9 razones para (des)confiar de las luchas por los derechos humanos. Sayak Valencia
Foucault, propone una lectura crítica del derecho a la consulta de los pueblos indígenas establecido en el Convenio 169 de la OIT, considerando que este funciona como una tecnología de gobierno que asiste al neoliberalismo en la creación del sujeto de derechos indígenas libre, soberano y autogobernable, cuyo comportamiento puede ser dirigido hacia la consecución de los objetivos del capital.
Finalmente, la segunda parte cierra con un texto teórico de Mariana Celorio. En este capítulo la autora indaga la relación que existe entre el capitalismo contemporáneo y los DH. Para ello interpreta los ordenamientos jurídicos que impulsan las élites políticas y económicas de los Estados nacionales, como dispositivos para operar los ajustes institucionales que requiere el capital y como estrategias político-jurídicas para establecer una desposesión de DH. A través de esta última, se reestructuran las relaciones de producción y se reconfiguran territorios de propiedad colectiva, lo cual permite realizar procesos estratégicos de acumulación, extracción y producción capitalista. La desposesión de DH implica la normalización de estados de excepción en espacios locales con sistemas democráticos constitucionales.
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El Seminario de Análisis Multidisciplinario de Derechos Humanos3 (de aquí en adelante el Seminario) nació en 2008 por medio de un acuerdo entre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Sede México, con el Centro de Investigaciones sobre América del Norte (CISAN) de la UNAM. Desde su origen, este seminario se planteó como objetivo principal estudiar los DH más alla de su matriz jurídica y pensarlos como un fenómeno social y político.
Por lo anterior, no es casualidad que los primeros tres años del seminario (2008-2010) se dedicaran a mirar el estado que guardan los estudios no jurídicos de los DH. En esta primera etapa se analizaron desde la teoría política, la sociología jurídica, la sociología política, la historia (en especial la del tiempo presente), la antropología jurídica, las políticas públicas, las relaciones internacionales y la teoría de la democracia. De esos tres años de trabajo se desprendió la primera publicación: Los derechos humanos en las ciencias sociales. Una perspectiva multidisciplinaria.4
Terminado este mapeo multidisciplinario inicial, el seminario trabajó su segunda entrega entre 2010 y 2013: Derechos humanos y transformación política en contextos de violencia. La mirada de los DH desde las ciencias sociales había quedado lista, pero ¿para qué sirven hoy los DH? De aquí que nuestra segunda pregunta de investigación pasara por analizar la capacidad transformadora que desde el campo político y social pueden tener los derechos.
Parecido a lo que sucedió en este texto, en la segunda entrega los integrantes coincidimos que, en ciertas circunstancias, los DH pueden generar transformación social. De aquí la nueva interrogante que guía este libro: ¿se puede caracterizar ese potencial transformador como anticapitalista? Esperamos que, al terminar la lectura del libro, el lector tenga una respuesta.
Referencias
Banerjee, Bobby (2008). “Necrocapitalism”, Organization Studies, 29, pp. 1541-1563.
Foucault, Michel (2004). The Birth of Biopolitics, Nueva York, Picador-Palgrave Macmillan.
Harman, Chris (2009). Zombie Capitalism: Global Crisis and the Relevance of Marx, Londres, Bookmarks.
Harvey, David (2004). “El nuevo imperialismo: acumulación por desposesión”, Socialist Register, pp. 99-129.
Roy, Arundhati (2014). Capitalism: A Ghost Story, Chicago, Haymarket Books.
Valencia, Sayak (2010). Capitalismo gore, Tenerife, Melusina.
Woodiwiss, Michael (2005). Gangster Capitalism: The United States and the Global Rise of Organized Crime, Londres, Constable.
Žižek, Slavoj (2009). Sobre la violencia. Seis reflexiones marginales, Buenos Aires, Paidós.
Ariadna Estévez, Daniel Vázquez
Invierno del 2016
1. ONG de derechos humanos y violencia en México. Institucionalización, fragmentación y dinámicas contenciosas
Jairo Antonio López *
Introducción
México vive una crisis de derechos humanos (DH) reconocida por todos los órganos y organismos internacionales. Este reconocimiento ha sido mayor y contundente luego de los dramáticos hechos ocurridos en Tlatlaya (Estado de México) e Iguala (Guerrero) en 2014 (Hincapié y López, 2016; Gallagher, Martínez y Ruiz, 2016). Ambos casos son una clara manifestación de la imbricación entre el poder estatal, el crimen organizado y las graves violaciones de DH que se presentan en México; sin embargo, hasta las manifestaciones públicas y masivas en protesta por estos hechos, las organizaciones defensoras de DH no habían logrado posicionar con efectividad la crisis de violencia como una crisis de DH en el escenario nacional e internacional (Anaya, 2015, 2012).
Más allá de la narrativa gubernamental de “guerra contra el crimen organizado”, México vive diversos conflictos violentos asociados a los procesos de transformación del Estado y de producción y reproducción capitalista. Como explica Hincapié (2015a), las reformas estatales de privatización y centralización, junto con los procesos de acumulación y despojo, han ido funcionalmente de la mano con la contención violenta en las regiones del país y las dinámicas de expansión de organizaciones criminales en los últimos veinte años. Las políticas de seguridad y militarización, especialmente la denominada “guerra contra las drogas”, agudizaron dichos procesos e intensificaron las disputas por recursos y territorio (Hincapié, 2015b). Un importante punto para entender la “inefectividad” de la defensa de los DH es dejar a un lado las tesis que plantean una “explosión” o “crisis del Estado” para dar cuenta de la incapacidad de los gobiernos para aplicar políticas públicas de DH y, por ende, de la presión en esa materia, a fin de generar “cambios de comportamiento” (Risse, Ropp y Sikkink, 2013). Antes que desaparecer, el Estado desempeña un papel mediador de tales dinámicas, lo que fortalece sus funciones de coerción y regulación (Hincapié, 2015a). De allí su centralidad y responsabilidad en este proceso de efectos desastrosos sobre los DH.
Hasta ahora existen dos interpretaciones que nos permiten entender que las demandas de las organizaciones no gubernamentales (ONG) no sean centrales frente a la crisis de DH que afronta México. Por una parte, Maza (2009) plantea que luego del proceso de alternancia electoral en el año 2000, el discurso del movimiento de DH, especialmente de las ONG, perdió integralidad y su trabajo giró hacia los canales institucionales de promoción de la democracia, además de que los gobiernos panistas tuvieron una exitosa política de socialización como “defensores de los derechos humanos”; por eso la pérdida de fuerza y efectividad en la presión.
Por otra parte, Frey (2015) adjudica incapacidad a las ONG para generar una amplia movilización y crítica efectiva frente a la crisis de DH a “desequilibrios de poder” con los gobiernos. Según esta autora, dichos desequilibrios se producen por las disputas respecto del financiamiento en las que se ven inscritas esas organizaciones. A pesar de lo sugerente de esta tesis, encontramos en ella dos debilidades fundamentales: por una parte, es una idea que se justifica con base en el análisis de apenas un par de organizaciones regionales y dos más de la capital del país y, por la otra, la desigual distribución del financiamiento es una característica que se presenta en diversos contextos estatales; no obstante, existen múltiples ejemplos de coordinación y cooperación de los propios actores colectivos que hacen contrapeso a esta desigualdad de recursos económicos (López, 2015).
A pesar de estas posturas, que aportan elementos importantes para comprender la dinámica de acción de las ONG frente a la crisis de violencia, estudiar “el movimiento