Deuda o soberanía. Alejandro Olmos Gaona

Deuda o soberanía - Alejandro Olmos Gaona


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la falta de registro de las obligaciones externas, la aceptación incondicional de las exigencias de los acreedores, el pago de comisiones abusivas, el daño ocasionado a la economía nacional por los recursos transferidos como resultado de obligaciones espurias. Los diversos delitos de acción pública, los contratos impuestos por los acreedores, la inexistencia de organismos de control, la inacción del Poder Judicial, el incumplimiento de los deberes de funcionario público, que puso en total estado de indefensión a la Argentina, fue lo que con acierto Brenta llama “el sistema institucional de la corrupción”5 que permitió que la fraudulenta deuda nunca fuera cuestionada.

      Los gobiernos de la democracia –sin excepción– ejercieron una suerte de criterio selectivo respecto de los actos del gobierno militar, limitando el enjuiciamiento de los hechos a las violaciones de los derechos humanos: como la desaparición forzada de personas, el robo de bebés, la aplicación de tormentos y las acciones delictivas conexas. Como contrapartida, se respetaron con escrupulosidad los compromisos internacionales, se pagaron sin discusión todas las sumas comprometidas durante décadas a través de distintas refinanciaciones; se reconocieron cuentas dudosas y registros nutridos de diversas falencias, se pagaron deudas ficticias, después de establecida su ilegalidad por auditores del Banco Central, llegándose al extremo de contratar a bancos acreedores para que establecieran las formas en que la deuda debía pagarse. La Procuración del Tesoro se convirtió en abogada de los bancos acreedores, aceptando las imposiciones de estos en sus dictámenes. Se ratificó la estructura legal de la dictadura, contratándose abogados externos que respondían a los acreedores. En ningún caso se enjuició a los responsables intelectuales del desguace del Estado, y a aquellos que comprometieron los activos de la República para favorecer a los usureros y los especuladores. La legalidad estuvo ausente respecto al endeudamiento, porque se prefirió aceptar el realismo y la imposición de los mercados que siempre fijaron sus condiciones, los límites de negociación, y hasta se quedaron con la mayor parte de los activos públicos durante la década del 90, contando con la participación de la mayor parte de la dirigencia política que autorizó la disposición de esos bienes.

      Se insistió tercamente por parte de los partidos mayoritarios en que las leyes de presupuesto sancionadas durante los gobiernos de la democracia habían legalizado las deudas de la dictadura, debido a lo cual no cabía volver atrás, desconociéndose principios del ordenamiento jurídico que muestran que los actos probadamente ilegales son nulos de nulidad absoluta, y tal nulidad es de naturaleza imprescriptible, aceptándose en su totalidad un endeudamiento en el que no solo estuvieron implicados funcionarios, sino los principales empresarios nacionales y extranjeros que, mediante la estatización de las deudas de sus empresas, se beneficiaron ilícitamente.

      Cuando mi padre inició en 1982 la causa para que se investigara la deuda, estaba convencido de que la justicia iba a poder descubrir los mecanismos de ese perverso proceso, encausando y condenando a los responsables, aunque él lo simbolizó primeramente en la figura del ministro Martínez de Hoz. No sospechaba que después de 18 años de arrimar pruebas, solicitar que se interrogara a funcionarios y se pidieran informes a los organismos oficiales, se dictaría una sentencia mediocre, sin fundamentación suficiente, reducida a una simple enumeración de hechos y circunstancias, resultados de pericias, sin hacer en cada caso un análisis de lo puesto en evidencia a través de las limitadas pruebas producidas.

      Cuando continué adelante con otra causa, que él también iniciara para investigar el endeudamiento hasta el Plan Brady, y me presenté a la justicia en el año 2006 con un amigo, que fuera colaborador de mi padre: Daniel Marcos, para que a través de un nuevo proceso se ampliaran las investigaciones, estaba convencido de que la justicia finalmente, ante la cantidad de pruebas y testimonios acumulados, procedería conforme a derecho, puntualizando los delitos cometidos, los actos irregulares, señalando a los responsables de los distintos actos de endeudamiento. Nada de eso ocurrió, y el Juzgado Federal Nº 2 se convirtió en un receptáculo de documentos, limitándose a recibir algunas declaraciones, excusarse ante presentaciones, perder tiempo en intervenciones improcedentes de terceros y dejar que la causa languideciera, a pesar de las insistencias de la Fiscalía interviniente, que no solo hizo presentaciones en el tribunal federal sino ante la propia Procuración General de la Nación, con resultado negativo. Los organismos de control miraron para otro lado, porque no les preocupaba la cuestión, más allá de las formalidades contables efectuadas por la Auditoría General de la Nación. La Sindicatura General de la Nación manifestó en una oportunidad al Tribunal que no estaba entre sus previsiones efectuar pericias sobre los materiales acumulados en la causa.

      La deuda, entonces, pasó a ser solo una categoría económica más, reservada al coto cerrado de especialistas, quienes en sus habituales análisis teorizaron sobre su sustentabilidad, sus variables, lo ocurrido durante los distintos gobiernos, explicando las falencias en las que incurriera la gestión económica de turno en la mayoría de los casos. Así, se analizaron los diversos procesos, las refinanciaciones, los canjes de 2001, 2005 y 2010, y el peligroso endeudamiento del gobierno de Macri (2016-2019). En ningún caso se hizo referencia a los aspectos legales de las contrataciones, las conexiones de abogados de la argentina con los grupos financieros, la permanencia de una estructura legal originada en la dictadura, ratificada por los distintos gobiernos, la inconstitucionalidad de ciertas normas que se aceptaron sin discusión, y la arraigada convicción de que resultaba imposible realizar una auditoría, cuestionar la deuda, poner en marcha un proceso similar al de Ecuador en el 2008. Como si estuviera en la naturaleza de las cosas que el endeudamiento, de cualquier tipo que fuera, solo debía pagarse, refinanciarse o reestructurarse, ya que ningún ordenamiento legal le resultaba aplicable, debido a la convalidación recibida por los gobiernos democráticos, como lo sostuviera Néstor Kirchner en el 2003 y su esposa nueve años después en la carta que citara.

      Cuando se recorre la historia del endeudamiento, se mencionan diversas etapas, estableciéndose diferencias entre cada una de ellas, como si fueran procesos separados, al extremo de mencionarlos como “deuda vieja” y “deuda nueva”, esta última contraída a partir del advenimiento de la democracia. Al establecer esa separación, se relativiza la indudable conexión en las distintas etapas del endeudamiento.

      Desde el inicio de las investigaciones que llevó adelante la justicia federal, la documentación reclamada a las distintas instituciones, como el Ministerio de Economía y el Banco Central, no se pudo obtener debido a que el Estado no tenía registros confiables sobre a cuánto ascendía la deuda de la dictadura, y en los distintos informes se reiteraba la existencia solamente de información estadística sin valor contable. Ante la persistencia de los reclamos, en el Banco Central, se ordenó un Relevamiento Permanente al 31 de octubre de 1983, ya que era condición indispensable para acceder al Mercado de Cambios estar incluido en dicho relevamiento para la obtención de divisas. Tiempo después toda esa documentación fue transferida en la década del 90 al Ministerio de Economía, ya que al crearse la Oficina Nacional del Crédito Público se le encomendó el seguimiento y manejo de la deuda pública. Sin embargo, cuando se instrumentó el Plan Financiero 1992, fue necesario recurrir a las cuentas de los acreedores, y en razón de ello el estudio Price Waterhouse fue contratado para conciliar las cifras solicitadas por aquellos, no existiendo contrapartida alguna en los archivos públicos.


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