Guía para la preparación de profesionales en comercio exterior y operaciones internacionales.. ACOCEX

Guía para la preparación de profesionales en comercio exterior y operaciones internacionales. - ACOCEX


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el ICEX, salvo determinadas excepciones, estará sujeto al derecho privado. En este sentido, el artículo 5.1 del Real Decreto 887/2013, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que las entidades vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, cuando actúen en régimen de derecho privado en las entregas dinerarias que realicen a favor de terceros sin contraprestación, estarán sujetas exclusivamente a los principios de gestión y de información de los artículos 8.3 y 20 de la ley.

      En virtud de todo ello, el ICEX decide apoyar la internalización de la pyme no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT, a través de asesoramiento personalizado de expertos con la finalidad de diseñar un plan de internacionalización y de competitividad exterior. Asimismo, apoya gastos de promoción para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

      El articulo 5.1.c) del Real Decreto 887/2013, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, señala que en las entregas dinerarias que realicen a favor de terceros sin contraprestación organismos como el ICEX, junto con los medios de publicidad que habitualmente utilice la entidad, el acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado cuando la convocatoria supere la cantidad de 300.000 €, como es el caso.

      Por todo lo anterior y teniendo en cuenta la normativa reguladora de estas ayudas, resuelvo:

      Primero

      Convocar ayudas a la internacionalización de la pyme española no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT cuya convocatoria se incorpora a esta resolución.

      Segundo

      De conformidad con el artículo 5.1.b) del Real Decreto 887/2013, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones la convocatoria de este programa contiene entre otros aspectos el objeto, la finalidad y las condiciones de la entrega dineraria, los requisitos que deben reunir los perceptores, los criterios de selección y la cuantía máxima de la entrega.

      Tercero

      La convocatoria del programa estará a disposición de las empresas interesadas en la sede del ICEX, paseo de la Castellana, número 14, de Madrid, en las direcciones territoriales y provinciales de comercio en las diferentes comunidades autónomas y en el portal www.icex.es.

      Cuarto

      La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

      Madrid, 10 de mayo de 2012.–El Consejo de Administración del ICEX, P. D. (Acuerdo de 6 de febrero de 2012), la Consejera Delegada del ICEX, María del Coriseo González-Izquierdo Revilla.

      Convocatoria para la concesión de ayudas a través del programa ICEX-NEXT de apoyo a la internacionalización de la pyme española no exportadora o exportadora ocasional.

      Recuerde

      El programa ICEX-NEXT es una opción adecuada para la internacionalización, siempre y cuando haya tecnología o I+D que ofertar.

      Desarrollo de la convocatoria BOE 125, viernes 25 de mayo de 2012. Sección III. Página 37.864.

      Programas de apoyo ICEX a la internacionalización de la empresa.

       Líneas de apoyo al acceso a licitaciones Internacionales

      Fomentan la participación de pymes en proyectos en el exterior, con la financiación de parte de los gastos de preparación, presentación y seguimiento de ofertas técnicas en concursos o licitaciones internacionales.

      El programa es aplicable a los siguientes tipos de oferta:

       Proyectos llave en mano.

       Suministro de bienes de equipo a medida.

       Asistencias técnicas ligadas a programas de inversión concretos y que puedan inducir posteriores exportaciones de bienes y/o servicios de origen español.

       No aplicable a proyectos que se lleven a cabo en países de la Unión Europea. Deberán ser concursos o licitaciones oficialmente convocados, tanto públicos como privados.

       No se contempla la fase de precalificación ni los estudios de viabilidad.

      Recuerde

      Consultar con ICEX debe ser una opción a considerar, ya que maneja un gran número de programas de apoyo a la internacionalización

       Plan General de Promoción Exterior y Marcas

      El objetivo es incentivar a las empresas para que utilicen de forma intensiva los nuevos factores de competitividad, tales como la innovación de productos, servicios y procesos, el diseño o la inversión en imagen, siempre que se traduzcan en actividades dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores considerados de interés.

       Establecimiento en el exterior

      Este programa apoya los proyectos tanto individuales como la agrupación de 2 o más empresas con un proyecto de establecimiento en mercados exteriores fuera de la Unión Europea. Incluye también el apoyo en origen de la agrupación de dos o más empresas con un proyecto de establecimiento en mercados exteriores fuera de la Unión Europea.

       Apoyo a proyectos de inversión productiva (PAPI)

      Promueve los procesos de internacionalización y la mejora de la competitividad de las empresas españolas con proyectos de inversión productiva o cooperación empresarial en el exterior que tengan vocación de permanencia.

      El FIEM (Fondo para la Internacionalización de la Empresa)

      La Administración española ha lanzado el nuevo Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM), que sustituye al antiguo Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

      El FIEM tiene como objetivo apoyar la internacionalización de la empresa española mediante la concesión de ayudas financieras.

      En relación con el antiguo FAD, el FIEM supone una importante flexibilización:

       Sus ayudas financieras pueden utilizarse para operaciones con todo tipo de países, tanto en vías de desarrollo como desarrollados.

       Se pueden apoyar operaciones de exportación, pero también operaciones de inversión, así como estudios y asistencias técnicas.

       Las ayudas pueden ser préstamos y donaciones.

      Datos básicos: fondo creado por la Ley 11/2010, de 28 de junio, de Reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española. El fondo se constituye inicialmente con todos los activos y pasivos del FAD Internacionalización.

      El desarrollo reglamentario se ha plasmado en el Real Decreto 1797/2010, de 30 de diciembre.

      Gestor: el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaría de Estado de Comercio. Agente Financiero: ICO.

      Objetivo: apoyo y fomento de la internacionalización de la economía española, siendo complementario, nunca sustitutivo de la actividad del mercado privado.

      Recursos del FIEM: los fondos generados por su propia actividad: reembolsos de principal y cobros de intereses y comisiones de los créditos.

      Dotaciones presupuestarias anuales, pertenecientes al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

      Tipos de operaciones:

       Con carácter general: financiación reembolsable


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