Texto, comentario y jurisprudencia del código del trabajo. William Thayer Arteaga

Texto, comentario y jurisprudencia del código del trabajo - William Thayer Arteaga


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sobre la jurisprudencia recogida en ella, nos ha parecido una demasía agregar resúmenes de sentencia a los dos mil que constituyen su base de datos.

      Respecto de la Introducción, su autor, sólo efectuó algunas adecuaciones de redacción, pues las cifras del Censo 2002 son las últimas aprovechables al hallarse discutido el Censo de 2012.

      Agradezco una vez más a Ediciones UC su preocupación para llevar adelante esta cuarta edición del Texto, comentario y jurisprudencia del Código del Trabajo ya que la tercera se hallaba agotada gracias a la confianza del público.

      Deseamos enfatizar que en este esfuerzo editorial hemos contado con la eficaz y generosa colaboración de nuestros colegas y amigos mencionados en las ediciones anteriores, a los que debo agregar a los profesores Eduardo Haddad Aqueveque y Magdalena Nagel Morel, además de Pamela Aguilar y Rosita Da Venezia, ejecutivas principales de nuestra recordada Editorial Jurídica.

      WILLIAM THAYER ARTEAGA

      Santiago, febrero de 2015

       PRÓLOGO A LA TERCERA EDICIÓN

      La segunda edición de esta obra fue actualizada al 30 de agosto de 2009. Entre esa fecha y el 30 de abril de 2013 se han producido importantes modificaciones legales de las que necesariamente se hace cargo esta nueva edición, tanto en el texto del Código, como en los 500 resúmenes de jurisprudencia que se agregan y en los comentarios del autor.

      Tratándose de una tercera edición, el suscrito encargó la preparación de ella a la misma editorial que acertadamente realizó las anteriores. Por desgracia, la Editorial Jurídica debió enfrentar problemas en sus relaciones con el Estado que le impidieron asumir la tarea de editar nuevamente una obra de extraordinaria extensión y complejidad. Rogué entonces a Ediciones UC que asumiera la total responsabilidad de esta tercera edición, patrocinada, como las anteriores, por la Pontificia Universidad Católica de Chile en homenaje al ex alumno y profesor Alberto Hurtado Cruchaga, hoy San Alberto Hurtado Cruchaga, patrono de la misma y de su Facultad de Derecho.

      Agradezco especialmente a Ediciones UC haber aceptado este encargo que importaba esfuerzos, atención y dificultades especiales, pues se trataba de un libro a que llevaba dos ediciones bajo otro sello editorial y requería particular experiencia y cuidado para discernir lo que correspondía conservar, suprimir o modificar de una tarea editorial iniciada en otras circunstancias y bajo otra conducción. Soy testigo abonado de la voluntad, generosidad y capacidad con que ambas casa editoriales contribuyeron a hacer posible, con excelencia y oportunidad, esta labor delicada y honrosa.

      WILLIAM THAYER ARTEAGA

      Santiago, abril de 2013

       PRÓLOGO A LA SEGUNDA EDICIÓN

      Dos circunstancias de muy diferente naturaleza exigían una nueva edición del Texto y comentario del Código del Trabajo, publicado por Editorial Jurídica de Chile, en 2002, con el patrocinio de la Pontificia Universidad Católica de Chile en el cincuentenario del fallecimiento de su ex alumno, el beato Alberto Hurtado Cruchaga. En primer lugar, el 23 de octubre de 2005, el beato fue elevado a los altares como santo de la Iglesia universal. Este acontecimiento feliz para Chile y todos los hombres de buena voluntad, no tiene precedentes en la historia de nuestras universidades y hacerlo constar en una nueva edición constituye la más dignificadora actualización que pudiera desearse para un libro. Por eso han contribuido especialmente a hacerla posible, con su patrocinio, la Facultad de Teología de esta pontificia casa de estudios, que tanto debe precisamente a San Alberto Hurtado, y el generoso auspicio de dos devotos amigos: José Said Saffie y Fernando Larraín Peña, que se anticiparon a colaborar, y de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

      Pero esta obra, siguiendo la huella del santo, fue concebida para el servicio justo y eficaz al mundo del trabajo, y la edición de 2002 necesita incorporar las trascendentales y sucesivas modificaciones introducidas al Código del Trabajo a contar del año 2003, empezando por la Ley N° 19.844, de 11 de enero de ese año, y continuando, entre otras, posteriores a ella, las numeradas 19.889 (artes y espectáculos); 20.001 (manipulaciones, carga y descarga); 20.005 (acoso sexual); 20.022, 20.087, 20.123 (Reglamento de Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios); 20.164, 20.252, 20.260, 20.287 (tribunales y procedimiento laboral); 20.166 (lactantes), y 20.178 (deportistas).

