Introducción al sistema interamericano de derechos humanos. Elizabeth Salmón
155 Artículo 1.4 de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia.
156 Artículo 1.6 de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia.
157 Véase al respecto: Caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 24 de febrero de 2012. Serie C 239; Caso Duque vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 26 de febrero de 2016. Serie C 310; Caso Flor Freire vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 31 de agosto de 2016. Serie C 315.
158 Artículo 37:
«[…] La presente convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que se haya depositado el segundo instrumento de ratificación o adhesión en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.
Para cada Estado que ratifique o se adhiera a la presente convención después de que haya sido depositado el segundo instrumento de ratificación o adhesión, la convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado el instrumento correspondiente».
159 Se han realizado cuatro conferencias en total. La última llevó a cabo en Asunción del 27 al 30 de junio de este año.
160 Artículo 26 de la Declaración de Brasilia, Segunda Conferencia regional intergubernamental sobre envejecimiento en América Latina y el Caribe: hacia una sociedad para todas las edades y de protección social basada en derechos. Brasilia, 4 al 6 de diciembre de 2007.
161 Lineamientos para una Convención de los Derechos de las Personas Mayores/De Edad. III Reunión de Seguimiento de la Declaración de Brasilia, «Por los Derechos de las Personas Mayores» Sede de la CEPAL, 5 y 6 de octubre de 2009. Los países a la III Reunión de Seguimiento asistentes fueron los siguientes: Anguila, Antillas Holandesas, Argentina, Barbados, Belice, E. P. de Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Estados Unidos, España, Guatemala, Islas Vírgenes Británicas, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, St. Lucía, San Cristóbal y Nieves y Uruguay.
162 Grupo de Trabajo sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Plan de trabajo (2011-2012), OEA. Ser. G, CAJP/GT/DHPM-1/11 rev. 2, 21 de octubre de 2011.
163 En el sistema universal, las disposiciones que se refieren a las personas mayores de edad son las siguientes: artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; artículo 11.e de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; artículos 1 y 7 de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; y artículo 8 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Cabe indicar que el 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General estableció un Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre Envejecimiento de Naciones Unidas por medio de la Resolución 65/182, con el objetivo de analizar el marco internacional de derechos de las personas mayores, sus deficiencias y soluciones, así como la posibilidad de adoptar nuevas medidas e instrumentos de protección. Muchos antes, el 16 de diciembre de 1991 se aprobaron «Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad».
164 Corte IDH. Caso «Cinco Pensionistas» vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 28 de febrero de 2003. Serie C 98; y Caso Acevedo Buendía y otros («Cesantes y Jubilados de la Contraloría») vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 1° de julio de 2009. Serie C 198.
165 Artículo 2 de la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores.
166 Corte IDH. Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 8 de marzo de 2018, párrafo 132.
167 Corte IDH. Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 8 de marzo de 2018, párrafo 131.
168 Corte IDH. Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 8 de marzo de 2018, párrafo 132.
169 Artículo 1 literal b) del Convenio 169 de la OIT.
170 Artículo XIX inciso 3 de la DADPI.
171 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas. Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución A/61/L.67 y Add.1.
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