Desafíos migratorios: realidades desde diversas orillas. María Teresa Palacios Sanabria

Desafíos migratorios: realidades desde diversas orillas - María Teresa Palacios Sanabria


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      Notas

      * Abogada de la Universidad de La Sabana, magíster en Derecho Penal de la Universidad Libre. Investigadora del Grupo de Investigación CIFAD de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia, sede Bogotá.

      ** Abogado de la Universidad Autónoma de Colombia, doctor en Derecho de la Universidad Nacional de Colombia. Investigador de la Universidad de Boyacá.

      *** Auxiliar de investigación, estudiante de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia, sede Bogotá.

      1 Entiéndase como justiciabilidad al mecanismo que tiene cualquier persona para acceder a instancias judiciales nacionales o internacionales, con el fin de lograr que se le reconozca el derecho y su posible reparación.

       Capítulo 2

       Constitucionalismo utópico y realidades vergonzosas Refugio en el Mediterráneo

      Constitución, instrumento fundamental

      Una Constitución debe ser la declaración escrita de los principios de una nación. El respeto por toda la humanidad, desde el punto de vista de los derechos humanos, es la afirmación central en esas cartas fundamentales. Sin embargo, ante esa declaratoria que incorpora territorios, personas, culturas, creencias y normas de convivencia, se traza una línea divisoria que permite ubicar en un peldaño superior a aquellos que gozan de un reconocimiento de ciudadanía, frente a los que no disponen de ella pero que por motivos de diversa índole se han incorporado dentro de un territorio, ahora compartido. Se surten nuevas formas de relacionarse, y en algunos casos se comienza a ver al foráneo como un extraño indeseado. Ese proceder que no tendría por qué ser natural cobra validez cuando, al acudir a la Carta Magna de un Estado cualquiera, se encuentra que, de manera discriminada y afirmativa, en efecto, el foráneo no ha de ser tratado como igual.

      Los derechos constitucionales raramente se abordan para la protección de migrantes y refugiados. En los últimos años, el número de migrantes y de solicitantes de asilo de refugio ha aumentado en cifras sin precedentes, generando una situación que ha sido tildada como crisis humanitaria. Los países europeos que tras el inicio de la oleada migrante del año 2015 se mostraban simpatizantes, paulatinamente fueron generando resistencia, y caminando así en contravía de un anhelado proceso de integración. Largas estancias en campos de refugiados a la espera de decisiones burocráticas, cuotas de recepción incumplidas y obstáculos frente al cumplimiento de principios de derecho internacional han sido una constante.

      La Constitución de una nación, como ya se ha mencionado, es el principal establecimiento del reconocimiento de los derechos dentro de un territorio determinado. Su definición se ha extendido ampliamente; por ejemplo, para un sector se entiende como una combinación de gubernaculum y jurisdicción, poder y su control (Maddox, 1982); también es comprendida como el cúmulo de principios y leyes básicas de una nación, Estado o grupo social, que determinan los poderes y deberes del gobierno y garantizan ciertos derechos a las personas que lo integran (Merriam Webster Dictionary, 2018). En Europa, se dice que la Constitución debe reflejar la definición de los valores, los objetivos fundamentales y las esferas de acción de la Unión Europea y pone en marcha el mecanismo por el que pueden funcionar sus instituciones (European Parliament, 2005). Igualmente, hay autores que la definen como


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