Posontológico, posfundacional, posjurídico. Óscar Mejía Quintana
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Posontológico, posfundacional, posjurídico. Más allá de la filosofía y la teoría del derecho colonial en la sociedad Glocal
Serie de Investigaciones Jurídico-Políticas
© Universidad Nacional de Colombia - Sede Bogotá
© Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
© Vicedecanatura de Investigación y Extensión
© Instituto Unidad de Investigaciones Jurídico-Sociales Gerardo Molina, Unijus
© Óscar Mejía Quintana y Diana Hincapié Cetina, autores, 2020
Primera edición, 2020
ISBN (papel): XXXX
ISBN (digital): XXXX
ISBN (IBD): XXXX
Publicaciones Jurídico-Políticas
Dolly Montoya Castaño
Rectora Universidad Nacional de Colombia
Hernando Torres Corredor
Decano Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
Alejo Vargas Velásquez
Vicedecano de Investigación y Extensión
Preparación editorial
Instituto Unidad de Investigaciones Jurídico
Sociales Gerardo Molina, Unijus
Viviana Zuluaga
Coordinadora editorial
Fabio Toro
Coordinador académico
Luis Miguel Solórzano
Asistente administrativo y financiero
Ricardo Camacho
Nathaly Rodríguez
Correctores de estilo
María Libia Rubiano
Diagramadora
Imagen de portada
XXXX
Conversión a ePub
Mákina Editorial
Prohibida la reproducción total o parcial por cualquier medio sin la autorización escrita del titular de los derechos patrimoniales.
Introducción.
Más allá de la ontología clásica, la política instrumental y el derecho formal
La crisis del paradigma estratégico, en el mundo entero, es la crisis de la ontología clásica (praxis filosófico-científica), de la política instrumental (democracia liberal) y del derecho formal (legalismo jurídico convencional). Ontología, política y derecho son los pilares del hegemón neoliberal capitalista que Occidente globalizó y contra el que hoy se yerguen las posturas de resistencia y emancipación que exploran nuevos horizontes y se abren paso hacia un destino posmoderno que permita superar los límites impuestos. De allí la necesidad de ir más allá de esos confines y replantear los puntos de fuga de esas nuevas fronteras a donde dirigirnos: la posontológica más allá de la ontología clásica, la pospolítica más allá de la política instrumental, la posjurídica más allá del derecho formal.
Este libro busca explorar esos nuevos márgenes y por ello aparece dividido en cuatro partes estrechamente relacionadas: 1) Posontológico, pospolítico, posjurídico; 2) Hacia un concepto crítico y posfundacional de lo político; 3) Elementos para una Teoría Decolonial del Derecho y, finalmente, 4) Hacia una hermenéutica crítica en clave diatópica, reconstruyendo la relación que puede establecerse entre ontología, política y derecho en los términos epistemológicos posconvencionales que se han podido presentar en lo corrido de este siglo, recuperando por supuesto elementos que ya venían prefigurándose desde el siglo XIX. Básicamente, se trata de una reflexión crítica sobre el derecho racional moderno y su excesiva juridización, así como de los postulados básicos de la política, explorando las condiciones de posibilidad epistemológicas de una teoría decolonial del derecho y, en este contexto, un marco de reconstrucción epistemológica desde la hermenéutica crítica en lo que se ha denominado la epistemología del Sur.
El primer capítulo, “Posontológico, pospolítico, posjurídico”, explora una perspectiva de reconstrucción iusfilosófica del derecho: de una parte, el reconocimiento de lo posontológico, de los pluriversos coexistentes en la misma sociedad urbana, de las múltiples formas de vida y racionalidad práctica existentes, de las variadas eticidades y múltiples maneras de autorregulación sociojurídica, más allá de una forma jurídica –por bien intencionada que sea– hegemónica e impositiva; y, de otra, la reflexión sobre el concepto de lo político, más que sobre la política instrumental, tal como el pensamiento posfundacional lo viene pensando. Pensar lo político más que la política se vuelve central pues ello también supone la asunción de un espacio que desborda la política legal-institucional y explora la ampliación y fortalecimiento democrático de los procesos mundovitales desde los supuestos de una democracia radical, posfundacional y deliberativa.
La crisis del derecho se exacerba por la cada vez más excesiva y agobiante juridización del mundo de la vida que, liderado paradójicamente por el (neo)constitucionalismo, ha provocado la resistencia generalizada de las formas de vida al derecho, como Habermas lo ha puesto de presente en las hornadas de juridización que paulatinamente colonizan el mundo de la vida durante la modernidad temprana y, en especial, tardía; haciendo del derecho un medio por excelencia de alienación y cosificación social y generando la resistencia democrática de las diversas eticidades al medio jurídico. El diagnóstico de Evgeny Pashukanis sobre la fetichización del derecho terminó convalidando su estrategia del nihilismo jurídico que él mismo concibió como antídoto: se trata de no creer en el derecho. Porque en efecto, el mundo de la vida, el mundo de la cotidianidad paulatinamente ha desarrollado una resistencia espontánea y visceral al derecho; pese en todo caso a utilizarlo instrumentalmente como un aparejo reivindicatorio para exigir y garantizar sus derechos.
Cosificación que se ve profundizada por el carácter pseudoemancipador del derecho que ha viciado y vaciado el contenido político de la emancipación como el feminismo radical norteamericano lo ha denunciado, definiendo el derecho como un instrumento meramente reivindicatorio y no emancipatorio. El derecho de la mano del (neo)constitucionalismo corre hoy, en el mundo de la globalización neoliberal, el riesgo de ser el cómplice del sometimiento de las formas de vida al autoritarismo burocrático inherente al paradigma del Estado de bienestar neoliberal.
De aquí se origina la dimensión posjurídica como una estrategia de reconstrucción del derecho desde el mundo de la vida. Los últimos desarrollos tanto del pensamiento jurídico como de las Ciencias Sociales, en especial la sociología y la filosofía política y de la justicia, han mostrado la necesidad de explorar esta dimensión posjurídica como base pre y posconstitutiva de lo jurídico sin la cual la regulación jurídica propiamente dicha carece de sustento, respaldo y proyección, deviniendo simplemente ordenes respaldadas por amenazas. Cada vez son más evidentes las limitaciones de la regulación jurídica y constitucional excesiva cuando esta no se ha afianzado en procesos mundo-vitales que le den fortaleza y perspectiva y sin lo cual la regulación legal de la sociedad lentamente pierde su potencial organizador y deviene un dispositivo de sometimiento, ideología y alienación.
En esa línea de razonamiento, la filosofía del derecho, como expresión del conjunto de la filosofía práctica, reconstruye su perfil en el marco de la condición histórica de la sociedad contemporánea. Reconfiguración de lo iusfilosófico que se da tríadicamente, primero, desde lo posontológico como exploración de contextos sociales pluriversales, alternativos a los convencionales; segundo, desde lo posfundacional como sondeo de un concepto