Crisis del Estado nación y de la concepción clásica de la soberanía. Manuel Alberto Restrepo Medina
sobre el precario marco jurídico aplicable.
No se puede desconocer que el Estado colombiano ha demostrado una actitud solidaria y de recepción a la migración proveniente de Venezuela y el documento CONPES 3950 de 2018 manifiesta el interés por que se coordinen las acciones para la atención a la población venezolana. Sin perjuicio de lo anterior, el documento CONPES, el cual tiene una vigencia limitada hasta el año 2021; es necesario que el marco normativo se contextualice desde una ley de la República, aplicable no solo a los ciudadanos venezolanos, sino a los demás extranjeros que habiten nuestro país. No se puede perder de vista que Colombia es parte de un gran número de tratados internacionales que prohíben la realización de perfiles raciales y la discriminación entre extranjeros. Contar con medidas dirigidas únicamente a los venezolanos puede transgredir disposiciones supranacionales y derivar en responsabilidad internacional.
Bibliografía
Acta Fundacional de la Unión Africana, adoptada el 12 de julio de 2000 en Lome por la 36.a Conferencia de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana.
Asamblea General de las Naciones Unidas, Informe del relator especial sobre los derechos humanos de los migrantes, sobre una agenda 2035 para facilitar la movilidad humana, Doc. A/HRC/35/25, de 28 de abril de 2017, párr. 49.
Bonet Pérez, Jordi. “La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares”, en La protección internacional de los derechos humanos en los albores del siglo XXI, dirigido por Felipe Gómez Isa, pp. 309-349. Bilbao: Universidad de Deusto, 2004.
Carta de la Organización de las Naciones Unidas, Firmada en San Francisco el 26 de junio de 1945, entrada en vigor el 24 de octubre de 1945.
Carta de la Organización de Estados Americanos, Reformada por el Protocolo de reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos “Protocolo de Buenos Aires”, suscrito el 27 de febrero de 1967, en la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria.
Carrillo Salcedo, Juan Antonio. Dignidad frente a la barbarie. La Declaración Universal de Derechos Humanos, cincuenta años después. Madrid: Mínima Trotta, 1999.
Carrillo Salcedo, Juan Antonio. Soberanía de los Estados y derechos humanos en derecho internacional contemporáneo. Madrid: Tecnos, 2001.
Chueca Sancho, Ángel, y Aguelo Navarro, Pascual. “El novísimo derecho humano de las personas a migrar”. Revista de Derecho Migratorio y Extranjería 5 (2004): 291-292.
Chueca Sancho, Ángel, y Aguelo Navarro, Pascual. “La Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias”. Derecho Migratorio y Extranjería 10 (2005): 117, 125.
Chueca Sancho, Ángel. “El ius migrandi en el derecho internacional de las migraciones”. Inmigración, Estado y derecho: perspectivas desde el siglo XXI, editado por Manuel Balado Ruiz Gallegos, pp. 753-776. Barcelona: Bosch, 2008.
Chueca Sancho, Ángel. “Un análisis de las migraciones a través de cinco mitos”. Revista de Derecho Migratorio y Extranjería 9 (julio de 2005): 239-252.
Colombia, Congreso de la República, Ley Estatutaria 1751 de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones, 16 de febrero de 2015.
Colombia, Constitución Política de 1991. 27.a ed. Bogotá: Legis, 2017.
Colombia, Consejo Nacional de Política Económica y Social, documento CONPES 3950 de 23 de noviembre de 2018.
Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-1259 de 2001, de 29 de noviembre de 2001, M.P. Jaime Córdoba Triviño.
Colombia, Decreto 132 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 30 de enero de 2014, por el cual se modifica el Decreto 0834 de 2014.
Colombia, Decreto 1814 de 2015, mediante el cual se otorgan permisos especiales de ingreso y permanencia y se regula además el Permiso Especial de Permanencia con carácter gratuito para los cónyuges o compañeros permanentes de nacionalidad venezolana de colombianos que han sido expulsados, deportados o retornados.
Colombia, Decreto 2235 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de noviembre de 2015, por medio del cual se modifica el Decreto 1067 de 2015 sobre permiso de ingreso y permanencia.
Colombia, Decreto 1067 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 26 de mayo de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.
Colombia, Decreto 1288 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de 25 de julio de 2018, Por el cual se adoptan medidas para garantizar el acceso de las personas inscritas en el registro administrativo de migrantes venezolanos a la oferta institucional y se dictan otras medidas sobre el retorno de colombianos.
Colombia, Ministerio de Educación Nacional, Circulares 45 del 16 de septiembre de 2015, 07 del 2 de febrero de 2016, 01 de 27 de abril de 2017 y 16 de 10 de abril de 2018.
Colombia, Resolución 3346 de Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, del 21 de diciembre de 2018, Por la cual se adiciona el permiso de ingreso y permanencia de tránsito temporal PIP-TT a la Resolución 1220 de 2016.
Colombia, Resolución 1272 de Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, de 28 de julio de 2017, por la cual se implementa el permiso especial de permanencia (PEP).
Colombia, Resolución 10677 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 18 de diciembre de 2018, por la cual se establece el nuevo término para acceder al Permiso Especial de Permanencia (PEP), creado mediante Resolución 57 del 25 de julio de 2017 del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
Colombia.com, “ONU: migrantes y refugiados venezolanos aumentarían en 2019”. Colombia.com, 14 de diciembre de 2018, disponible en https://www.colombia.com/actualidad/internacionales/onu-migrantes-y-refugiados-venezolanos-aumentarian-en-2019-213822, consultada 13 de febrero de 2019.
Convenio para la eliminación de todas las formas de discriminación racial, adoptado por la Asamblea General en su resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de 1965, en vigor el 4 de enero de 1969.
Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada el 22 de noviembre de 1969, en vigor el 18 de julio de 1978.
Convención internacional sobre la protección de todos los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias, aprobada por la Asamblea General en su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, en vigor el 1 de julio de 2003.
Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 (III) el 10 de diciembre de 1948.
Declaración y programa de acción de Viena, proclamada en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Doc. A/CONF.157/23. Celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993.
De Visscher, Charles. Teorías y realidades en derecho internacional, traducción de P. Sancho. Barcelona: Bosch, 1962.
Dupuy, Pierre Marie. Droit International Public, 4.a ed. París, Dalloz-Sirey, 2006.
Gros Espiell, Héctor. “Derechos humanos, derecho internacional y política internacional”. Estudios de Derechos Humanos I (1985).
Informe de la Conferencia mundial contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexa de intolerancia, Doc. A/CONF./189/12, de 25 de enero de 2002.
Informe del Comité para la eliminación de la discriminación racial, Doc. SUPP. 18(A/48/18), New York, párrs. 256, 282, 447.
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