El derecho colombiano y la apertura en los debates sociales contemporáneos. Álvaro Hernán Moreno Durán

El derecho colombiano y la apertura en los debates sociales contemporáneos - Álvaro Hernán Moreno Durán


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de los capítulos anteriores tienen como punto de encuentro, las aproximaciones a un problema de investigación, como es el de entender la transformación social, en relación con los problemas particulares de la sociedad colombiana, teniendo en cuenta los contextos internacionales que, de una u otra manera, inciden en el derecho y en la política. En conclusión, se puede prever que el objetivo último de este compendio de trabajos es el de poner en contexto en el debate jurídico contemporáneo en Colombia, la necesidad de la apertura del derecho y de las ciencias jurídicas, o ciencias sociales en su conjunto, como bien lo subrayará el pensador norteamericano Immanuel Wallerstein.

      ÁLVARO HERNÁN MORENO DURÁN

       Editor académico

      La democracia y el ciudadano.

       Reflexión a partir de

       la dinámica electoral

       colombiana

      ROMÁN FRANCISCO TÉLLEZ NAVARRO

      MÓNICA L. FERNÁNDEZ M.

      A partir de la revisión de ciertos apartes históricos, el presente escrito busca observar algunas de las causas por las cuales Colombia no ha logrado todavía un verdadero proceso de democracia participativa. Con fundamento en la investigación teórica y documental, el texto aborda, desde una perspectiva reflexiva, los procesos de elección presidencial realizados entre el rango de 1991 hasta el 2018 como forma de génesis de un modo de participación en comicios presidenciales. La reflexión concluye la necesidad de dotar de herramientas para que a través de procesos educativos se comprenda el papel preponderante del individuo en la democracia participativa.

      Uno de los procesos más significativos, que afectaron el devenir social de Colombia, fue la publicación de la Constitución de 1991. Se pasó de una constitución de tinte liberal con supremacía de la ley a un Estado social de derecho bajo la fórmula del constitucionalismo, como teoría jurídica de los límites de poder.

      En dicha carta política, se estableció como núcleo fundamental el principio humanitas, bajo el cual se crearon mecanismos para su real y efectiva protección. Es así como a partir de esta, se instituyó un compendio de mandatos fundamentales, dirigidos a salvaguardar la dignidad humana, sin cuyo goce y amparo sería imposible tener una vida medianamente tranquila y digna.

      Con el cambio de una democracia netamente representativa a una democracia participativa, que operó a partir de la Constitución Política de 1991, se responsabilizó al ciudadano frente a los temas de mayor relevancia en el país, en la medida en que la democracia participativa otorga a la intervención un alcance que trasciende a los procesos estricta y meramente electorales, pues también se establecieron los mecanismos de participación ciudadana, dándoles alcances mayores como a la consulta previa, que de acuerdo con Sánchez (2008), se le otorgó el rango de axioma fundamental. Empero, son evidentes, en estos temas, los altos índices de abstención, así como la desinformación y las decisiones emocionales e individuales, que no permitieron que la intención de la democracia en Colombia se diera con la finalidad que se creó; por lo tanto, es necesario reforzarla, mediante procesos de apertura social y política, que se inclinará por la formación de un ciudadano que supiera y pudiera participar, es decir, un ciudadano educado.

      La participación ha sido instituida bajo un criterio orientador del Estado político a la actualidad (Fonseca, 2012), y eso implica que, con el argumento del Tribunal Constitucional, las autoridades están obligadas a facilitar y promover la participación de la sociedad civil en las cuestiones de decidir iniciativas competentes al mejoramiento y salvaguarda de la ciudadanía (Sentencia C-180 de 1994). Para la jurisprudencia constitucional:

