Ejecución de enfoscados y guarnecidos "a buena vista". EOCB0109. Francisco José Soto Lara

Ejecución de enfoscados y guarnecidos


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al comienzo de los revestimientos?

      Solución

      En primer lugar, se puede buscar un lugar donde acopiar el material e incluso donde poder hacer las mezclas, siendo lo ideal, y a falta de otra indicación, el salón, que probablemente sea grande. El cuarto de baño podría usarse en todo caso para preparar las mezclas, pero no acopiar material, ya que, si hubiera alguna fuga, el material peligraría.

      Por otro lado, al ver instalaciones hechas en el cuarto de baño, es evidente que las paredes deben llevar tiempo terminadas, por lo que, al tener las instalaciones colocadas, sería el mejor lugar para empezar, pensando que probablemente solo necesite limpiar un poco y quizás humedecer la superficie de las paredes (porque hacer las rozas desprende mucho polvo).

      No se hacen rozas en paredes de poco espesor, por lo que seguramente serán de ladrillo y esto hace que sea un soporte ideal para un enfoscado por su resistencia.

      Con respecto al salón, la pared recién terminada induce a pensar en dos cosas: la primera es que no se puede enfoscar por estar aún fresca, y la segunda que posiblemente se tengan que hacer rozas para las instalaciones, lo que se debe aclarar con el propietario ya que, si va a llevar instalaciones, seguramente queden varios días de trabajo de otros oficios.

      Por otro lado, la pared de hormigón requerirá un picado superficial para que el guarnecido de yeso se adhiera correctamente.

      Desde hace años, la seguridad y salud en el puesto de trabajo ha ganado protagonismo haciendo que, cada día, acudir al puesto de trabajo y llevar a cabo las tareas propias del mismo resulte poco a poco menos arriesgado.

      Y aun quedando mucho por hacer, los avances que se han logrado son el resultado de campañas de formación y concienciación, así como de exigencia del cumplimiento de las normativas de seguridad laboral tanto a empresarios como a trabajadores.

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       Nota

      La normativa de seguridad laboral obliga al empresario a velar por la seguridad de los trabajadores en su puesto de trabajo y a hacer que los empleados cumplan con las medidas de seguridad necesarias.

      Sin embargo, la misma normativa e incluso el Estatuto de los Trabajadores recogen el deber del trabajador a cumplir con las medidas de seguridad que la empresa disponga como necesarias.

      Al fin y al cabo, ante un accidente laboral, el principal perjudicado siempre es la víctima del accidente y por tanto quien más cuidado debe tener para preservar su propia seguridad y salud.

      La normativa de prevención de riesgos en el trabajo obliga al empresario a estudiar los riesgos de cada uno de los puestos de trabajo que requiere su actividad y a establecer y proporcionar las medidas que eviten o disminuyan al máximo posible los riesgos detectados, así como velar para que tales medidas se cumplan, lo cual se recoge en el documento llamado “Plan de seguridad y salud”.

      En tal sentido, el empresario también debe informar a los trabajadores de las precauciones y medidas de prevención que deben tomar durante su trabajo, incluyendo medidas de emergencia y evacuación ante cualquier tipo de accidente.

      En las obras de construcción es el contratista principal el que proveerá los medios de seguridad generales para la ejecución de la obra que estén recogidos en el plan de seguridad y será el responsable de la coordinación de los mismos para evitar situaciones peligrosas (siempre con la colaboración del resto de contratistas y subcontratistas). Sin embargo, serán el resto de empresas las que suministrarán sus medios de seguridad particulares propios del sistema productivo que utilicen, así como los equipos de protección individual de su personal según su propio plan de seguridad y salud que habrán entregado al coordinador de seguridad de la obra para su aprobación si procede.

      En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos, estos respetarán la planificación y medios de seguridad de la obra y aportarán los medios necesarios para su propia seguridad que requiera su forma o sistema de trabajo.

      En la medida en que la técnica lo permita, la empresa contratista principal de la obra deberá proporcionar los medios generales para que el entorno de trabajo sea seguro, proporcionando las condiciones adecuadas de limpieza, coordinación entre trabajos y empresas, iluminación general y protecciones colectivas (aquellas que protegen a cualquiera que se exponga a un peligro como barandillas, redes, etc.).

      El contratista principal podrá exigir a cualquier empresa y empleado, propio o no, que cumpla las medidas de preventivas de la obra. También podrá exigir a toda empresa contratista o subcontratista que forme parte de la obra que cumpla con las medidas de seguridad a las que se haya comprometido en su plan de seguridad, basado en los riesgos propios de su oficio, como por ejemplo iluminación auxiliar necesaria por el tipo de trabajo, cuidado de conductores eléctricos de la maquinaria que usen, protección de trabajadores en trabajos a la intemperie, protección contra el ruido, uso de EPI necesarios e incluso la limpieza de los residuos propios generados, etc.

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       Sabía que...

      Se denominan EPI a los equipos de protección individual que son de obligado uso cuando así se recoja en el plan de seguridad de la empresa que realiza los trabajos, en función de los peligros propios de su trabajo.

      Como ya se ha dicho, cada trabajo en una obra conlleva unos peligros propios de su sistema de ejecución y de los medios y materiales que emplea y en función de ellos se planificarán las medidas preventivas a considerar.

      En los trabajos con revestimientos continuos conglomerados los principales riesgos son:

      1 Caídas al mismo y a distinto nivel.

      2 Pisadas sobre objetos y resbalones.

      3 Caídas de objetos por desplome, derrumbamiento, desprendimiento en las plantas o durante el izado de material.

      4 Proyección de fragmentos y/o partículas.

      5 Sobreesfuerzos.

      6 Exposición a condiciones ambientales adversas (sol, lluvias, viento, etc.).

      7 Uso de sustancias alcalinas que pueden ocasionar dermatitis y sustancias pulverulentas.

      8 Uso de equipos de trabajo manuales y eléctricos que pueden producir cortes, golpes, atrapamientos, contactos eléctricos y exposición a ruidos.

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       Actividades

      9. ¿A qué riesgos se estaría expuesto trabajando en un guarnecido manual dentro de una habitación de un edificio y trabajando sobre un andamio de borriquetas o caballetes?

      10. ¿Y cuáles serían los riesgos trabajando en un enfoscado en un paramento exterior en suelo firme?

      Las medidas preventivas a adoptar frente a estos riesgos se expondrán en los próximos capítulos, asociándolas a la aplicación práctica de los trabajos objeto de los mismos. Estas medidas se respetarán junto con aquellas propias de las condiciones especiales que requiera el trabajo o el sistema que se emplee para el mismo.

      Se llama revestimiento a todo elemento superficial aplicado a la cara de un elemento constructivo, por lo que se está hablando de enfoscados, enlucidos, alicatados, solados, etc., aplicados sobre paredes, suelos, techos, muros, pilares y, en definitiva, cualquier tipo de elemento constructivo.

      Suelen tener una función decorativa o de preparación para una decoración, y muchos de ellos mejoran las propiedades del elemento constructivo tanto en su conjunto como para su uso.

      Los revestimientos continuos son aquellos


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