Los feminismos en la encrucijada del punitivismo. Deborah Daich
de la norma. Un ejemplo claro de esto son los abortos clandestinos en momentos en que esta práctica está penada.
Cuando las transgresiones son muy frecuentes, puede darse el caso de que se avance hacia el paso siguiente: el cuestionamiento. El cuestionamiento de la norma suele ser colectivo e implica un discurso crítico con el que se confronta el discurso normativo. El feminismo ha servido de base para dar este paso en múltiples ocasiones y a distintos sectores. En este caso ya no importa si quien hace la crítica ha transgredido o no la norma. Se trata de deslegitimarla para que pueda modificarse. En el caso del aborto, es cuando se pasa del aborto clandestino a las movilizaciones públicas a favor del derecho de las mujeres a decidir al respecto. Las que llevan una pancarta que dice “Yo también he abortado” pueden haberlo hecho o no. Están manifestando su desacuerdo con la norma, no su conducta individual.
El paso siguiente del cuestionamiento, que suele manifestarse pública pero ocasionalmente, es la organización de estructuras permanentes de reivindicación de los derechos negados. Las organizaciones LGTBI son un claro ejemplo de creación de estructuras permanentes para defender los derechos de sectores estigmatizados o criminalizados. También las trabajadoras del sexo han desarrollado organizaciones para velar por sus derechos, que sin embargo no se suelen tener en cuenta cuando se diseñan políticas sobre el sector. En España existen Putas Indignadas, la Asociación de Profesionales del Sexo Aprosex y el Colectivo Hetaira, entre muchas otras asociaciones englobadas en la Plataforma Estatal por los Derechos en el Trabajo Sexual. En el plano internacional existe la Global Network of Sex Work Projects (Holgado Fernández y Neira Rodríguez, 2014).
Afortunadamente, en las últimas décadas se han ido abriendo paso posibilidades de interpretaciones alternativas a partir de diversos aportes (Pheterson, 2000; Butler, 2007, 2008), y algunos sectores, como las lesbianas y las transexuales, han visto legitimadas desde el feminismo sus opciones. Otros sectores estigmatizados, como el formado por las presas, permanecen al margen de las preocupaciones del feminismo institucional, pese a que tan temprano como en 1897 Concepción Arenal les dedicó un estudio en el que llegaba a la conclusión de que estaban discriminadas con respecto a los presos hombres. Así, aunque desde 1987 existe en Barcelona el grupo Dona i Presó, que pertenece a la Coordinadora Feminista de Catalunya (Almeda, 2003: 35), y hay asociaciones del mismo tipo en otras ciudades españolas, puede afirmarse que el movimiento feminista en su conjunto ha tenido poca sensibilidad hacia los problemas de las mujeres presas.
Un caso muy distinto es el de las trabajadoras sexuales, que son objeto de un intenso debate (en que los sectores más desfavorecidos, como inmigrantes sin papeles o transexuales, se juegan mucho). En este ámbito, el peso de los sectores abolicionistas es tan grande que la veda se mantiene para el trabajo sexual, pese a que forma parte de la experiencia vital de muchas mujeres que tienen difícil acceso a otras fuentes de recursos o que deciden adoptarlo como forma de supervivencia en algún momento de sus vidas. Un diálogo sin prejuicios y un mejor conocimiento de los problemas reales de ese sector pueden hacer que llegue el momento en que se cumplan las expectativas de Carla Corso:
Estábamos convencidas de que estas mujeres (las feministas italianas) tenían que estar con nosotras (las trabajadoras sexuales), sencillamente porque nosotras habíamos estado con ellas. (Corso y Landi, 2000: 149)
Sugerencias y conclusiones
La investigación en muchos países indica que el encarcelamiento es un castigo que se impone desproporcionadamente sobre las personas ya excluidas […] Determinados grupos están excluidos de todos los derechos de ciudadanía por su estatus social […] entre ellos los que trabajan en ocupaciones legalmente marginales, por ejemplo, mujeres involucradas en la prostitución.
Marta Cruells y Noelia Igareda, Mujeres, integración y prisión
A diferencia de lo que pensaban los evolucionistas unilineales del siglo XIX, hoy sabemos que no existe un sentido de la historia que marque un camino hacia el progreso. Solo la tecnología avanza en forma acumulativa y en línea más o menos recta. Si queremos que haya avance social, no tenemos más posibilidad que construirlo en cada momento y compensar con pequeños avances los retrocesos que se producen con frecuencia.
