Responsabilidad del Estado por actos terroristas. Edier Alberto Alzate Sanabria

Responsabilidad del Estado por actos terroristas - Edier Alberto Alzate Sanabria


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son el derecho administrativo y el terrorismo, los cuales se estudiarán en conjunto para analizar desde el ámbito jurídico la evolución que se ha suscitado en los eventos en que busca determinarse la responsabilidad del ente estatal cuando el hecho generador es un acto terrorista. Este estudio pondrá especial atención en el tratamiento que en los ordenamientos colombiano y español se le ha otorgado al tema a partir de las cláusulas constitucionales de responsabilidad patrimonial y de la jurisprudencia consolidada por sus altos tribunales.

      Con respecto a la elección de Colombia y España como ámbitos de estudio, debe mencionarse que no es caprichosa y sin fundamento. La escogencia se justifica en la influencia que han tenido las disposiciones españolas que regulan la institución jurídica de responsabilidad del Estado en Colombia, entendiendo que los fundamentos constitucionales de la Carta Política colombiana de 1991 en dicha materia fueron inspirados en gran parte por la Constitución española de 1978.

      Así mismo, la pertenencia de ambos ordenamientos jurídicos a una misma familia jurídica como es la romano-germánica permite que los componentes de comparación respecto a las fuentes del derecho aplicables sean semejantes, teniendo la posibilidad de realizar un ejercicio sensato, ordenado y que permita obtener un resultado a partir de bases objetivas.

      Por último, una gran motivación de la selección de los Estados bajo análisis se remite al componente histórico-social existente, razonando que al haber experimentado en el pasado ataques terroristas reiterados por parte de grupos al margen de la ley, y en algunos casos generados por sus mismos cuerpos de seguridad y militares, han tenido la necesidad y el reto de plantear teorías aplicables a la responsabilidad patrimonial por esos hechos.

      De esta manera pueden esbozarse brevemente los dos contextos. De un lado, el conflicto armado interno colombiano ha confrontado a las fuerzas del Estado con guerrillas organizadas que se vieron fortalecidas por estructuras criminales dedicadas al narcotráfico, concibiendo etapas de recrudecimiento de la violencia en las que la mayor afectación fue causada a la población. Específicamente, durante más de medio siglo los colombianos han tenido que soportar contextos de incertidumbre, peligro e inseguridad como consecuencia de los ataques terroristas que cobraron la vida de miles de individuos y destruyeron bienes de la infraestructura esencial del país.1

      Por otra parte, en el escenario español los grupos con ideologías independentistas radicales llegaron al punto de constituir una organización reconocida internacionalmente como terrorista. Este es el caso de ETA —por la expresión “Euskadi ta askatasuna”—, cuyo origen se remonta a 1958 y su trascendencia radica en que en el seno de esa organización se logró la materialización de ataques terroristas de alto impacto, principalmente en territorio español y en la frontera con Francia, como estrategia de presión al Gobierno del Reino de España para lograr la separación del País Vasco y la imposición del modelo socialista en este territorio. Ahora, si bien esta agrupación decidió cesar sus actividades en el 2011 luego de negociar con el Gobierno de dicho país, sus ataques por décadas son un factor determinante para estudiar las respuestas jurídicas brindadas en el ordenamiento español.2

      Una vez planteado lo anterior, debe mencionarse que para el cumplimiento de los objetivos se recurrirá al método comparado como técnica investigativa para la generación de conocimiento como consecuencia del cotejo de dos o más fenómenos jurídicos.3 Así las cosas, la metodología para desplegar el ejercicio de comparación jurídica se basará en el método exegético-casuístico, ya que con el propósito de estudiar la manera en que se han brindado soluciones jurídicas en Colombia y en España a la temática elegida, se hará una construcción de los formantes normativos y jurisprudenciales aplicables.4

      Dicho proceso de construcción permitirá dar tres pasos fundamentales para el ejercicio comparado, en el entendido que conducirá a un conocimiento de la realidad contextual en cada uno de los países, propiciará una comprensión de los sistemas jurídicos actuales, además de que conllevará a un paragón detallado que genere un análisis académico de los resultados de la investigación.5

      En palabras prácticas, al saber que el núcleo temático del proyecto es la responsabilidad estatal por actos terroristas, la primera tarea para desplegar la microcomparación es la estructuración de los formantes jurídicos a confrontar, realizando las indagaciones correspondientes respecto a la normativa existente en la materia, las líneas jurisprudenciales de sus altos tribunales y los pronunciamientos de la doctrina especializada.

