Nuevas dinámicas del derecho procesal. Julián García Ramírez

Nuevas dinámicas del derecho procesal - Julián García Ramírez


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de acceder de forma adecuada a recursos y a una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes (art. 1); prever medidas generales para la conservación y utilización sostenible mediante la elaboración de estrategias, planes y programas para tal fin (art. 6); elaborar directrices y reglamentos relacionados con recursos biológicos; y establecer medios para

      regular, administrar o controlar los riesgos derivados de la utilización y la liberación de organismos vivos modificados como resultado de la biotecnología que es probable tengan repercusiones ambientales adversas que puedan afectar a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. (ONU, 1992, art. 8)

      Igualmente, menciona el acceso a la tecnología y la transferencia tecnológica, en la cual se reconoce que la tecnología incluye la biotecnología, y para ello se deben asegurar el acceso a tecnologías pertinentes para conservar y utilizar sosteniblemente la diversidad biológica o recursos genéticos, así como su transferencia (art. 16). En lo referente a la gestión de la biotecnología, el artículo 19 indica que se debe estudiar la necesidad de adoptar un protocolo que establezca procedimientos adecuados, con consentimiento previo y fundamentado (ONU, 1992).

      Luego, por medio de la Decisión Andina 391 (1996), se reguló el régimen común sobre acceso a los recursos genéticos. Allí establecieron lo relacionado con el reconocimiento de los conocimientos, la precaución, el tránsito subregional de los recursos biológicos y el procedimiento para ello (CAN, 1996).

      Posteriormente y como consecuencia del convenio mencionado, en enero del 2000 se adoptó el Protocolo de Cartagena en bioseguridad, ratificado por Colombia mediante la Ley 740 (2002) y con entrada en vigor en septiembre de 2003. Es el primer marco regulatorio internacional en seguridad de la biotecnología (Hodson y Carrizosa, 2007, p. 5), cuyo objetivo es contribuir a garantizar un nivel de protección adecuado frente a la transferencia, manipulación y utilización de organismos vivos modificados que puedan tener efectos adversos o riesgos para la salud humana, relacionados con movimientos transfronterizos (ONU, 2000, art. 1).

      Igualmente, en el Protocolo de Nagoya sobre acceso a recursos genéticos y distribución de sus beneficios del 2010, suscrito por Colombia y cuyo proceso de ratificación culminó en marzo de 2019. Por medio de la Ley 1926 (2018) se estableció como objetivo:

      la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, incluso por medio del acceso apropiado a los recursos genéticos y por medio de la transferencia apropiada de tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologías y por medio de la financiación apropiada, contribuyendo por ende a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes. (ONU, 2011, art. 1)

      Así, se evidencia que la biotecnología es hoy un tema de interés internacional y al cual los diversos países le deben apostar en aras de la innovación y la investigación, pues su desarrollo es exponencial.

      En 1991 se creó en Colombia el programa nacional de biotecnología, el cual planteó la necesidad de reunir

      capacidades de investigación e innovación de universidades, centro de investigación y empresas con el propósito de articularlos entre sí y con las entidades del Estado, para contribuir al incremento del desarrollo, el bienestar y la competitividad económica de Colombia, a partir del conocimiento, protección y aprovechamiento de la biodiversidad. (Tinjacá y Colciencias, 2013)

      Posteriormente, Colciencias creó el plan Estratégico del Programa Nacional de Biotecnología 1999-2004, en el cual se plantearon diversos desafíos para el desarrollo de la comunidad. Este indicó que se requiere la formación de recurso humano, la definición de potenciales tecnológicos para el desarrollo de productos y la adopción y/o adecuación de sistemas legislativos regulatorios (Colciencias, 1999, p. 56). En este último aspecto, aluden de forma específica a la legislación vigente en materia de propiedad intelectual a fin de que se adopten normas acorde a estándares internacionales en bioseguridad y se reglamente el acceso a recursos genéticos (Colciencias, 1999, p. 57).

      En el 2006 Colciencias publicó el documento La biotecnología, motor de desarrollo para la Colombia 2015, en el que enfatiza en el nuevo desafío frente al cual se encuentra el país con respecto al desarrollo científico y tecnológico, las grandes posibilidades y retos que se plantean al país, el impacto que genera en múltiples ámbitos, pero también menciona los riesgos a los cuales su uso se puede ver avocado (Pacheco de Peña et al., 2006).

      Luego, con el Conpes 3582 (2009) se establece la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. En este documento se indica que esta es fuente de desarrollo y crecimiento económico para el país. Para tal efecto, diseñaron diversas estrategias, una de ellas caracterizada por la producción de bienes y servicios de contenido científico y tecnológico con valor agregado, se priorizó así la biotecnología y se promovió la investigación en esta área del conocimiento (Consejo Nacional de Política Económica y Social [Conpes], 2009).

      Además de lo anterior, con la Ley 1286 (2009) se fortaleció el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuyas políticas trataron, entre otros, en la acción de incrementar la capacidad científica, tecnológica, de innovación y competitividad del país. Posteriormente, en 2011, se aprobó el Conpes 3697 (2011), por el cual se regula la política para el desarrollo comercial de la biotecnología a partir del uso sostenible de la biodiversidad, cuyo objetivo central es:

      crear las condiciones económicas, técnicas, institucionales y legales que permitan atraer recursos públicos y privados para el desarrollo de empresas y productos comerciales basados en el uso sostenible y en la aplicación de la biotecnología sobre los recursos biológicos, genéticos y derivados de la biodiversidad. (Conpes, 2011, p. 518)

      En este se dice que el reto de insertar en el país el tema de la biotecnología “exige desarrollar un conjunto de instrumentos de política económicos, institucionales y legales, que hagan especialmente atractivo y competitivo realizar inversiones en actividades de alto riesgo y alto margen de retorno” (Conpes, 2011, p. 5) y en uno de los puntos como política propone “(iii) adecuar y revisar el marco normativo relacionado con el acceso a los recursos genéticos, con la producción y comercialización de medicamentos biotecnológicos y productos fitoterapeúticos” (Conpes, 2011, p. 5). Como estrategia para ello, se estableció que Colombia debe contar con una reglamentación adecuada a fin de proteger al consumidor, propender por la protección de los derechos del país sobre sus recursos genéticos, normatividad relacionada con la distribución justa y equitativa sobre los beneficios de estos recursos para aplicaciones biotecnológicas y la adaptación de una reglamentación específica frente al registro de medicamentos biotecnológicos.

      Mediante la Ley 1951 (2019), se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación —Minciencias—, a fin de fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. En este se buscaba promover el conocimiento científico y tecnológico (ar. 1), a fin de que el país se anticipe a los retos tecnológicos futuros.

      Así las cosas y en atención a lo planteado, el Programa Nacional de Biotecnología se está desarrollando y cuenta, según la página del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, con tres líneas de atención: (i) la consolidación de la industria biotecnológica en el país; (ii) el desarrollo y producción de biocombustibles renovables y ambientalmente sostenibles; y (iii) el conocimiento, protección y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad. Dentro de su plan estratégico busca, entre muchas otras cosas, gestionar la creación de nuevos centros de biotecnología modernos, impulsar iniciativas legales para conformar un marco regulatorio coherente y transparente que favorezca su desarrollo y desarrollar iniciativas regulatorias urgentes para el despegue del esfuerzo nacional en biotecnología y bioseguridad (Minciencias, 2020).

      Según Colciencias, en el 2016 el país contaba con más de 114 grupos de investigación


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