Afectaciones a Derechos Ambientales en tiempos de crisis climática y pandemia: algunos estudios de caso, volumen II. Luis Fernando Sánchez Supelano

Afectaciones a Derechos Ambientales en tiempos de crisis climática y pandemia: algunos estudios de caso, volumen II - Luis Fernando Sánchez Supelano


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      A comienzos del presente siglo formulamos la idea de avanzar hacia un Estado Ambiental de Derecho (Mesa Cuadros, 2001) que se correspondiera no solo con la necesidad de superar el estrecho marco del Estado Social de Derecho, sino que sirviera además para enfrentar los retos de una globalización económica injusta, basada mayoritariamente en la negación de los derechos de los sujetos individuales y colectivos puestos en mayores circunstancias de vulnerabilidad, así como en el incremento de la mercantilización de la Naturaleza, la negación y desprotección de la mayoría de los derechos a costa de los privilegios de unos pocos, teniendo en cuenta que quizás el más grande y grave problema y conflicto ambiental global, la crisis y el caos climático, junto con la profundización de las desigualdades y discriminaciones que la pandemia viene generando, solo podrán ser resueltas si se asume una nueva forma de organización interestatal, el Estado Ambiental global de Derecho y de derechos.

      La crisis climática, resultado del proceso incesante de generación y acumulación de gases de efecto invernadero en la atmósfera por actividad humana diferenciada y cuya variabilidad climática se intensifica y persiste con impactos impredecibles, sumada a la pandemia actual, desnudan las injusticias que conllevan, ya que la pandemia, por su carácter de incertidumbre, está radicalizando las diferentes formas de dominio que la sociedad hiper-cibernética concentra.

      Este libro corresponde a la segunda parte del Informe del proceso investigativo del Grupo de Investigación en Derechos Colectivos y Ambientales - GIDCA en 2019-2020 y expresa la idea que la excepcionalidad que se predica con ocasión de la ocurrencia y vigencia de la pandemia originada por el coronavirus no es el surgimiento de la excepcionalidad, sino la persistencia de la misma, en la que un agente biológico desnuda totalmente la crisis ambiental y civilizatoria que lleva ya muchas décadas de imposición por las medidas de fuerza del mercado en la era del capitaloceno y el androceno1, que profundiza desigualdades, discriminaciones, exclusiones y marginaciones en contra de la vida y la dignidad ambiental.

      La segunda parte del informe sobre análisis de algunos estudios de caso por afectaciones a Derechos Ambientales de pueblos, comunidades y organizaciones puestas en situación de vulnerabilidad contiene 6 capítulos.

      El capítulo 1, Páramos y su protección en Colombia: debates para su gestión integral desde el ambientalismo popular y las consultas previas, formula una comprensión más adecuada de las relaciones intrínsecas que existen entre estos ecosistemas y sus habitantes tradicionales, analizando el régimen de actividades prohibidas y permitidas, así como algunas acciones de restauración y protección orientadas a garantizar la participación de las comunidades étnicas y campesinas en la gestión y defensa de estas áreas de especial importancia ecosistémica, tratando de superar la aparente contradicción entre presencia humana en ecosistemas de especial protección y esenciales para la vida presente y futura.

      En el capítulo 2, Derechos de la población recicladora: decisiones judiciales y desafíos para su materialización, presentamos algunos de los principales antecedentes de hecho y de derecho que motivaron las acciones de tutela y constitucionalidad que buscan reivindicar los derechos de la población recicladora en Colombia, examinando las reglas que a lo largo de estos últimos 16 años, pueden identificarse a partir de los reconocimientos de la Corte Constitucional en favor esta población, así como algunos ejemplos normativos, contractuales y mediáticos recientes, a través de los cuales se ejemplifica el desconocimiento regresivo de las disposiciones constitucionales y jurisprudenciales, que en casos concretos afectan a la población recicladora, no como evento aislado, sino como parte de un proceso que a pesar de la definición de reglas de obligatorio cumplimiento por parte del máximo tribunal constitucional que reconocen en diversas providencias los derechos de la población recicladora, permite la persistencia de normas y modelos de recolección que los excluyen.

