Mantenimiento correctivo de instalaciones de climatización y ventilación-extracción. IMAR0208. Alfonso Jiménez Ruiz
de su mantenimiento. Dicha normativa establece unos mínimos para asegurar la salud de los usuarios de este tipo de instalaciones, teniendo en cuenta otras normativas de aplicación genéricas, como pueden ser las normativas en materia de prevención de riesgos laborales o las referidas al medioambiente. Especial referencia se hará en este capítulo al Código técnico de edificación (CTE) que, en su sección HS 3 (exigencia básica HS 3), se refiere a la calidad del aire interior.
2. Manejo e interpretación de manuales, normativa y documentación técnica de los equipos y aparatos para el mantenimiento correctivo de instalaciones de climatización y ventilación-extracción
Un especialista no solo debe estar cualificado a nivel técnico. Además ha de estar familiarizado con la documentación técnica, manuales, etc., y estar al día de las continuas actualizaciones de la normativa.
2.1. Normativa en materia de climatización y ventilación-extracción
Se hace necesaria una normativa que regule las características de los lugares en los que las personas realizan sus actividades diarias. En concreto, aquí se tratará todo lo referente al medio gaseoso y sus características más importantes o factores ambientales, que son, entre otros:
1 Composición del aire, manteniendo una concentración de contaminantes siempre inferior a unos máximos permitidos.
2 Temperatura del aire, que debe estar entre unos rangos que aumenten la confortabilidad, dependiendo de las labores a realizar en el lugar.
3 Humedad del aire.
4 Caudal de renovación del aire.
Definición
Contaminación del aire
Es cualquier alteración física o de composición que varíe las proporciones ideales para que este sea consumido sin presentar peligro para la salud de las personas.
Los contaminantes del aire pueden ser producidos de manera natural, por ejemplo el CO2, que se produce en la respiración de cualquier ser vivo, o de manera artificial, como el SO2, que se produce al quemar combustibles fósiles.
La normativa de aplicación se refiere fundamentalmente a lugares construidos o cerrados donde se hace posible controlar, de manera más o menos precisa, los parámetros indicados anteriormente y adaptarlos a los requerimientos. En lugares abiertos, no es posible controlar las características del aire.
Ejemplo
El lugar de trabajo de un agricultor es el aire libre, es decir, un lugar abierto donde no es posible controlar las características del aire. ¿Cómo podría un agricultor controlar la temperatura del aire que le rodea o evitar que dicho aire tenga polvo en suspensión? Esto no sería posible, sería él el que tendría que adaptarse al medio que le rodea: realizando su labor a horas tempranas para evitar altas temperaturas, en el primer caso, y portando una mascarilla filtrante si va a estar sometido a ambientes con alta concentración de partículas en suspensión, como se ha planteado en segundo lugar.
Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE)
El alumno debe tener muy presente este amplio reglamento, que afecta directamente a sus futuras funciones relacionadas con la climatización de lugares cerrados. No será necesario entrar a tratar dicho reglamento a fondo en este primer capítulo, ya que sus distintos aspectos serán tratados a lo largo de todo este manual.
El Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) fue aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio y ha sufrido posteriores modificaciones y correcciones necesarias para mantener la norma actualizada y acorde a las directivas europeas. Este reglamento marca, en su declaración de objetivos, como principal propósito el establecimiento de las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, durante su diseño y dimensionado, ejecución, mantenimiento y uso, y la determinación de los procedimientos que permitan acreditar su cumplimiento.
Definición
Instalación térmica
Según el RITE, es toda instalación fija de climatización (englobando las de calefacción, refrigeración y ventilación) o de producción de agua caliente sanitaria, destinada a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.
Este reglamento incluye una serie de instrucciones técnicas a cumplir, que se dividen en cuatro:
1 I.T. 1. Diseño y dimensionado.
2 I.T. 2. Montaje.
3 I.T. 3. Mantenimiento y uso.
4 I.T. 4. Inspección.
Estas instrucciones técnicas son de especial interés para el técnico que realice tanto la instalación como el mantenimiento de este tipo de instalaciones, ya que en ellas se describen una serie de pautas o requisitos importantes que deben cumplirse.
Código técnico de edificación (CTE)
Cabe destacar lo indicado en el CTE, haciendo referencia especial a su parte dedicada al desarrollo de las exigencias básicas de salubridad (HS “higiene, salud y protección del medioambiente”), en concreto a la sección HS3, “Calidad del aire interior”, de la que se extraerá lo más destacable.
Así, establece dentro de sus objetivos, como exigencia básica para dicha sección, lo siguiente:
Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.
Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá, con carácter general, por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas.
En el segundo párrafo, indica que no basta con ventilar adecuadamente, sino que además es necesario hacerlo de manera que se evite el regreso del contaminante o pueda afectar las proximidades habitadas.
Ejemplo
Si se situaran muy próximas la salida del conducto de extracción y la boca del conducto de ventilación, los contaminantes volverían a entrar.
Continuando con el CTE, en su ámbito de aplicación, indica lo siguiente:
Esta sección se aplica, en los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y, en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes. Se considera que forman parte de los aparcamientos y garajes las zonas de circulación de los vehículos.
Se refiere, por tanto, en general a cualquier espacio edificado habitable o de tránsito humano que pudiera ser contaminado.
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