocolo de Palermo, las feministas de la dominación con base en los Estados Unidos consiguieron (como era de esperar) mucho más en el Congreso de su país, donde, en el mejor de los casos, la voz de los derechos humanos fue silenciada y donde las feministas de la dominación pudieron empezar a relacionarse con sus aliados clásicos, los conservadores religiosos y sociales. La resultante Ley de Protección de las Víctimas de Trata (TVPA, por sus iniciales en inglés) de los Estados Unidos incluye una categoría especial de “trata con fines de explotación sexual” bajo la cual las feministas de la dominación están produciendo feministas de la gobernanza con quienes simpatizan ideológicamente.[78] Por un lado, la prostitución (de mayores de 18 años), por sí misma, no es una forma grave de trata y, por lo tanto, no está sujeta a un procesamiento penal obligatorio según la ley TVPA: para ello, debe obtenerse por la fuerza, fraude o coacción, como todas las demás formas graves de trata en todos los demás sectores de la economía. Por otra parte, la trata con fines de explotación sexual se llama ahora así en un estatuto federal y, a escala nacional, la empresa federal de aplicación de la ley penal está presionando a los estados para que la conviertan en un delito concreto. En Massachusetts, por ejemplo, en la persecución penal contra un consumidor de prostitución o un proxeneta, el mínimo de la pena por el delito de “prostitución” se duplica cuando la imputación es por el delito de “trata con fines de explotación sexual”.
Uno de los elementos fascinantes del proceso de creación de la historia de la “trata” por parte de las feministas es lo que podríamos llamar sus condiciones de audibilidad, sus condiciones de inteligibilidad. El feminismo de la dominación había dado su giro carcelario unos años antes. En el auge de la lucha contra la trata, sus defensoras hablaron convincentemente en términos de control social con las personas que querían controlar la migración del sur al norte en el mundo de la posguerra fría. Se hicieron oír con fuerza. En cambio, las defensoras de los derechos humanos hablaban un lenguaje completamente ajeno a los participantes de las reuniones de Viena, que llevaron al protocolo de la trata. Recordemos que este fue el “niño mimado” de la UNODC. Las herramientas paradigmáticas en discusión eran los controles internacionales del tráfico de drogas y armas. Creo que la gente del control de drogas y armas vio a las feministas de derechos humanos y simplemente pensó: “¿Qué? ¿Quiénes son ustedes y de qué están hablando? Queremos castigar el crimen organizado transnacional, ¿y ustedes hablan