Análisis de la información juvenil en el contexto de las políticas de la juventud. SSCE0109. Verónica Carrillo Peña
un contexto social, puede ser diferente a lo que se entiende en otro contexto con estructuras y circunstancias diferentes.
Así pues, siguiendo a Urcola, M. A., se puede afirmar que la juventud corresponde a una etapa biopsicológica del ciclo vital, y también es cierto que se constituye como una posición socialmente construida y económicamente condicionada. Además, el concepto juventud difiere de un país a otro y de un contexto socioeconómico a otro. No hay una única juventud, y deben considerarse las diversidades étnicas, sociales y culturales, así como las diferencias económicas, ya sean entre países o entre grupos o clases sociales.
Importante
Cada etapa histórica y cada modelo de sociedad han elaborado su propio concepto de juventud, aunque existe una misma tendencia dentro de las naciones occidentales (Cisneros Britto, P.).
Con relación a los aspectos psicológicos, parece claro que este proceso de transición a la edad adulta es sentido por sus protagonistas como una etapa vivencial. A través de los espacios institucionalizados (familia, centro educativo, trabajo, etc.), el/la joven se va consolidando progresivamente como adulto/a. Este proceso requiere un esfuerzo de adaptación a la diversidad de contextos en los que debe desarrollarse, compartiendo relaciones afectivas, intercambio material, definición de estatus, etcétera.
En esta etapa ya se han resuelto muchos de los conflictos de la adolescencia, y permite el paso a otra en la que el individuo generalmente se vuelve más independiente y asume más responsabilidad en sus actos. Los grupos de iguales dejan de ser el regulador de su conducta, y aparece entonces una autodeterminación que posibilita la regulación interna de su comportamiento.
La autovaloración depende ahora más de la imagen que tiene la persona de sí misma que de las opiniones de los grupos a los cuales pertenece. Es muy habitual que las relaciones sociales se dirijan fundamentalmente hacia la búsqueda de pareja. La preocupación constante por la preparación y superación profesional se convierte en una actividad definitoria del desarrollo de la personalidad.
Otro aspecto a destacar durante el desarrollo en esta etapa es la percepción que el/la joven tiene acerca de la realidad que lo/la rodea, compartiendo o rebatiendo juicios sobre diversas situaciones que están relacionados con componentes morales, sistemas de normas y valores.
Estas tres perspectivas ofrecen ritmos diferentes de desarrollo.
Ejemplo
Una persona puede estar desarrollada a nivel sexual, pero carecer aún de la madurez emocional que se requiere para enfrentar los conflictos de la vida adulta; o quizás la madurez emocional se haya adquirido, pero aún no es posible alcanzar la autonomía económica y social que se piensa que caracteriza la vida adulta.
La situación de inseguridad y precariedad del trabajo para los jóvenes está alargando ficticiamente la etapa de juventud. Por tanto, las claves que siempre se ha utilizado para describir la trayectoria de una persona (como el matrimonio o el entorno social diferente al de la familia de origen) se encuentran invalidadas por la realidad actual, mucho más diversa que la tradicional.
Expuesto lo anterior, resulta importante reiterar que clasificar o definir la juventud siguiendo criterios meramente temporales o cronológicos se ha mostrado arbitrario e insuficiente, ya que se trata de un proceso que incluye aspectos como la madurez física, social y psicológica de la persona, además de factores como la educación, la incorporación al trabajo, la construcción de una identidad propia y la autonomía e independencia que pueden conllevar la formación de un nuevo núcleo familiar. Todos estos aspectos mencionados no suelen caminar juntos, y cada persona vive de forma diferente su etapa de juventud.
3. Definición de edad juvenil en los marcos normativos
De manera general, Europa hace destinatarias de sus proyectos relacionados con la juventud a personas comprendidas entre trece y treinta años (datos extraídos del Portal Europeo de la Juventud).
En España, la mayoría de las acciones y proyectos que van dirigidos a la juventud comprenden un rango de edad de catorce a treinta años, excepto las medidas destinadas a empleo y emprendimiento, en las que el rango de edad se amplía hasta los treinta y cinco años (datos extraídos del Instituto de la Juventud).
La legislación vigente consolidada en materia de juventud es muy amplia y variada.
En el ámbito Europeo, actualmente se encuentran vigentes dos tipos de normas en materia de juventud: las decisiones y un reglamento.
Definición
Decisión
Es una norma jurídica de Derecho Comunitario Europeo que vincula a sus destinatarios en todos sus elementos y de manera directa e inmediata. Una decisión puede dirigirse a las instituciones, órganos, organismos y funcionarios de la Unión, a uno o varios de sus Estados miembros, o a particulares. Cuando designe destinatarios, la decisión solo obligará a estos.
Reglamento
Es una norma jurídica de Derecho Comunitario con alcance general y eficacia directa. Esto implica que es directamente aplicable en todos los Estados de la Unión por cualquier autoridad o particular, sin que sea precisa ninguna norma jurídica de origen interno o nacional que la transponga para completar su eficacia plena. Asimismo, puede ser invocada la tutela jurisdiccional ante los tribunales nacionales o comunitarios por los particulares.
Por ejemplo, en el Punto 1 del Artículo 4 de la Decisión nº 1031/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2000, por la que se establece el programa de acción comunitario “Juventud”, define el grupo que tendrá acceso al programa:
“El presente programa está destinado a los jóvenes -en principio, de edades comprendidas entre los 15 y los 25 años-, así como a quienes trabajan en el ámbito de la juventud, que residen legalmente en un Estado miembro. Los límites de edad podrán adaptarse ligeramente cuando lo justifiquen las condiciones específicas de determinados proyectos”.
Y en el Artículo 2 del Reglamento (UE) nº 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa “Erasmus+”, de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones nº 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE, se procede a definir la terminología utilizada en el reglamento; entre otros, delimita “jóvenes”: individuos de entre trece y treinta años de edad.
En el ámbito estatal, se encuentra vigente multitud de normativa relacionada con la juventud que emana de diversas instituciones, compuesta principalmente por resoluciones, reales decretos y órdenes ministeriales.
Definición
Resolución
En Derecho, se diferencian dos tipos de resoluciones:
1 Resolución judicial: es aquella dictada por un órgano jurisdiccional, es decir, por un juez o un tribunal.
2 Resolución administrativa: es aquella dictada por una administración pública.
Real decreto
Es una norma jurídica con rango de reglamento que emana del poder ejecutivo (el gobierno) y en virtud de las competencias prescritas en la Constitución.