Derecho internacional: investigación, estudio y enseñanza. Enrique Prieto-Rios
La pedagogía o las teorías de la educación nunca han sido demasiado cercanas a mi corazón profesional. Yo soy un practicante, y casi que por accidente terminé llegando a la universidad. Durante los veinte años que he estado en la universidad no he tenido claridad sobre qué es lo que debe hacer esta institución y con qué cuestiones debemos lidiar respecto a la educación de los jóvenes.
Las reflexiones que comparto no están basadas en teorías pedagógicas ni en visiones críticas particulares sobre lo que debería ser la educación en el derecho; están basadas en mi propia experiencia en la enseñanza y algunas de las reflexiones que he podido reunir durante mi trayectoria profesional.
Ese comienzo, un poco alejado del imperio, es solamente una continuación de la que ya hemos señalado en otras oportunidades, de que conocemos muy poco del mundo y que también conocemos muy poco del derecho.1 A veces, empezar de cero, en particular en el caso de la educación legal, es una necesidad imperiosa (al menos en mi caso) y es la única manera como luego podemos llegar a niveles más fundamentales de la relación entre el derecho y el imperio, por ejemplo.
No sé cómo se concibe la educación jurídica en Latinoamérica, pero de donde yo vengo deja un vacío cuando los estudiantes entran en el campo profesional, en relación con la pregunta qué es lo aprenden cuando aprenden derecho; para ponerlo de otra manera, ¿en qué consiste la competencia legal? Siempre he encontrado problemático que esa no sea la primera pregunta que uno les hace a sus estudiantes. ¿Qué es lo que uno aprende cuando aprende derecho? ¿Cuál es la competencia que les entregamos a ustedes? Por ello, en el transcurso de mi propio trabajo, he tratado de responder estas preguntas.
Sugiero que el derecho es una práctica lingüística. Es ampliamente conocido que el derecho es, en cierto sentido, similar al lenguaje: tiene una estructura similar a la del lenguaje y es ejercido a través de la palabra escrita y la palabra hablada. Es importante aclarar sobre esto último que el derecho no es como el idioma, sino que el derecho es el lenguaje.
La educación legal es educación en el lenguaje, y aunque todos nosotros sabemos algo sobre la educación de lenguaje, depende un poco de idioma con el que empiece uno. Si bien el inglés no tiene ninguna esperanza, en idiomas organizados como el alemán, el finlandés y el español, asumo que sabemos que uno empieza a aprender el lenguaje a través de la gramática; después uno aprende un gran vocabulario y luego uno aprende a formar oraciones significativas que utilizan el vocabulario con base en las reglas de la gramática. En mi opinión, ocurre lo mismo con la educación jurídica, pues aprendemos una gramática del derecho. La educación en derecho no es solo aprender un sinnúmero de palabras legales como soberanía, imperio, responsabilidad del estado o la Convención de Viena sobre el Derecho de Tratados, etc.
Si pensamos qué pasa cuando aprendemos español, hay que resaltar que no solo aprendemos un montón de palabras, sino que aprendemos a combinar esas palabras de forma tal que podemos formar oraciones con significados. Sumado a ello está el hecho sorprendente de que ha sido objeto de los célebres estudios de Noam Chomsky sobre lingüística estructural; en un idioma podemos formular oraciones que nunca antes nadie ha formulado y que todas las personas competentes que hablan ese idioma podrán entender (como oraciones generadas en ese idioma).
Por lo tanto, la competencia lingüística no se relaciona con el hecho de que uno conozca un montón de palabras, y en el caso del derecho, la competencia legal no es que uno conozca un montón de términos jurídicos; por el contrario, es que uno pueda utilizar estos términos jurídicos y combinarlos de maneras que permitan a los abogados competentes entender nuestras oraciones en el idioma del derecho. En suma, el conocimiento legal y la competencia del derecho constituyen un conocimiento lingüístico; es la capacidad de generar oraciones jurídicas de manera tal que los abogados competentes las reconozcan como parte de ese idioma, del lenguaje del derecho.
Así, una primera conclusión menor que debemos considerar es que lo que se les enseña a los estudiantes es una competencia legal, una competencia idiomática o lingüística; es la capacidad de escribir y hablar de manera que los abogados competentes reconozcan y comprendan nuestra oración como una oración significativa o competente. Para que sea más claro, déjenme darles un ejemplo de cómo uno puede fallar en esto.
