Hegel, la autoconciencia de la libertad en la historia. Jorge Rendón Alarcón
y, como tal, no se ha dado aún la existencia en sí y por sí. Se trata por ello del saber del yo práctico en el ámbito del nosotros. Es así que Hegel habrá de llegar a considerar ese sujeto en su Filosofía del derecho a partir del concepto de la libertad de la voluntad: “la libertad sólo es real como voluntad, como sujeto”.
De esta manera, su propia realización depende de la experiencia de sí en la interacción y el conflicto de la existencia o, como dice Hegel, sólo es en cuanto se la reconoce. Se trata, para Hegel, de considerar la cosa [el conocimiento real] tal y como es en y para sí misma y su realización como tal en el nosotros de la existencia. En consecuencia, su exposición fenomenológica no parece ser ella misma la ciencia libre, que se mueve bajo su figura peculiar, sino que puede considerarse, desde este punto de vista, como el camino de la conciencia que pugna por llegar al verdadero saber o como el camino del alma que recorre la serie de sus configuraciones como otra tantas estaciones de tránsito que su naturaleza le traza, depurándose así hasta elevarse al espíritu y llegando, a través de la experiencia completa de sí misma al conocimiento de lo que en sí misma es (FE, p. 54).
La experiencia de la conciencia, de su propio saber de sí como autoconciencia, es pues, como Hegel lo manifiesta, resultado también de la experiencia del nosotros entre distintas conciencias de sí que son para sí. Ello es así porque La autoconciencia es en y para sí en cuanto que y porque es en sí y para sí para otra autoconciencia; es decir, sólo es en cuanto se la reconoce. (FE, p. 113) Puede entenderse entonces que el problema de la realización en sí y por sí de la autoconciencia se sitúe, para Hegel, en la autoconciencia de la libertad como determinación fundamental del pensamiento y en la existencia en la libertad de la voluntad: Esta sabe su saber como la esencialidad absoluta o sabe el ser sencillamente como la voluntad pura o el saber puro; no es nada más que esta voluntad y este saber… (FE, p. 463). En suma, la consideración de la conciencia como autoconciencia y como tal de su realización en sí y para sí se halla presente como el sí mismo en la autoconciencia moral, y es en ese sentido -y no en otro-, que su Fenomenología del espíritu constituye una Ciencia de la experiencia de la conciencia y de su realización en un pueblo libre.
La consideración especulativa de la conciencia como autoconciencia se sitúa, así, en la experiencia completa de sí misma para dar, con ello, cuenta de sí y de su realización por sí en el ámbito de la existencia. Por esta razón, como veremos, en la propia Fenomenología todo habrá de depender de que lo verdadero se aprehenda como sujeto. De aquí que Hegel no sólo se refiera ya a la actividad incesante del espíritu sino también a la exigencia de una nueva figura: <<el espíritu que se forma va madurando lenta y silenciosamente hacia la nueva figura, va desprendiéndose de una partícula tras otra de la estructura de su mundo anterior y los estremecimientos de este mundo se anuncian solamente por medio de síntomas aislados; la frivolidad y el tedio que se apoderan de lo existente y el vago presentimiento de lo desconocido son los signos premonitorios de que algo otro se avecina >> (s.n.)(FE, p. 12)1.
Conforme a lo anterior, la Fenomenología del espíritu asume como punto de partida -según declaración propia- la gestación y transición hacia una nueva época a cuyo contenido también se refiere diciendo que la misma se caracteriza por el hecho de que el espíritu ha roto con el mundo anterior de su ser allí y de su representación y se dispone a hundir eso en el pasado, entregándose a la tarea de su propia transformación.
Se trata de la consideración especulativa de la libertad autoconsciente que busca dar cuenta de la realización práctica de la libertad en el ámbito de la sociedad y de la historia. Se trata también, en nuestra opinión, de una reivindicación abierta y sin ambages de la modernidad en cuanto modernidad política a la que se reconoce por su contenido, como veremos, como condición de posibilidad de un orden humano autoimpuesto y, como tal, capaz de dar cuenta del ser humano en cuanto sujeto capaz de pensarse a sí mismo de manera reflexiva a propósito de su realización social en un orden jurídico-político legítimo y, por tanto, construido sobre la autonomía racional del individuo2.
