Científicas en Colombia. Carolina Romero

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de los derechos de la mujer, mecanismos e instrumentos para hacerlos efectivos.

      Ahora bien, mediante el Decreto 519 de marzo de 2003 el Gobierno Nacional creó la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer como entidad rectora de las políticas para las mujeres. La misión de la Consejería es «diseñar, promover e implementar una política para las mujeres adultas, jóvenes y niñas, que contribuya al logro de relaciones de equidad y de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres». Dentro de sus funciones está impulsar la incorporación del enfoque de género en la elaboración de programas, planes y políticas de orden nacional y territorial; apoyar organizaciones de mujeres y velar por su participación en los diferentes escenarios; apoyar la formulación y ejecución de programas específicos de y dirigidos a mujeres, especialmente a las más vulnerables, y asistir al Gobierno en el diseño de políticas orientadas a la igualdad de género.

      A partir de diagnósticos sobre la situación de las mujeres en el país, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer puso en marcha en 2003 la política que estableció los lineamientos para «corregir los desequilibrios en cuanto a oportunidades de desarrollo, fomentando la participación de las mujeres en la vida social, política, económica y cultural y la construcción de relaciones entre hombres y mujeres» (Uribe, 2014, p. 8), la cual se denominó Política Afirmativa Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo. Considerando la presencia de contenidos sexistas en los textos escolares que impulsan a la mujer a asumir roles tradicionales, así como la falta de docentes formados con un enfoque de género, la política estableció, en el eje de Educación y cultura, fomentar una educación que respete las diferencias de género y que garantice la igualdad y equidad en todos los niveles, tipos y modalidades educativas, brindando atención específica a niñas, jóvenes y mujeres.

      En el mismo año, el Gobierno Nacional decretó la Ley 823 de 2003, mediante la cual se han dictado las normas sobre igualdad de oportunidades para las mujeres. Su principal objetivo ha sido establecer el marco institucional y orientar el diseño de políticas públicas que permitan alcanzar la equidad e igualdad de oportunidades para las mujeres en el país. En la norma (823) se expone que «el Estado garantizará el acceso de las mujeres a todos los programas académicos y profesionales en condiciones de igualdad con los varones». Para ello, debe no solo eliminar los estereotipos sexistas en torno a la formación profesional, sino también estimular los estudios e investigaciones sobre igualdad de género, facilitar el acceso y permanencia de las mujeres en el sistema educativo, y mejorar la producción y difusión de indicadores educativos con una perspectiva de género. Finalmente, se estableció que es deber del Gobierno promover y garantizar la inclusión de proyectos que promuevan la igualdad de género en el Plan Nacional de Desarrollo, de modo que desde los territorios se logre la igualdad de oportunidades.

      Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos del milenio, el Conpes social 91 de 2005 planteó como tercer objetivo «promover la equidad de género y la autonomía de la mujer». En términos generales, este objetivo tenía como meta eliminar la desigualdad de género en los niveles de primaria y secundaria para el 2005, y en todos los niveles para el 2015. En Colombia, al no identificarse brechas de género en el acceso a primaria, la meta se redefinió hacia la creación de políticas y normas que permitieran monitorear y evaluar la equidad de género en los ejes de violencia, mercado laboral y participación política.

      En 2012 la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, mediante el Conpes 161, presentó los lineamientos de la Política pública nacional de equidad de género para las mujeres, 2013-2016. Los ejes propuestos y priorizados, con miras a cumplir los objetivos, fueron autonomía económica e igualdad en la esfera laboral y del cuidado; construcción de paz; participación en los procesos de toma de decisiones y en las esferas de poder; salud integral y derechos sexuales y reproductivos; educación de calidad con enfoque diferencial y acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y las comunicaciones; territorio, hábitat y medioambiente; gestión pública, desarrollo institucional, transformación cultural y comunicación como ejes transversales de la política, y lineamientos del Plan Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia.

      Por otra parte, los lineamientos de la Política de educación superior inclusiva del Ministerio de Educación Nacional (2013) introdujeron el enfoque de género como estrategia para el análisis de la educación inclusiva. Este enfoque enfatizó en dos aspectos: acceso y permanencia, y pertinencia y calidad. En el primero, planearon incluir la categoría de género en la asignación de créditos y subsidios para la educación, y crear programas de bienestar universitario en la primera infancia, con el fin de incentivar el acceso de la mujer al sistema educativo. Por su parte, en el segundo buscaron incentivar el desarrollo de líneas de investigación, cursos, cátedras y demás con un enfoque de género en las instituciones de educación superior, además de promover la creación y formación de semilleros, grupos de investigación y observatorios, entre otros, relacionados con el enfoque de género.

      El artículo 10 de la Ley 1761 de 2015 establece que el Ministerio de Educación Nacional realizará los esfuerzos necesarios para que en las instituciones de educación preescolar, básica y media se incorpore la perspectiva de género en la malla curricular. Se insta a que esta incorporación de las reflexiones sobre la perspectiva de género se centre en la protección de la mujer, y que se realice a través de proyectos pedagógicos transversales basados en la interdisciplinariedad, intersectorialidad e interinstitucionalidad, sin vulnerar las libertades religiosas y la ética de las instituciones educativas. En la misma línea, el parágrafo 1 del artículo 10 ordena que el Ministerio de Educación Nacional presente anualmente informes a la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República sobre la incorporación de la perspectiva de género en los proyectos educativos, así como sus resultados, a partir de la implementación de mecanismos de monitoreo y seguimiento.

      En 2016 el Gobierno de turno presentó el Plan Nacional Decenal de Educación, 2016-2026, denominado «El camino hacia la calidad y la equidad». En el séptimo desafío estratégico se propuso construir una sociedad en paz que esté basada en equidad, inclusión, respeto a la ética y equidad de género, de tal modo que para 2026 no existiera forma de marginación o exclusión a niñas, jóvenes y adultas. Como mecanismo de seguimiento, el Plan estableció los siguientes indicadores: índice de paridad de género en cobertura, índice de paridad de género en acceso a educación preescolar, básica y media, índice de paridad en la deserción y la aprobación en educación preescolar, básica y media, e índice de paridad de género para graduados de educación superior.

      Estos avances en la reglamentación y el reconocimiento de las desigualdades existentes llevaron a que se definieran compromisos y metas claras en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en el capítulo titulado «Pacto de equidad para las mujeres». Destaca el compromiso con la reducción de la brecha de ingresos salariales entre hombres y mujeres, la reducción del embarazo adolescente, el aumento de la participación de mujeres en cargos directivos del Estado colombiano en un 50 %, dando también cumplimiento a las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la formulación de la política pública nacional de cuidado. Se plantean como estrategias, entre otras, la implementación de un sistema de alertas sobre casos de deserción escolar asociados al género y el fomento de la diversificación ocupacional y profesional de las mujeres, así como el desarrollo de programas de igualdad laboral en los ámbitos privado y público, y la inclusión del enfoque de género en las rutas de equidad laboral.

      Leyes de ciencia y tecnología en Colombia

      En Colombia se crea por primera vez en 1968 un órgano consultor en temas de desarrollo científico y tecnológico. Con el Decreto 2869 de 1968 se


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