El razonamiento jurídico consecuencialista. Piero Ríos

El razonamiento jurídico consecuencialista - Piero Ríos


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toman la forma de un pequeño libro se dio mientras realizaba, a mediados de 2019, un curso de especialización en arbitraje internacional en el Washington College of Law de la American University. Se suponía que esa era una oportunidad, un paso más —digamos— para convertirme en un abogado internacional. Pero fue en la biblioteca de dicha institución, sorprendentemente amplia para un bachiller en derecho peruano, donde conocí la obra de Neil MacCormick. Su elocuencia me cautivó de inmediato (a pesar de mi limitado entendimiento del inglés) y las ideas para una investigación sobre su obra empezaron a surgir. A mi regreso a Perú me reuní con el Dr. José Chávez-Fernández, mi amigo y maestro de Filosofía del Derecho, para conversar acerca de mis ideas. Con mucha generosidad me ofreció su guía para elaborar un plan de tesis y aceptó supervisar mi trabajo. No podría en estas breves lineas describir lo invaluable que ha sido su ayuda: me ha introducido en el maravilloso mundo de la filosofía jurídica, me ha enseñado a investigar con mayor rigurosidad, ha dirigido la tesis cuyo contenido este libro recoge, y me ha honrado con el valioso prólogo que redactó.

      Quisiera poder expresar también mis agradecimientos a ciertas personas que, de alguna manera, han contribuido especialmente en el proceso de escribir este libro. Armando Romero Muñóz, Ana Lucía Rubio Gonzales y Raúl Zúñiga Peralta, cada quien desde su area de especialización y con especial sabiduría, me ofrecieron valiosas perspectivas y discusiones sobre el tema de mi investigación. Sus inestimables aportes han representado para mí un gesto de notable generosidad académica y personal. El Mtro. Alonso Begazo Cáceres y el Dr. Francisco Rizo Patrón conformaron el jurado calificador de la tesis y me ofrecieron sugerencias sumamente útiles para corregir algunos errores y evitar ambiguedades. Alem Zeballos Azañero me ayudó, a través de las numerosas bases de datos con las que cuenta la Universidad de Oslo (Noruega), a acceder a fuentes bibliográficas que no hubiera podido conseguir de otro modo. Particularmente en el estudio de la teoría de John Finnis, el Dr. Rodolfo Vigo contribuyó especialmente al regalarme el libro de su autoría “El Iusnaturalismo actual: de M. Villey a J. Finnis”. Muchas de las virtudes de este trabajo se deben a la generosidad de las personas mencionadas en estos párrafos. De las fallas e imprecisiones soy el único responsable.

      Más allá de la particular realización de esta obra, quisiera expresar mi gratitud a la comunidad académica de la Universidad Católica San Pablo. En particular, me siento en deuda con la Mtra. Devora Franco García, el Mtro. Daniel Ugarte Mostajo y el Dr. Rafael Santa María D’Angelo, quienes como autoridades del Departamento de Derecho y Ciencia Política me han mostrado siempre su confianza y apoyo. Y en general, desearía dar un justo reconocimiento a todos los profesores que brindaron parte de su tiempo y experiencia en cada curso que llevé con ellos, a los miembros del personal administrativo que ofrecieron siempre su gentil asistencia en trámites académicos, y a mis compañeros y amigos de la Facultad de Derecho, de quienes he podido siempre aprender algo nuevo.

      Quisiera agradecer muy especialmente también al Dr. Pedro Grández Castro, editor general de Palestra Editores, por darme la inmensa oportunidad de poder difundir mi trabajo y de que este pueda discutirse más ampliamente. Sus sugerencias editoriales y experiencia han sido de inmensa ayuda y, con seguridad, han optimizado el trabajo y su presentación.

      Quisiera agradecer de forma muy íntima a mi familia. A mis padres, Wilfor Ríos Tamo y Edith Carrillo Manrique, por el incondicional amor y paciencia con quien ha sido, más bien, un hijo mentalmente semipresente. Y a mi hermano, Diego, por ser ese amigo fiel que siempre me saca una sonrisa a pesar de mi no inadvertida seriedad.

      Finalmente, deseo reconocerme agradecido con Dios, de quien a pesar de mis muchas faltas he podido recibir el amor y el perdón.

      Arequipa, 2021

      Piero Ríos Carrillo

      Abreviaturas

      LRLT: Neil MacCormick, Legal Reasoning and Legal Theory, Clarendon Press, Oxford, 1978.

      NLNR: John Finnis, Natural Law and Natural Rights, Oxford University Press, Nueva York, 2011, 2ª ed.

      PRLM: Neil MacCormick, Practical Reason in Law and Morality, Oxford University Press, Nueva York, 2008.

      RRL: Neil MacCormick, Rhetoric and the Rule of Law. A Theory of Legal Reasoning, Oxford University Press, Nueva York, 2005.

      Introducción

      Justificar nuestra hipótesis nos llevará a asumir algunos objetivos específicos. Debemos, en primer lugar, describir la teoría del razonamiento jurídico del profesor MacCormick, ubicando dentro de ella al razonamiento consecuencialista. Esto se hará en el primer capítulo. Explicar suficientemente en qué consiste el utilitarismo, en particular, y el consecuencialismo, en general, será objeto del capitulo segundo. Y analizar, por un lado, cómo el consecuencialismo jurídico de MacCormick se distingue del consecuencialismo/utilitarismo y, por otro, en qué medida este puede ser mejor caracterizado a partir de la noción finnisiana de prudencia, se realizará en el capítulo final.


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