Procedencia de la acción de tutela contra laudos arbitrales en materia comercial a nivel nacional e internacional. Leonel Antonio Vega Pérez

Procedencia de la acción de tutela contra laudos arbitrales en materia comercial a nivel nacional e internacional - Leonel Antonio Vega Pérez


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Ley 1563 de 2012 encargada de su Regulación

       2.1 El arbitraje en Latinoamérica

       2.2 Arbitraje nacional

       2.3 Arbitraje internacional

       3. La Acción de Tutela como mecanismo protector de derechos fundamentales y derechos humanos frente a la posible violación de los laudos arbitrales nacionales e internacionales de naturaleza comercial en Colombia

       4. Marco jurídico que desarrolla la procedencia de la acción de tutela contra laudos arbitrales nacionales e internacionales de naturaleza comercial en Colombia

       5. Conclusiones

       Referencias Bibliográficas

      Introducción

      En la actual coyuntura nacional, el contenido jurídico ha adquirido una enorme importancia como consecuencia de la consolidación de medidas y legislaciones que han permitido mejorar el quehacer judicial, y que este se torne más estricto en cada uno de los sectores sociales, económicos y políticos, en aras de fortalecer los mecanismos de defensa, protección y salvaguarda de los derechos fundamentales como colectivos, brindando soluciones oportunas y transparentes a la comunidad.

      Esto significa que en el desarrollo de cada uno de los procesos judiciales, se apliquen las medidas correspondientes, dirimiendo los conflictos que suelen generarse entre las partes, sean estas de orden social o comercial especialmente, porque en los últimos años las acciones conflictivas han aumentado en Colombia y en el mundo entero, por lo que definir mecanismos alternativos de solución de controversias se ha convertido en una opción valiosa desde el punto de vista jurídico, en el entendido de que no solo se aplican procedimientos, sino acciones judiciales que minimizan de cierta manera las diferencias surgidas en desarrollo de las actividades, fundamentalmente en aquellas de orden comercial.

      Es por ello, que muchos países se han mostrado ampliamente interesados en definir mecanismos como el arbitraje, teniendo en cuenta de la incidencia que este tiene en la búsqueda de soluciones, en los conflictos surgidos durante el desarrollo de actividades, pero, que, a su vez, encuentra un sustento jurídico que, a manera de control, permite su aplicabilidad y respeto frente a aquellas medidas que pudieran desvirtuarlo como suele suceder con las acciones de tutela.

      El control de los jueces en este caso, juega un papel determinante en la búsqueda de las soluciones frente a conflictos de orden nacional como internacional que puedan surgir, aunque, a decir verdad, no existe una dualidad de normas que puedan ser tomadas en cuenta de acuerdo a cada situación. En el caso colombiano, surge la Ley 1563 de 2012, mediante la cual se establecen parámetros de aplicación expresa del arbitraje, haciendo énfasis en la justicia procesal como regla de solución de conflictos, de una manera responsable y transparente, siendo una obligación del cuerpo de árbitros el emitir conceptos equilibrados en los que las partes acepten las condiciones y el laudo como tal.

      El ejercicio de la actividad arbitral implica que se observen todas y cada una de las regulaciones aplicables, aun cuando en Colombia, solo subiste la Ley 1563 de 2012, en el orden nacional, dejando dudas respecto a los mecanismos internacionales. Cuando se recurren a estos tribunales por el ejercicio mismo de las actividades comerciales, lo que genera incertidumbre por los eventuales excesos de autoridad y desconocimiento de los requisitos establecidos para ellos.

      Garantizar el desarrollo de procesos arbitrales, exige un amplio conocimiento del entorno y de cada una de las regulaciones existentes, a fin de brindar fallos ecuánimes e imparciales, incluso, con carácter internacional, aunque este garantice la solución de conflictos, habida cuenta del aporte brindando por los convenios internacionales, cuyas legislaciones contemplan conceptos sustentados en la Convención de Nueva York de 1958, y la Convención de Ginebra de 1961.

      Dichos principios, buscan que exista una reciprocidad amplia sobre los laudos arbitrales frente a la inexistencia, desde luego, de normas precisas, que avalen su desarrollo en entornos internacionales, pudiendo dirimir conflictos, además, de aquellas situaciones en las que se busque la procedencia de la acción de tutela ante fallos emitidos por los tribunales de arbitramento.

      Es así, como se ha presentado e un amplio debate respecto a la procedencia de la acción de tutela frente a las providencias emitidas por los árbitros en desarrollo de procesos de solución de conflictos, suscitados entre organizaciones con sentido comercial, especialmente porque sería improcedente según la normatividad y jurisprudencia existente, dado que la tutela solo llevaría a que numerosos procesos se hicieran más complejos en cuanto a su desarrollo por parte de la justicia.

      A nivel internacional, este aspecto es más confuso, dado que, en la actualidad, se tienen inconvenientes por las discrepancias y falta de uniformidad judicial, que deben aplicar árbitros como jueces, todo sustentado en el Artículo 67 de la Ley 1563 de 2012, al restringir el proceso arbitral como medida de orden internacional.

      Frente a ello, las implicaciones por procedencia de tutelas ante fallos arbitrales, infiere una serie de análisis, ya que desde una parte, subsisten elementos judiciales normativos como la anulación, siendo único factor de procedencia y de otra, sugiere el análisis por la incidencia de la tutela dado su carácter constitucional.

      Dichas particularidades llevan a efectuar un análisis concreto sobre la procedencia de la acción de tutela como mecanismo para controvertir laudos arbitrales con la finalidad garantizar los derechos fundamentales y humanos en materia comercial, identificando la naturaleza, características y procedimiento del arbitraje nacional e internacional, en el marco de la Ley 1563 de 2012, analizando de lleno la acción de tutela, como mecanismo protector de derechos fundamentales y derechos humanos frente a la posible violación de los laudos arbitrales nacionales e internacionales de naturaleza comercial en Colombia, a fin de identificar el marco jurídico en el que desarrolla su procedencia.

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