      La segunda tarea será procesar la información obtenida en cada ordenamiento a través de explicaciones concretas de los formantes que otorguen un mejor entendimiento de estos, de tal manera que la construcción de los sistemas jurídicos sea una actividad efectiva, provechosa y sustanciosa para la comparación jurídica.

      Habiendo terminado esa labor, la tercera tarea será el ejercicio de microcomparación propiamente dicho, ya que una vez se hayan constituido las bases jurídicas en ambos ordenamientos, el trabajo que queda es el cotejo crítico-analítico de los primeros resultados obtenidos para, de esta manera, exponer las principales semejanzas y diferencias de los modelos.

      Cabe destacar que se ha elegido un periodo entre 1980 y el 2020 como espacio de estudio, teniendo como soporte el contexto histórico de cada uno de los Estados bajo análisis, en el que se observa la perpetración de las mayores muestras de actos terroristas en ambos, al igual que las principales respuestas jurídicas a dicha problemática. Igualmente, se estima relevante otorgar una visión actualizada de los sistemas, permitiendo que los formantes incluyan normas y sentencias recientes que reflejen las soluciones jurídicas que se aplican a la fecha.

      Se hace la salvedad de que no se incluirán en Colombia las normas referentes al acuerdo de fin del conflicto con la guerrilla de las FARC, ya que su análisis es muy específico y guiaría el ámbito de estudio hacia un marco jurídico que fue creado para un contexto especial. Según lo dicho, pueden hacerse referencias concretas a este marco puntual, pero en todo caso no será objeto de análisis por cuanto los formantes a estudiar se centrarán en las fuentes tradicionales para la caracterización de las instituciones jurídicas.

      Como puede evidenciarse, la metodología establecida, además de centrarse en la comparación, también tiene una alta vocación por la sistematicidad y por el análisis crítico de las instituciones colombiana y española al pretender la realización de una investigación íntegra y seria que exhiba los aciertos, las fortalezas, los errores, los vacíos normativos y las contradicciones halladas en los países comparados.

      En los aspectos prospectivos de la investigación pueden destacarse tres propósitos que se tienen con los resultados: en primer término, aportar conocimiento científico al ámbito académico con las diferencias y semejanzas que se obtengan de la microcomparación; en segundo término, garantizar una construcción sistemática de las realidades jurídicas de Colombia y España en materia de responsabilidad patrimonial por actos terroristas que permita un mejor entendimiento de los sistemas para que surjan nuevas investigaciones científicas que profundicen en las materias bajo estudio; y en tercer término, promover el fortalecimiento de los instrumentos jurídicos para la protección de las víctimas del terrorismo en el ordenamiento interno colombiano.

      En este marco el presente documento se desarrollará en cinco partes. La primera se centrará en los ámbitos teórico, histórico y jurídico del terrorismo, incluyendo las vertientes de terrorismo de Estado, narcoterrorismo y terrorismo con fines separatistas. La pretensión será determinar su relevancia en la actualidad e indagar los elementos que lo llevan a generar responsabilidad patrimonial.

      La segunda y la tercera parte se enfocarán en la construcción de las instituciones jurídicas en los casos colombiano y español, respectivamente, en materia de responsabilidad patrimonial por actos terroristas. Por ende, se describirán los regímenes generales de responsabilidad, las instituciones en específico y los desarrollos en materia de reparación administrativa. Esta última temática tiene como finalidad ampliar el espectro de análisis de la investigación, ya que se hace referencia a sistemas con desarrollos legales puntuales en los que se busca la reparación integral de las víctimas sin que haya el reconocimiento o la declaratoria de responsabilidad del Estado por el camino jurisdiccional.


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