Una historia sepultada. Felipe I. Echenique March
que Cortés escribió Temixtitan y que mantuvo esa escritura hasta 1535. Así que podemos decir que fueron otros los que introdujeron diferencias y variantes en la manera de escribir el nombre de la ciudad, como veremos en su oportunidad. Para seguir con el respeto a como se llamaban o designaban a las cosas o a las personas en los textos primigenios usaré el sustantivo Temixtitan en lugar de Tenochtitlan, que en aquellos tiempos nunca se empleó, confiando en que se entenderá a la ciudad a que me estoy refiriendo para dejar viva la expresión cortesiana, que como veremos lo trascendió en todos los ámbitos de la vida colonial en por lo menos los primeros treinta años.
34 Guzmán Betancourt, lee así el párrafo en comento, hecho que lo distingue de muchos estudiosos anteriores que eludían cualquier tipo de explicación, que inclusive omitían esas primas líneas, que de una u otra manera causan algún estupor, por decirlo de alguna manera. Por ejemplo, hay que ver como en el libro del Corazón de Copil ya referido se omitieron esos primeros renglones. Cfr., p. 67. Bueno y con todo que Betancourt le reconoce a Cortés al referir el término México para designar a la provincia que envolvía a la ciudad de Temixtitan, no se detiene en lo que está diciendo, sino que de inmediato descalifica la oración como parte de la incomprensión de Cortés frente a lo que dice tener ante sus ojos. Cfr., p. 50. Mucho valdría la pena un estudio detenido de todos los sustantivos que refirió Cortés en sus Cartas y los que prevalecieron y los que no, donde Temixtitan sea de esos últimos, pues no pasaron a la posteridad, como veremos más adelante.
35 Por ejemplo, Edmundo O´Gorman, en colaboración con el cronista de la ciudad Salvador Novo, en su Guía de las Actas del Cabildo de la Ciudad de México, siglo XVI, México, Fondo de Cultura Económica, Departamento del Distrito Federal, 1970, omitieron toda mención a Temixtitan que es el que se consigna en las mismas Actas del Cabildo. Ellos comienzan así su guía “1/ Acta// del 8 de marzo de 1524// I Donación de solares a Cristóbal Fernández, Antón de Arriaga, Antonio Mar- molejo, //… // 2 Acta// del 15 de septiembre de 1524//…” Mientras que, en las Actas de Cabildo, impresas en 1877 se puede leer: “En la gran ciudad de Temixtitan lunes 8 de mar// zo de mill é quinientos y veynte y quatro años estando // ayuntados en su Ayuntamiento en las casas del mag// nífico Señor Hernando Cortes Governador y Capitán // gral. de esta nueva España do se hace el dicho Ayun-// tamiento estando presentes los Señores Francisco de // las Casas Alcalde mayor é el Bachiller Ortega (1,,) // Alcalde ordinario y Bernardino de Tapia y Gonzalo // de Ocampo y Rodrigo de Paz y Juan de Ynojosa y // Alonso Xaramillo Rexidores de ella viendo y platican // do las cosas del Ayuntamiento é conplideras al bien pú // blico y parecieron las personas de yuso y dieron sus peticiones para pedir solares a los cuales respondie //ron los siguiente ante mi Francisco de Orduño…”. Actas de Cabildo, traducido por Ignacio [López] Rayón del Primer Libro de Actas de Cabildo de la Ciudad de México [sic], publicadas por acuerdo de fecha 27 de diciembre de 1870, 2ª edición para el periódico El Municipio Libre y dedicado a la ciudad, Oficina tipográfica del socialista, San Camilo número 42, 1877.
36 Continuando con mi posición deconstructiva de los discursos historiográficos señalo que Fernando Cortés, en todos los documentos que consulté para este trabajo, nunca se refiere a su rey y señor bajo el nombre de Carlos V, o incluso que don Carlos se haya reconocido como el Quinto de ese nombre. La Historia se encargaría de así referirlo, quizás para ahorrar y economizar explicaciones que tienen que ver con que el mismo don Carlos no se reconcilió como rey de España, sino hasta muy tarde, cuando ya estaba muy cerca de dejar el trono. España misma, en esos primeros cincuenta años del siglo XVI estaba surgiendo como entidad geopolítica “moderna”. Siendo lo anterior una realidad en este trabajo cuando me refiera a los reyes y señores de Cortés, lo haré bajo la designación más común en ese tiempo “Don Carlos y doña Juana su madre, reyes de Castilla y Aragón…” es largo, pero las economías no son tan buenas, pues simplifican y luego ya no se entiende nada. Y como con la anterior designación no se hace justicia plena a la Historia, pues no sólo lo era de Castilla y Aragón, en el soporte documental de este trabajo, se consignan distintas cédulas donde se dejaron los extensos títulos que poseían y que muestran la complejidad de aquellas historias.