Los sectores más débiles de la sociedad son los que con más fuerza padecen como consecuencia de estos retrocesos, y entre ellos las mujeres estamos sobrerrepresentadas. Si hablamos de la pobreza, las mujeres formamos las dos terceras partes de los pobres del mundo; si hablamos de inmigración, somos las que encontramos más difícil legalizar nuestra situación porque contamos con menos acceso a mercados laborales con contratos; si hablamos de marginación por motivos sexuales, nuestra discriminación ha sido la más antigua y sistemática. Podemos decir entonces que ninguna discriminación nos es ajena. Pero este marco presenta también una gran variabilidad que hace que en cada situación tengamos que hacer evaluaciones y ajustes de las respuestas que se dan.
En situaciones de crisis, las sociedades estratificadas derivan a sus sectores vulnerables la acusación de crear tensiones y conflictos, además de problemas sociales y económicos. Ante este discurso público legitimado y reconocido como válido (Scott, 1986, 2000), el discurso de las personas discriminadas se presenta como más disperso y fraccionado y, sobre todo, más falto de reconocimiento. Pero es importante saber que siempre existe. Buscarlo y escucharlo nos permite evitar errores de interpretación y sesgos de clase en nuestras propuestas políticas. No se trata de hablar en nombre de las presas, ni de las madres adolescentes, ni de las prostitutas, ni de ningún otro sector marginalizado. Se trata de reconocerlas como interlocutoras válidas y no repetir con ellas las políticas asistencialistas y paternalistas a las que estamos tan acostumbradas.
Forma parte del conservadurismo creciente de la posmodernidad su deseo de una sociedad más ordenada, más disciplinada, más controlada (Maqueda Abreu, 2014). El feminismo debe y puede recelar de ese proyecto si, como cree Bodelón (2009), sus propuestas han descentrado el derecho y generado un nuevo focus que no es la norma jurídica, sino las relaciones sociales.3 Pero las relaciones sociales deben concebirse y desarrollarse en forma igualitaria, reconociendo la capacidad de agencia de las personas implicadas en el diálogo, fuese cual fuese su estatus social. Muchos sectores sociales discriminados no esperan una protección especial por parte de las leyes; se limitan a aspirar a que se los descriminalice, lo que es una demanda sensata vistos los riesgos que conlleva para ellos la aplicación del Código Penal.
Referencias
ALBURQUERQUE MENDES DA SILVA, M. (1991), “As tatuagens e a criminalidade feminina”, Cuadernos de Campo, I (1): 5-17.
ALMEDA, E. (2002), Corregir y castigar: el ayer y hoy de las cárceles de mujeres, Barcelona, Bellaterra.
– (2003), Mujeres encarceladas, Barcelona, Ariel.
BERGALLI, R. (2009), Presentación, en G. Nicolás y E. Bodelón, Género y dominación: críticas feministas del derecho y el poder, Barcelona, Anthropos, 7-21.
BODELÓN, E. (1998), “Cuestionamiento de la eficacia del derecho penal en relación a la protección de los intereses de las mujeres”, XIII Jornadas de Análisis del Código Penal desde la perspectiva de género, Vitoria-Gasteiz, Instituto Vasco de la Mujer.
– (2009), “Feminismo y derecho: mujeres que van más allá de lo jurídico”, en G. Nicolás y E. Bodelón, Género y dominación: críticas feministas del derecho y el poder, Barcelona, Anthropos, 95-116.
BUTLER, J. (2007), “From Bodies that Matter”, en M. Locky y J. Farquhar, Beyond the Body Proper. Reading the Anthropology of Material Life, Durham-Londres, Duke University Press, 164-176.
– (2008), Vulnerabilitat, supervivència, Barcelona, CCCB.
CABRERA MÁRQUEz, F.L. (2008), “El estudio de personalidad aplicado a mujeres privadas de su libertad a la luz de los estándares en materia de debido proceso con perspectiva de género”, Ciudad de México, Instituto Veracruzano de las Mujeres.
CALVEIRO, P. (2012), Violencias de Estado: la guerra antiterrorista y la guerra contra el crimen como medios de control global, Buenos Aires, Siglo XXI.
CORSO,