Justicia de papel. Fabio Núñez del Prado

Justicia de papel - Fabio Núñez del Prado


Скачать книгу
Los abogados no deben retener, ni aconsejar a su cliente a retener, documentos que sean centrales a la resolución de la controversia, aun si dichos documentos contienen información contraria a los intereses de la parte que es compelida a exhibirlos61.

      4.3. Relaciones entre el abogado y el tribunal arbitral

      En el presente trabajo hemos argumentado la idoneidad de adoptar un Código de Ética para los abogados en la práctica del arbitraje. El problema al que pretende dar respuesta esta iniciativa es doble: por un lado, los elevados costos (en tiempo y dinero) que generan las prácticas apartadas de la ética en la conducción de un proceso arbitral y, por otro lado, el vacío normativo que existe en relación con cómo controlar estas conductas. En esa línea, consideramos que una discusión sobre la reforma de arbitraje en el Perú no puede ni debe ignorar el rol de los abogados en el desarrollo y evolución de la práctica arbitral. En ese marco es que consideramos que el Código de Ética se erige como una opción razonable y viable tanto para propiciar la adopción de conductas éticas como para facilitar su supervisión por parte de tribunales arbitrales.

      Adicionalmente, no ignoramos que nuestra propuesta se erige en una (cada vez más) densa red de normas de soft law que pretenden estandarizar cada uno de los aspectos de arbitraje. A pesar de ello, hemos argumentos que los beneficios de la adopción de un Código de Ética son mayores a sus costos, al demostrar que las dificultades en su adopción son superables en la práctica y que un cuerpo normativo deóntico de este tipo ayudaría a elevar los estándares de la práctica arbitral en el Perú, así como a dar cuenta de las peculiaridades de ésta.

      Finalmente, hemos propuesto que el Código de Ética resulte aplicable a todos los arbitrajes cuya sede sea el Perú. Su adopción legislativa acompañaría a la Ley Peruana de Arbitraje como norma de la sede y no pretende ser un reemplazo a normas deónticas que apliquen (por cualquier motivo) a los abogados involucrados en un arbitraje. Proponemos que este Código aborde, al menos, tres grandes categorías de conductas de abogados: (i) relaciones con la parte que lo contrató, (ii) relaciones con la otra parte y sus abogados y (iii) relaciones con el tribunal arbitral, cada cual ha sido explicada oportunamente.

      Acosta, A. y Tapia, A. (2016) La enseñanza del Código de Ética del Abogado en las Facultades de Derecho del Perú [tesis para optar por el título de Licenciado en Derecho, Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/15254

      Aparisi, A. (2011) Deontología Jurídica. Universidad de Navarra; Grupo Editorial Ibáñez.

      Association of Business Trial Lawyers (2007) A Call for Civility in the Law: But Is the Right Person Listening?. Vol. XXX, No. 1. http://abtl.org/report/la/abtllavolxxxno1.pdf

      Association Suisse de l’Arbitrage (2014) IBA Guidelines on Party Representation in International Arbitration. Comments and Recommendations by the Board of the Swiss Arbitration Association (ASA). https://www.arbitration-ch.org/asset/8df6a54a7582bbfc9a85806b230a06cd/asa-board-position-on-iba-guidelines-on-party-representation.pdf

      Atienza, M. (2015) Sobre la Ética de los Abogados. Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante.

      Baizeau, D. (2015) The IBA Guidelines on Party Representation in International Arbitration: A Plea for Caution. BCDR International Arbitration Review, Vol. 2, No. 2, 343-356.

      Bishop, D. y Stevens, M. (2011a) Advocacy and Ethics in International Arbitration: The Compelling Need for a Code of Ethics in International Arbitration: Transparency, Integrity and Legitimacy. En Van Den Berg, J. (Ed.), Arbitration Advocacy in Changing Times, ICCA Congress Series, Vol. 15.

      Bishop, D. y Stevens, M. (2011b) International Code of Ethics for Lawyers Practicing Before International Arbitral Tribunals. En Van Den Berg, J. (Ed.), Arbitration Advocacy in Changing Times, ICCA Congress Series, No. 15.

      Born, G. (2014) International Commercial Arbitration. 2da. Edición. Kluwer Law International.

      Boza, B. y Del Mastro, F. (2009) Formación en valores: ¿Responsabilidad de la Facultad de Derecho? Pontificia Universidad Católica del Perú.

      Club Español de Arbitraje (2019). Código de Buenas Prácticas Arbitrales del Club Español del Arbitraje. https://www.clubarbitraje.com/wp-content/uploads/2019/06/cbbpp-cea.pdf

      Centro de Análisis y Resolución de Conflictos (2017). Código de Ética de la Unidad de Arbitraje del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú. https://cdn01.pucp.education/carc/wp-content/uploads/2019/04/22214038/carc-per-4-12-rev-1-codigo-de-etica.pdf

      Colegio de Abogados de Lima. (2012) Código de Ética del Abogado. http://www.cal.org.pe/pdf/etica/2012/codigo_etica_abogado.pdf

      Cámara de Comercio de Lima (2017). Reglas de Ética. En Reglamento de Aritraje.

      Castillo, M. (2010) Lo bueno, lo malo y lo feo en el arbitraje. Jurídica, Suplemento de análisis legal, No. 294.

      Comisión de las Naciones Unidas Para El Derecho Mercantil Internacional (13 de abril de 2017) Posible labor futura en el ámbito de la solución de controversias: la ética en el arbitraje internacional, Nota de la Secretaría, A/CN.9/916.

      Cuadros, C. (1994) Ética de la abogacía y deontología forense. Editora FECAT.

      Desert Line Project LLC v. the Republic of Yemen, lCSID Case No. ARB/OS/17, Award, 6 de febrero de 2008.

      Estavillo-Castro, F. (2010). Ethics in Arbitration. En Fernández-Balesteros, M.A. y Arias, D. (Eds.), Liber Amicorum: Bernardo Cremades. La Ley.

      European Union-Singapore Free Trade Agreement Annex


Скачать книгу