37 Antonio de Mendoza, Ordenanzas y compilación de leyes, Madrid, Cultura Hispánica, 1945 (Incunables Americanos).
38 Vasco de Puga (comp.), Cedulario de la Nueva España, facsimilar del impreso original en México en 1563, México, Condumex, 1985.
39 Alonso de Zorita (comp.), Leyes y ordenanzas reales de las Indias del mar océano por las cuales primeramente se han de librar todos los pleitos civiles y criminales de aquellas partes y lo que por ellas no estuviere determinado se ha de librar por las leyes y ordenanzas de los reinos de Castilla, versión paleográfica y estudio crítico Ma. Elena Bribiesca Sumano y Beatriz Bernal, México, Miguel Ángel Porrúa, 1985.
40 Diego de Encinas (comp.), Cedulario indiano, facsimilar de la edición única de 1596, estudio e índices por Alfonso García Gallo, Madrid, Cultura Hispánica, 1945. 4 vols.
41 Cedulario de la metrópoli mexicana, presentación de Baltazar Dromundo; selección y notas de Guadalupe Pérez San Vicente, México, Departamento del Distrito Federal, 1960.
42 Beatriz Arteaga Garza y Guadalupe Pérez San Vicente (comps.), Cedulario cortesiano, México, Editorial Jus, 1949, y también: Un Cedulario mexicano del siglo XVI, edición facsimilar, versión paleográfica, prólogo y notas de Francisco González de Cosío, México, Ediciones del Frente de Afirmación Hispanista, 1973; Alberto María Carreño, Cedulario de los siglos XVI y XVII, el obispo don Juan de Palafox y Mendoza y el conflicto con la Compañía de Jesús, México, Ediciones Victoria, 1947; Un desconocido Cedulario del siglo XVI perteneciente a la Catedral Metropolitana de México, prólogo y notas de Alberto María Carreño; introducción por José Castillo y Piña, México, Victoria, 1944; Ignacio del Villar Villamil, Cedulario heráldico de conquistadores de Nueva España, México, Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnografía, 1933; Vasco de Puga, Provisiones, Cédulas, instrucciones de Su Magestad, ordenanzas de difuntos y audiencia para la buena expedición de los negocios y administración de justicia y gobernación de esta Nueva España, y para el buen tratamiento y conservación de los indios desde el año de 1525 hasta este presente de 63, México, Pedro Ocharte, José María Sandoval 1563, 2 vols., otra edición con advertencia de Joaquín García Icazbalceta, México, El Sistema Postal, 1878-1879, 2 v., y otra más de Condumex, 1985 1 vol.; Compendio del Cedulario nuebo de la mui Noble, Ynsigne, y mui Leal e Ymperial Ciudad de Mexico [manuscrito] Hizolo el Lic[encia]do D[o]n Fran[cis]co del Barrio Lorenzot Abogado de la R[ea]l Aud[ienci]a y Contador de la misma, 1522-1775, 140 f. núm. encuadernadas (4 f. en blanco), manuscrito en la Biblioteca Nacional de México.
43 Francisco del Paso y Troncoso (comp.), Epistolario de Nueva España, 1505-1818, México, Antigua Librería Robredo de José Porrúa e Hijos, 1939, “Advertencia” firmada por Silvio Zavala, 16 tomos.
44 Colección de documentos inéditos para la Historia de España, (esta colección se refiere entre los especialistas CDIHE), a la que le siguieron otras con referencias como: Colección de documentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y colonización de las posesiones españolas en América y Oceanía, sacados en su mayor parte del Archivo de Indias, (DII); Colección de documentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y organización de las antiguas posesiones españolas en Ultra Mar (DIU); Documentos inéditos para la historia de España (DIFA), véase segunda parte de Fuentes para el estudio de los pueblos