Probablemente todos conozcan la apertura del caso en el que Bosnia y Herzegovina llevó a Serbia ante la Corte Internacional de Justicia2 por un genocidio cometido al final de las guerras de secesión de Yugoslavia. En ese entonces, Bosnia y Herzegovina era un Estado muy joven y uno muy pobre, por lo que no contaba con un servicio diplomático; tampoco con asesores legales del Estado. A raíz de ello, y dada su determinación por demandar a Serbia por el genocidio, a través de su embajador en las Naciones Unidas, contrató a un abogado civil norteamericano muy bien conocido en Estados Unidos (cuyo nombre no voy a mencionar pero que pueden consultar en el reporte de la Corte Internacional de Justicia de 19943).
Allí teníamos a un abogado de derechos civiles americanos, cuyo corazón indudablemente estaba en el lugar correcto. En la apertura del caso ante la Corte, se puso de pie y comenzó a contarles a todos los jueces sobre las terribles atrocidades que se habían cometido en Bosnia y Herzegovina. Él siguió hablando sobre las masacres, sobre los civiles inocentes, sobre las mujeres y los niños que habían sido asesinados y confinados, y continuó y continuó. Si ustedes hubiesen estado en el público, habrían podido ver que las caras de los jueces comenzaron a mostrar señales de preocupación; estaban mirando las paredes y, probablemente, estaban pensando en que se detuviera. Eventualmente, el abogado se detuvo, se sentó y consecuentemente la Corte entró en receso. Cuando la Corte volvió a reunirse y entró en sesión, ese abogado ya no representaba a Bosnia y Herzegovina; en lugar de él tenían como abogados a los sospechosos de siempre que habían sido entrenados en Cambridge, en París y en Nueva York, lo que fue un alivio para todos los presentes en la sala.
¿Cuál es el mensaje aquí? La competencia jurídica no tiene nada que ver con la bondad en el corazón. Tiene tan poca relación con la bondad en el corazón, como la relación entre la bondad y la competencia en los idiomas español, finlandés o inglés. La competencia legal es aquella a través de la cual se pueden producir ideas tanto buenas como malas (y, de hecho, se hace), es una competencia a través de la cual se pueden decir ideas estúpidas o ideas brillantes, así como hacer a través de la ley.
Una segunda conclusión nos hace llegar al adjetivo crítica. Así, la conclusión crítica es que el derecho y la competencia jurídica no conllevan un plano para una buena sociedad; tampoco ocurre en la competencia en el español, el finlandés o el inglés. Ustedes pueden ser héroes admirables en la vida, pero todo lo contrario a lo que es un héroe admirable dentro de cada uno de esos idiomas. En tal sentido, se puede ser a la vez un abogado internacionalista muy competente, pero ser un terrible bastardo. Ahora bien, para hacer trabajo crítico en el negocio del derecho es absolutamente necesario ser un abogado competente, pues hay que saber formular oraciones jurídicas, persuadir a públicos competentes en la Corte dentro de la rectitud de lo que ustedes están diciendo, siendo conscientes de que el idioma por sí solo no les dirá qué es lo que deberían decir.
Anne Orford: Es mucho lo que tengo por decir sobre esta cuestión. Como la enseñanza es muy central a lo que todos hacemos en la universidad, ya sea como estudiantes o como maestros, mencioné en otra ocasión que a mí me enseñaron en dos instituciones de derecho bastantes comunes: una en Australia y luego en King’s College University de Londres, donde estudié una maestría en derecho internacional. Volví a Australia, y en los años noventa obtuve mi primer puesto como profesora en lo que era una escuela de derecho radical y crítica. En Australia, así como en el Reino Unido, se vivían los primeros inicios de una revolución donde se reunían los académicos del derecho que venían de las perspectivas marxistas, feministas, poscoloniales y críticas. Sin embargo, como podría ocurrir con cualquier revolución, esta tampoco duró mucho, y esa escuela de derecho de las que les hablo terminó su momento crítico no poco después de que yo me fuera de allí. Ese fue el entorno en el que yo enseñé derecho por primera vez y estaba a eones de