      En atención a la vigencia regional paulatina que el legislador dispuso para la reforma introducida al Libro V del Código del Trabajo (tribunales y procedimiento), optamos por mantener dentro del Código ambos textos del aludido Libro V: el que inició su vigencia regional paulatina el 31 de marzo de 2008, y el que paralelamente en igual fecha inicia su complementaria extinción regional, hasta quedar sólo un texto vigente a contar del 31 de octubre de 2009.

      En cuanto al enriquecimiento y actualización de la jurisprudencia judicial y administrativa, hemos trabajado con los textos incluidos en la acuciosa colección que desde hace más de 50 años publica, con el nombre de Oficina Coordinadora, el eminente abogado y apreciado amigo Raúl de la Fuente. Este jurista ha tenido la plausible idea de agregar siempre a sus comentarios legales –que modestamente denomina “Memorándums”– los textos de la jurisprudencia judicial y administrativa que comenta (20 a 25 por mes). Con este nuevo acopio de jurisprudencia judicial y administrativa, referida sustancialmente al período 2003-2008, la información proporcionada en la primera edición –inmersa en ésta– se incrementa en más de 500 sentencias y dictámenes. Para ello hemos recibido la eficaz cooperación del licenciado y memorante señor Sebastián Smart, dirigido por la profesora especializada señora Teresita Tagle.

      Reitero que, aun cuando esta obra lleva sólo la firma del director responsable de una tarea colectiva, no habría sido posible sin la inestimable cooperación de todo el personal de Editorial Jurídica de Chile, bajo la conducción de su gerente general, don Patricio Rojas O., y sus directos colaboradores, Ana María García, Pilar de Iruarrizaga, Eduardo Bernain y Rosa da Venezia. Lo mismo cabe decir de los distinguidos académicos y amigos cuyos nombres y títulos aparecieron en la primera edición y se repiten en la actual, pues su participación fue decisiva entonces y ha vuelto a serlo ahora. De igual forma, agradezco la cooperación y apoyo invaluable de Sebastián Smart y de los distinguidos profesores Yuly Lucio Ahuad y Felipe Westermeyer en esta nueva edición.

      Con alguna experiencia editorial, he realizado los mayores esfuerzos para dar espacio a las reformas legales y la nueva jurisprudencia, evitando repetir textos y comentarios no indispensables para la debida intelección de la obra.

      WILLIAM THAYER ARTEAGA

      Santiago, marzo de 2009

       PRÓLOGO A LA PRIMERA EDICIÓN

      1. La Pontificia Universidad Católica de Chile estimó un deber rendir condigno homenaje a su ex alumno de derecho, el R.P. Alberto Hurtado Cruchaga, ya beatificado y en proceso de canonización. El “hoy” beato culminó su fecunda vida apostólica a mediados del siglo XX, con una especial dedicación a promover la humanización y cristianización de las relaciones de trabajo, dentro de un esquema ajustado a los principios de libertad sindical que coetáneamente universalizaba la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través de los convenios 87 y 98, sobre libertad sindical y negociación colectiva. Estos instrumentos clave para el derecho internacional del trabajo no se podían aprobar por Chile mientras subsistiera el sistema sui generis de sindicato único obrero de afiliación forzosa. Cuando el padre Hurtado se empeñó en propugnar la libertad sindical, sufrió las más profundas incomprensiones y los más duros ataques de todos los sectores, habituados a un sistema que consideraban amoldado al modesto propósito de encauzar la inevitable lucha de clases. Entre tanto, la sociedad se mantenía expectante e inquieta ante sus dos desenlaces alternativos, cual de ellos más desgraciado: el triunfo de la dictadura del proletariado, propiciado por los comunistas, o el aplastamiento del proletariado, ante su empeño por destruir mediante la revolución social el Estado capitalista.

      2. Hoy, cuando nadie discute, al menos


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