Diálogos y casos iberoamericanos sobre derecho internacional penal, derecho internacional humanitario y justicia transicional. Ricardo Abello-Galvis

Diálogos y casos iberoamericanos sobre derecho internacional penal, derecho internacional humanitario y justicia transicional - Ricardo Abello-Galvis


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      La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió las siguientes jurisprudencias:

      Jurisprudencia número 37/2000. Ejército, Fuerza Aérea y Armada. Pueden actuar acatando órdenes del presidente, con estricto respeto a las garantías individuales, cuando, sin llegarse a situaciones que requieran la suspensión de aquellas, hagan temer, fundadamente, que de no enfrentarse de inmediato sería inminente caer en condiciones graves que obligarían a decretarla.

      Jurisprudencia número 38/200. Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Su participación en auxilio de las autoridades civiles es constitucional (interpretación del artículo 129 de la Constitución).

      La interpretación histórica, armónica y lógica del artículo 129 constitucional autoriza considerar que las Fuerzas Armadas pueden actuar en auxilio de las autoridades civiles, cuando estas soliciten el apoyo de la fuerza con la que disponen. Por esta razón, el instituto armado está constitucionalmente facultado para actuar en materias de seguridad pública en auxilio de las autoridades competentes15.

      Es necesario aclarar que las Fuerzas Armadas actúan en auxilio de las autoridades civiles, pero sin desplazar a estas de sus funciones. La actuación de las Fuerzas Armadas es únicamente en coordinación con las diversas autoridades públicas y estando siempre subordinadas a estas, a menos que por mandato del presidente de la República, ante una situación relevante, se requiera investir a un militar de un mando especial por razones particulares de seguridad, este realizará sus funciones únicamente por el tiempo que dure la comisión nombrada.

      Ley orgánica del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos. Establece en el artículo 1 las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, dentro de las cuales destaca la segunda misión, garantizar la seguridad interior, refiriéndose a todos aquellas conflictos de inseguridad de carácter interno que suceden en el país, tal y como lo es el crimen organizado.

      La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 89 fracción VI, establece que el presidente de la República Mexicana dispondrá de la totalidad de las Fuerzas Armadas para garantizar la seguridad interior y defensa exterior de la federación, además de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea en su artículo 11, “el mando supremo del ejército y fuerza aérea mexicanos, corresponde al presidente de la república, quien lo ejercerá por sí o a través del secretario de la defensa nacional; para el efecto, durante su mandato se le denominará comandante supremo de las fuerzas armadas”.

      Se reafirma el mandato que se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 13 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, el cual establece: “El Presidente de la República dispondrá del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

      Las Fuerzas Armadas, en sus misiones de seguridad interior y seguridad exterior del territorio nacional, actúan con base en las órdenes que emita el comandante supremo de las Fuerzas Armadas, a través del secretario de la Defensa Nacional, misiones que son encaminadas a proteger la vida y la tranquilidad de las personas, en el caso de la seguridad interior, y a proteger la soberanía de la nación, cuando se trata de garantizar la seguridad exterior de la federación.

      En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Gobierno federal señaló que el diseño de la política de Seguridad Nacional responde a su identificación como una función esencial del Estado y como un derecho fundamental de los ciudadanos, que asume los compromisos suscritos ante la comunidad internacional y que, desde sus aspiraciones y objetivos, define los términos de cooperación en la materia16.

      La misión de las Fuerzas Armadas de México es emplear el poder militar de la federación para la defensa exterior y para coadyuvar en la seguridad interior del país. Las Fuerzas Armadas, en el caso de la seguridad interior, han tomado un papel predominante en los últimos años, debido a la violencia generada por las organizaciones delictivas.

      Puede observarse que en el Plan Nacional de Desarrollo, en la parte correspondiente de defensa exterior y seguridad interior, se hace mención de la relevante tarea que tienen las Fuerzas Armadas en coadyuvar con las autoridades civiles en la seguridad pública. Incluso se hace mención de que es necesario reforzar el marco legal ya existente. Igualmente, se deberá adecuar el adiestramiento para que responda a las exigencias de los tiempos actuales. Dicho Plan menciona además que los sistemas educativos naval y militar requieren de una orientación balanceada en torno a la defensa nacional, seguridad interior y misiones de carácter social que respondan a las necesidades actuales del país.

      Es necesario mencionar que el Código de Justicia Militar en su artículo 434 numeral i define al Ejército como la fuerza pública de diversas milicias, armas y cuerpos que sirven a la nación para hacer la guerra en defensa de su independencia, integridad y decoro, y para asegurar el orden constitucional y la paz interior17.

      El 22 de mayo del 2014 se emitió el Manual del Uso de la Fuerza, de Aplicación Común a las tres Fuerzas Armadas, y se publicó en el diario Oficial de la Federación el 30 de mayo del 2014. Este Manual regula el uso legítimo de la fuerza por parte del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, y en relación con lo establecido en artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el cual establece:

      Artículo 19, el titular de cada Secretaría de Estado y Departamento Administrativo expedirá los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público necesarios para su funcionamiento, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, así como sobre los sistemas de Comunicación y coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan. Los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno, deberán mantenerse permanentemente actualizados. Los manuales de organización general deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En cada una de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se mantendrán al corriente los escalafones de los trabajadores y se establecerán los sistemas de estímulos y recompensas que determine la Ley y las condiciones generales de trabajo respectivas18.

      El manual del uso de la fuerza de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas incorpora los principios que regula el uso de la fuerza de manera legítima contemplados por la Cruz Roja Internacional (CICR), y aplicados por parte de las Fuerzas Armadas en tareas de apoyo a la Policía en sus funciones de seguridad pública. El enfoque utilizado por el Gobierno federal para utilizar a las Fuerzas Armadas a fin de apoyar a las autoridades civiles en tareas de seguridad pública está sustentado en la defensa de la seguridad interior, ante la amenaza del crimen organizado en la seguridad y no la seguridad pública en sí misma, esta última a cargo de la autoridad civil, como lo establece el artículo 21 constitucional19.

      El Plan Sectorial de Defensa 2013-2018. Se observa el mensaje del presidente de la República, en el cual menciona la importancia del papel que desempeñan las Fuerzas Armadas en coaduvancia con la Policía en funciones de seguridad pública. Entre otras cosas, el Plan destaca lo siguiente:

      La secretaría de la Defensa Nacional juega un papel importante dentro del contexto de la Defensa Exterior de la Federación, a fin de preservar la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; así como, coadyuvar en la Seguridad interior del país para mantener el orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno, en este sentido el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, han actuado de forma permanente con valor y lealtad al servicio de la patria dentro del devenir histórico de la nación, donde han sido pilares en el mantenimiento de la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, el carácter social de las Fuerzas Armadas las identifica como un Ejército de paz por su entrega, y compromiso con el pueblo de México en casos de necesidades públicas, así mismo, por el apoyo inmediato a la población en casos de desastres, lo que les ha valido ganarse el reconocimiento íntegro y el aprecio de la ciudadanía. México ha enfrentado en los últimos años una problemática sin precedentes por la inseguridad que generan las organizaciones del crimen organizado,


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