      Mirada desde el punto de vista de la dogmática constitucional, la participación ciudadana es un principio fundamental que ilumina todo el actuar social y colectivo en el Estado Social de Derecho, y que, en relación con el régimen constitucional anterior, persigue un incremento histórico cuantitativo y cualitativo de las oportunidades de los ciudadanos de tomar parte en los asuntos que comprometen los intereses generales. Por ello mismo, mirada desde el punto de vista del ciudadano, la participación democrática es un derecho-deber, toda vez que le concede la facultad y a la vez la responsabilidad de hacerse presente en la dinámica social que involucra intereses colectivos. Esa facultad no se circunscribe a los procesos propiamente políticos, y su ejercicio debe estar adecuadamente garantizado, pues así lo exigen las mismas normas superiores. (Corte Constitucional, Sentencia C-1338 de 2000)

      De esta forma, de acuerdo con Fonseca (2012), la democracia participativa busca transformar el sistema político tradicional, que restringe la democracia solo al voto para elegir y ser elegido, en la medida en que el poder público está basado en el principio de la democracia representativa y obtiene su legitimidad del sufragio ciudadano (Rendón, 2004).

      De esta manera, el objetivo es transformar la democracia en un verdadero control de poder político, que implique la presencia de un ciudadano más activo y consciente del rol en la dirección de su ciudadanía, individual y colectiva, respecto de sus políticas sociales e individuales. No obstante, en todas las reglas y mecanismos de participación política existentes en el ámbito político, social y comunitario, se observa que la falta de intervención se sigue presentando, lo que trae consigo la deslegitimación de los procesos participativos. En efecto, en lo que concierne al escenario estrictamente electoral, la democracia participativa apunta a tener un ciudadano comprometido que participe en las elecciones; sin embargo, la realidad es que en Colombia se cuenta con altos índices de abstención electoral. Es por esta razón que el presente texto constituye el resultado de una investigación conjunta desarrollada por investigadores de la Universidad Militar y de la Corporación Universitaria Republicana, en la cual se intentó dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿desde la dinámica electoral puede decirse que ha existido o existe una verdadera democracia participativa en Colombia?

      Desde la perspectiva metodológica, la respuesta a la aporía investigativa planteada, el trabajo investigativo desarrollado, se circunscribió al paradigma hermenéutico-interpretativo y a partir de esta perspectiva, se usó el enfoque cualitativo. Posteriormente, se siguió el método científico con lo analizado, la sintetización, procesos inductivos y deductivos, y se usaron sinérgicamente otros métodos determinados al observar y conceptuar. También se aplicó el estudio de caso fundamentado en el análisis, descripción, explicación, predicción y proyección de contextos singulares. En detalle, la estrategia metodológica utilizada consistió en el análisis documental, esto es, la revisión de un importante número de fuentes bibliográficas que a nivel doctrinal y jurisprudencial permitieron afrontar la problemática planteada.

      de la democracia en Colombia

      En 1853, gracias a la posibilidad entregada por la norma superior de la Nueva Granada, promulgada en Provincia de Vélez, se emitió la Constitución que llevaría su mismo nombre. En este acuerdo, se dijo que las mujeres podían sufragar; sin embargo, algunos investigadores, como Peña Aguilera (2013), señalaron que no existía evidencia alguna de que ellas lo hayan hecho. ¿Cuáles fueron las razones?, posiblemente, y bajo la hegemonía patriarcal de la época, que ningún marido concedió el respetivo permiso para que las mujeres de su familia ejercieran un derecho que estaba reservado solo para los varones.

      Colombia, luego de ser uno de los países pioneros en reconocer este derecho político en Latinoamérica, pasó a ser uno de los últimos en conferir la posibilidad de decisión a las mujeres. Cien años después del antecedente de la Constitución de Vélez, en 1957, se cristalizó este derecho, iniciado con el proceso de cedulación de las futuras sufragantes. Lo paradójico radica en que el derecho se otorgó mientras Colombia era gobernada por una dictadura militar, con el referendo de 1954.

      El 9 de abril de 1948, fue asesinado uno de los candidatos presidenciales con mayores opciones de ganar las elecciones de la época. Jorge Eliécer Gaitán representaba el sentir de las mayorías y por esto


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