      En el capítulo 3, Derechos Indígenas y extracción minera: el caso del Resguardo Wayúu de Provincial contra Cerrejón, desarrolla los argumentos centrales que GIDCA presenta ante la Corte Constitucional con ocasión de las solicitudes de nulidad que Carbones del Cerrejón y la Comunidad Indígena interponen contra la Sentencia T-614 de 2019, en la cual se decide parcialmente sobre la protección de los derechos de esta comunidad indígena. Teniendo en cuenta que GIDCA desde hace más de 15 años ha venido interviniendo como amicus curiae ante la Corte Constitucional en diversos temas y asuntos asociados a la defensa de los Derechos Ambientales, especialmente de pueblos y comunidades tradicionales étnicas, campesinas y urbanas marginadas, puestas en especial situación de vulnerabilidad e indefensión por las agresiones de terceros, incluidas las empresas nacionales y transnacionales, así como por las decisiones de agentes de diversas instituciones del Estado, que afectan, erosionan, limitan, desconocen o violan sus derechos constitucionales, en este artículo se presenta un análisis integral y sistémico sobre demandas de nulidad de sentencias y mecanismos para la protección de derechos en este caso concreto.

      Más adelante, el capítulo 4, Artes de pesca del Pueblo Taganguero: elementos de construcción territorial e identitaria, con ocasión de las múltiples oposiciones, rechazos, demoras y aplazamientos de las autoridades públicas, se presentan los principales debates jurídico políticos que la sociedad de Taganga ha tenido que enfrentar en la defensa de sus derechos territoriales e identitarios, dando cuenta de acciones jurídicas, de movilización y reconstrucción del conocimiento de las formas económicas tradicionales asociadas a la pesca artesanal comunitaria, alrededor de la cual ha girado la defensa de sus derechos colectivos y ambientales, contrastándolas con los enfoques discriminadores que una parte de la sociedad samaria y diferentes autoridades nacionales, regionales y locales han ejercido históricamente contra el Pueblo Indígena de Taganga.

      Posteriormente, en el capítulo 5, Aguas, Derechos Campesinos, marihuana y transnacionales: nulidad de concesión de aguas a empresa transnacional que afecta a la comunidad rural en Barichara, Santander, se presenta una propuesta de solicitud de nulidad de la resolución que otorgó concesión exprés de aguas a la empresa transnacional Cannavida en muy poco tiempo, si se cuenta que esas comunidades campesinas habían venido solicitando a la autoridad ambiental desde hace más de 9 años una concesión y no les ha sido otorgada; aspecto que muestra claramente cómo la injusticia ambiental se muestra con los más vulnerables en estos procesos, las comunidades campesinas, quienes requieren el líquido vital para la satisfacción de sus necesidades básicas, pero primero se otorga a una empresa para hacer negocio, aunque fundamente que es para generar empleo y otros beneficios.

      Finalmente, el capítulo 6, La política Trans-agresora del pico y género en tiempos de pandemia, analiza desde un punto de vista constitucional y teórico una de las medidas que la administración distrital expidió para evitar las aglomeraciones durante el periodo de aislamiento preventivo obligatorio, destacando algunos de los riesgos de discriminación y violencia que generó la medida, especialmente contra las personas Trans, quienes desde el comienzo reclamaron respeto por sus identidades, cuestionando el binarismo hombre/mujer, así como la denuncia sobre el peligro que representaba para sus vidas el hecho que la Policía Nacional—uno de los principales victimarios de esta población— tuviera a su cargo la aplicación de una medida atravesada por una categoría subjetiva y compleja como lo es el sexo, el género y sus diversas manifestaciones.

      De esta manera el Grupo de Investigación en Derechos Colectivos y Ambientales – GIDCA presenta nuestro informe de investigación 2018-2020, agrupado en dos grandes apartados, una primera parte general y una parte especial sobre algunos casos de especial interés para la discusión sobre DERECHOS AMBIENTALES Y AFECTACIONES EN TIEMPOS DE CRISIS CLIMÁTICA Y PANDEMIA, destinado a acompañar


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