Control de constitucionalidad deliberativo. Jorge Ernesto Roa Roa
constitucional, las virtudes pasivas y el minimalismo judicial
2.1.2. Objeciones al autocontrol judicial de la agenda constitucional
3.1. El rol de la justicia constitucional para contener el hiperpresidencialismo
3.2.6. La acción pública de constitucionalidad y la independencia de los órganos de control
3.2.7. La acción pública de constitucionalidad y la autonomía territorial
3.3. Los límites de la justicia constitucional para enfrentar el hiperpresidencialismo
4.1. La justicia frente al Gobierno sin el ciudadano ante la justicia constitucional
1. La crítica de Jeremy Waldron en contra de la revisión judicial de las leyes
1.2. Las cuatro condiciones de aplicación de la crítica: el core of the case
1.3. El argumento en contra de la revisión judicial de las leyes: Waldron a favor del legislador
1.3.1. Argumentos basados en los procedimientos
1.3.2. Argumentos basados en los resultados
1.4.2. La Constitución como un precompromiso
1.4.3. La reforma constitucional como respuesta al control de constitucionalidad de las leyes
1.4.4. El proceso de elección de los jueces del tribunal constitucional
1.4.5. Los elementos participativos del proceso de control de constitucionalidad
2. La acción pública de constitucionalidad y el core of the case: Jeremy Waldron en Bogotá
2.2. El sistema democrático colombiano como un non core case
2.2.2. El sistema político colombiano fuera de la sociedad ideal waldroniana
2.3. La acción pública de constitucionalidad a salvo del core of the case
2.3.1. La sobreprotección de los derechos frente a la infraprotección de los derechos
CAPÍTULO SÉPTIMO LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y LOS MODELOS DE CONSTITUCIONALISMO DÉBIL
1. El constitucionalismo fuerte y el constitucionalismo débil
1.1. Las fórmulas del constitucionalismo fuerte y del constitucionalismo débil
1.2. Fundamentos de los modelos fuertes y débiles de control de constitucionalidad
1.2.1. Constitucionalismo débil y legitimidad democrática del control de constitucionalidad