Conviene subrayar la puntualización que hace Hegel respecto de la época moderna -o como la llama en su Filosofía de la historia: la novísima situación política- porque lo que él reconoce y enfatiza con ello es que su especulación filosófica tiene como punto de partida la autoconciencia histórica de una época que se reconoce en la ratio de la acción consciente de los seres humanos en cuanto a sus formas de realización ético-jurídicas. Es decir, se refiere al surgimiento y desarrollo de una autoconciencia que se reconoce en el proceso histórico de un orden jurídico-político creado por los propios seres humanos y que, como tal, llega a ser considerado como autoimpuesto para dar lugar así a su realización ético-práctica.
Se trata de una lectura que busca dar cuenta de la libertad autoconsciente de manera objetiva, porque se centra en la realización del individuo como sujeto capaz de pensarse en sí y por sí y capaz también, por ello, de realizarse en la interacción y el conflicto de la existencia social no como un yo abstracto, sino como un yo que tiene al mismo tiempo el significado del ser en sí. Y ello tiene lugar, para Hegel, porque la consideración especulativa de la conciencia como autoconciencia se sitúa en la realización de la <<libertad viva misma>> y, en este sentido, <<depurándose así hasta elevarse al espíritu y llegando, a través de la experiencia completa de sí misma al conocimiento de lo que en sí misma es>> (FE, p. 54).
Jean Hyppolite dice, al respecto, que Hegel encontró en el Emilio de Rousseau “una primera historia de la conciencia natural elevándose por sí misma a la libertad, a través de las experiencias que le son propias”, pero bajo la influencia del existencialismo, termina por insistir que, aunque, “Hegel describe una manera de existir … contrariamente a la filosofía existencial, no se detiene en esa misma existencia, sino que ve en ella un momento que, con su superación, permite alcanzar un saber absoluto. -para subrayar, en consecuencia, que-: Es precisamente en este último punto donde Kierkegaard se oponía a Hegel”. Se pasa aquí por alto que para Hegel el problema de la realización de la razón en sí y por sí es indisociable del pensamiento teórico y práctico, porque pensamiento y voluntad no son para él dos facultades distintas: <<la voluntad es un modo particular del pensamiento: el pensamiento en cuanto se traduce en la existencia, en cuanto impulso de darse la existencia>> (FD, agregado al par. 4).
A diferencia de lo que señala Hyppolite, el problema remite más bien a la realización del ser humano como ser autoconsciente y, en este sentido, a su realización en un orden capaz de asegurar su realización legítima como sujeto ético por cuanto es capaz de darse esa existencia en sí y por sí mismo. Ello habrá de explicar, además, la abierta contraposición de Hegel al carácter instrumental del liberalismo. No es de extrañar, entonces, que la cuestión de fondo sea el problema de la organización racional y legítima del orden jurídico-político y el carácter mismo de la modernidad en cuanto una sociedad organizada y decidida políticamente por sus miembros como resultado de su acción en cuanto sujetos autoconscientes.
Cabe recordar aquí que Hegel -en su Filosofía del derecho- subraya que el dominio del derecho es lo espiritual y que la libertad constituye su sustancia y determinación, por lo que el sistema del derecho es el reino de la libertad realizada de forma tal que se trata, para él, del mundo del espíritu que se produce a sí mismo como una segunda naturaleza (FD, par. 4). ¿Cómo no ver aquí entonces que la realización de un mundo del espíritu, es decir, del ser humano en cuanto sujeto práctico, resulta indisociable para Hegel de la realización ético-política del mismo y, como tal, contrapuesta a cualquier consideración del ser humano como un ente inmediato de carácter abstracto?
Podemos decir que la modernidad política supone, según Hegel, la autoconciencia de una época por la que se reconoce la autodeterminación del ser humano como ser histórico-social: <<entregándose -de esta manera-, a la tarea de su propia transformación>> y, en ese sentido, se trata del proceso de socialización por el que los seres humanos