Pragmática del control sobre el derecho a la huelga. Renato Sarzo

Pragmática del control sobre el derecho a la huelga - Renato Sarzo


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      PRAGMÁTICA DEL CONTROL SOBRE

      EL DERECHO A LA HUELGA

      Análisis de la regulación legal y administrativa

      PRAGMÁTICA DEL CONTROL SOBRE EL DERECHO A LA HUELGA.

      Análisis de la regulación legal y administrativa

      Renato Sarzo Tamayo

      Primera edición, marzo 2021

      © 2021: Renato Sarzo Tamayo

      © 2021: Palestra Editores S.A.C.

      Plaza de la Bandera 125 - Lima 21 - Perú

      Telf. (+511) 6378902 - 6378903

      [email protected] / www.palestraeditores.com

      Diagramación y Digitalización:

      Gabriela Zabarburú Gamarra

      Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2021-03432

      ISBN Digital: 978-612-325-175-8

      Todos los derechos reservados. Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, bajo ninguna forma o medio, electrónico o impreso, incluyendo fotocopiado, grabado o almacenado en algún sistema informático, sin el consentimiento por escrito de los titulares del Copyright.

      A María del Carmen.

      A Víctor y Flor.

      Contenido

       GGLOSORIA

       RESUMEN

       LISTA DE CUADROS

       INTRODUCCIÓN

       Capítulo I

       LA HUELGA DESDE LA LEY Y LA REALIDAD

       El control estatal sobre las causas de la huelga

       1. La huelga como respuesta a conflictos colectivos principalmente jurídicos y no económicos

       2. La respuesta del Estado a las huelgas por conflictos colectivos jurídicos: el primer control sobre las causas de la huelga

       3. La huelga como respuesta a la función normativa del Estado: modelo polivalente

       4. La respuesta del Estado a las huelgas del modelo polivalente: el segundo control sobre las causas de la huelga

       5. El defecto normativo de la lógica del control: las huelgas improcedentes amparadas por la legislación

       Capítulo II

       LA LÓGICA DEL CONTROL EN LA CALIFICACIÓN DE LA HUELGA

       ¿Quién califica su ejercicio y bajo qué criterios?

       1. El tercer control sobre la huelga: el órgano calificador de la medida de presión

       2. El cuarto control sobre la huelga: la jurisprudencia administrativa del MTPE

       Capítulo III

       RECONFIGURACIÓN DE LA LÓGICA DEL CONTROL

       Una propuesta para el legislador

       1. Atención: las medidas dictadas de simplificación administrativa favorecen una mayor duración de las huelgas

       2. Nuestra propuesta: una sola forma de calificación del ejercicio irregular del derecho a la huelga y la prohibición de su realización a partir de aquella calificación

       3. Un órgano tripartito en el CNTPE como órgano independiente calificador de las huelgas

       4. El procedimiento administrativo de divergencia y la obligación de garantizar los servicios mínimos en caso de huelga

       5. La flexibilización del control sobre las causas de la huelga, la simplificación de otros requisitos y una mejor interpretación de los mismos

       CONCLUSIONES

       BIBLIOGRAFÍA

       ANEXO NORMATIVO

      Glosario

      AAT: Autoridad Administrativa de Trabajo

      CASC: Comisión de Apoyo al Servicio Civil

      CGTP: Confederación General de Trabajadores del Perú

      CNTPE: Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Del Empleo (CNTPE)

      FNTMMSP: Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú

      INEI: Instituto Nacional de Estadísticas e Informática

      LPAG: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

      LSC: Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

      MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

      OIT: Organización Internacional de Trabajo

      PBI: Producto Bruto Interno

      RLRCT: Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR.

      SUTEP: Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú

      SUNAFIL: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral

      TUO DE LA LRCT: Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR

      TUO DE LA LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS

      TUPA: Texto Único de Procedimientos Administrativos

      Resumen

      No obstante que la Constitución Política del Perú reconoce y garantiza el derecho a la huelga, la configuración legal de este derecho, tanto en el sector público como en el privado, se ha realizado bajo una lógica del control y no en clave de garantía. Más allá de los clásicos cuestionamientos a la definición legal de la huelga (tildada de tradicional) y a la lista de servicios esenciales (considerada


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