Tres modelos contemporáneos de agencia humana. Leticia Elena Naranjo Gálvez
target="_blank" rel="nofollow" href="#ulink_366a3088-cc75-5c5d-9d5d-6b40aed470e4">1 Ver en Rawls: los conceptos de lo “racional” y lo “razonable”, especialmente en los parágrafos 63 y 64 de Teoría de la justicia, así como su idea de la relación entre la justicia y la moderna teoría de la elección racional, en los capítulos 2 y 3 de Justicia como equidad, y en el parágrafo 1 de la conferencia II del Liberalismo político. En este último (p. 69) se refiere de modo específico, y de manera crítica, al intento de Gauthier de deducir lo razonable a partir de lo racional: “[...] no es posible pensar en derivar lo razonable de lo racional. En la historia del pensamiento moral algunos lo han intentado”. Con relación a este tema rawlsiano, cf. también: Freeman (2007a), Pogge (2007), Scanlon (2003) y Larmore (2003).
2 Esta tesis (ya lo habrá advertido el lector) en principio sería compartida por Rawls, a pesar de la distancia crítica que intenta asumir Gauthier frente a este. Como es sabido, el autor de Liberalismo político también centra su idea de la justicia en la imparcialidad o equidad (fairness) y en la no instrumentalización de los agentes que suscriben su versión, también contractualista, del pacto social. Hasta aquí, por lo tanto, pareciera que la diferencia entre ambos autores reside en que el canadiense insiste en una noción estrictamente maximizadora de la racionalidad que caracterizaría a los agentes que suscriben el contrato; diferencia que, sin embargo y como iremos viendo, traerá consecuencias de la mayor importancia. Adicionalmente, Gauthier es enfático al negar que haya, por parte suya, un interés en la equidad, y menos aún, en la igualdad (1986, pp. 217 y ss.).
3 Cf. Gauthier (1986, pp. 2, 55 y ss.).
4 Gauthier (1986, p. 5). En lo que sigue de estos tres primeros capítulos, a menos que anuncie lo contrario, todas las citas y referencias que haga dentro del texto se tomarán de Morals by Agreement. Anotaré al final de cada cita únicamente el número de página, sin hacer referencia al año de publicación de dicha obra (1986).
5 Ver la crítica de Gauthier a Harsanyi (Gauthier, pp. 3-6, 8, 24, 38, 44, 69-70, 75, 79, 85, 126-127, 146, 149-150, 199-200, 235, 238-245); y ver Harsanyi (1982, 1983 y 1985).
6 En esta oposición entre moral filosófica y moral popular, Gauthier coincide con los utilitaristas contemporáneos, como el mismo Harsanyi o como J. J. C. Smart, si bien creo que uno tendría que concederle a Harsanyi que este, a diferencia de Gauthier y de Smart, sí le reconoce —aunque tal vez muy a su manera— un lugar importante a la moral tradicional. Ver Harsanyi (1982) y Smart (1988).
7 Este señalamiento puede hacérsele, según Robert Goodin (1993), no solo a Gauthier, sino, en general, a todos aquellos que se inscriben dentro de la tradición del contrato social e, incluso, a algunos utilitaristas, como Harsanyi.
8 Me refiero a este aspecto histórico nuestro previendo críticas como las que podría hacerme una autora como Agnes Heller, para quien la imparcialidad y la igualdad ante la ley no siempre ni en todos los contextos han sido la base de los códigos morales. Ver Heller (1990).
9 Ver las definiciones de racionalidad estratégica y de racionalidad paramétrica en: Resnik (1998).
10 Esto sería así, repito, tanto en situaciones donde se imponga el uso de una racionalidad meramente paramétrica como en aquellas otras en las que se requiera acudir a una de tipo estratégico.
11 Ver Rawls, parágrafo 63 de Teoría de la justicia. Como podrá verse a partir del capítulo cuarto, habría una distancia aún más llamativa entre la “persona” a la que se refiere Gauthier y los tipos de agentes a los que, respectivamente, autores como H. Frankfurt y C. Taylor llaman “persona”.
12 Cf. Hobbes (capítulo XVIII de la segunda parte del Leviatán).
13 Sobre el clásico tema de los fallos o imperfecciones del mercado y las características que habría que atribuirle a un mercado al que, por el contrario, se lo pudiera pensar como perfectamente competitivo, ver Bator (1958, pp. 351-379).
14 Ver, por ejemplo, las referencias a la “mano invisible”, en la Investigación sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones (1982, pp. 17 y 402), de A. Smith. Sobre la noción de mercado perfectamente competitivo y su relación con la idea de la mano invisible que parece guiarle, se volverá más adelante.
15 Cf. parágrafo 26 de Teoría de la justicia. Sobre los principios del maximin versus minimax, ver Resnik (1998, pp. 56-69).
16 Ver Brandom (2001) y Ripstein (2001). También resultan muy esclarecedoras las críticas que, señalando problemas bastante cercanos a los que indican estos dos autores, pueden hallarse en algunos textos de Wellmer (1988), Putnam (2002) y Taylor (1985d, 1997, introducción).
17 Esto mismo se aprecia en algunos autores utilitaristas contemporáneos que, como Smart (1988) y Harsanyi (1982, 1983 y 1985), aplican de manera renovada los intentos de sus antecesores, los utilitaristas clásicos, por dar cuenta de la moral a partir de claves mecanicistas. Otro tanto puede atribuírsele al intento de los expositores más visibles del emotivismo contemporáneo, Mackie (1990) y Stevenson (1984). En el quinto capítulo se verá la crítica de C. Taylor a este intento reduccionista que, según él, es propio de posturas como el utilitarismo, pero también de algunos programas de investigación de las ciencias humanas a partir del siglo XX, v. g., el conductismo psicológico, que intentan trasplantar el modelo explicativo de las ciencias ‘duras’ a los discursos acerca del hombre. Este intento requiere, como pieza fundamental, la transformación del lenguaje cotidiano que se utiliza para hablar de los eventos humanos, con el fin de que dicho lenguaje sea ‘neutro’ al referirse a tales ‘hechos’, para lo cual tendría que ser un lenguaje ‘purgado’ de términos valorativamente cargados.
18 Dicha estrategia reduccionista, que señalan, repito, cada uno a su manera y desde distintos ángulos, autores como Brandom y Ripstein para el caso de Gauthier (y, en general, tratándose de algunos programas filosóficos del siglo XX, tales como el positivismo lógico), también ha sido objeto de análisis, como antes lo comento en un pie de página, por pensadores provenientes de diversas escuelas, v. g., Taylor (1985d, introducción, pp. 1-12), Putnam (2002), MacIntyre (1987) y Wellmer (1988). Entre otras facetas de la cuestión, estos autores muestran algunos de los resultados que traería el hecho de que una importante corriente de la tradición filosófica moderna y contemporánea aplique esta solución reduccionista no solo a temas morales y políticos, sino también a ciertos desarrollos de las ciencias sociales.