Crisis del Estado nación y de la concepción clásica de la soberanía. Manuel Alberto Restrepo Medina
en él. La organización de esta versión del seminario doctoral y la edición académica de la obra estuvieron a cargo del profesor Manuel Alberto Restrepo Medina, director de la escuela doctoral y miembro del Grupo de Investigación en Derecho Público de la Facultad de Jurisprudencia.
El eje temático desarrollado en esta oportunidad fue el relativo a la crisis del Estado nación y de la noción clásica de soberanía, temática que se enmarca en el eje de investigación de la Facultad de Jurisprudencia sobre “Estado, poder público y políticas públicas”, en desarrollo de cuya agenda se busca comprender, analizar y criticar, desde una perspectiva comparada, las dinámicas internas y externas que han caracterizado al poder público y las políticas públicas en Colombia, teniendo como marco de referencia el proceso de erosión del Estado nacional, de la soberanía y de la teoría tradicional de la división de poderes.
Introducción
Manuel Alberto Restrepo Medina
Hoy ya es costumbre encontrar referencias tanto en las publicaciones académicas como en los medios de comunicación a la crisis de la soberanía estatal y, a veces causal y en otras consecuencialmente, al progresivo y casi que inexorable desmoronamiento de la organización política de la sociedad en el molde del Estado nación. La presente obra, producto del trabajo conjunto de profesores y estudiantes del seminario doctoral del Doctorado en Derecho de la Universidad del Rosario durante el año 2018, contiene el resultado de sus reflexiones sobre los factores desencadenantes, las implicaciones y las interrelaciones de esa doble crisis, cuyos textos se organizaron en cuatro bloques temáticos, como se explica a continuación.
Hacia una redefinición y reformulación de las categorías y de los conceptos
Tras la consolidación del Estado nación como forma de organización política imperante en Occidente, especialmente luego del tratado de Westfalia, las revoluciones liberales entronizaron el imperio de la ley como eje fundacional de sus ordenamientos jurídicos, fundamentados en que la ley es el producto de la expresión de la voluntad soberana del Estado. Diana Carolina Valencia Tello analiza el pluralismo jurídico presente en las revoluciones liberales, con la finalidad de estudiar la diversidad de visiones sobre el derecho que dieron origen a las diferentes culturas jurídicas en el mundo occidental, pues aunque aparentemente todos los Estados se organizaran bajo presupuestos e instituciones similares, tales como el anhelo a la igualdad y la libertad, el apego a la ley, la consolidación de asambleas legislativas, etc., la historia muestra que la forma de interpretar estas instituciones está profundamente condicionada por las trayectorias culturales de los pueblos, y ello explica por qué aun dentro del ideario liberal cada cultura jurídica nacional concibe y ejerce el derecho de manera diferente.
A pesar de esas diferencias de matices, lo cierto es que el mundo occidental consolidó un modelo de organización política de la sociedad que permitió la racionalización del ejercicio del poder, logrando conjugar en armonía el papel de la política y del derecho, reconociendo en el Estado nación el titular único y monopólico de la creación de la ley como depositario de la soberanía. Por consiguiente, el agrietamiento de esa potestad incide en la capacidad de crear e imponer el derecho. En esa medida, para determinar las implicaciones que la crisis del Estado nación está generando sobre la soberanía de la modernidad, el capítulo escrito por Manuel Alberto Restrepo Medina comienza por recordar el origen y la caracterización de la soberanía en esta época de la historia y su íntima relación con la consolidación del Estado nación como forma dominante de organización política de la sociedad, y así explicar las causas de la crisis del Estado nación en la época actual, la incidencia de esta como factor generador de crisis de la soberanía estatal y terminar con unas consideraciones sobre la subsistencia de la soberanía en un nuevo y distinto marco de referencia, que obliga a su reformulación.
Precisamente, uno de los elementos constitutivos del Estado moderno, la nación, en razón de cuya pertenencia se atribuye la titularidad de derechos así como su garantía y protección por parte de las autoridades públicas, se pone en crisis cuando flujos migratorios provenientes del exterior buscan encontrar un espacio vital en un territorio que no es el de su origen nacional, una situación que, como lo aborda María Teresa Palacios Sanabria, cuestiona el ejercicio clásico de la soberanía, a cuyo cobijo se han creado instituciones jurídicas como la nacionalidad y la ciudadanía, que restringen el acceso a los territorios y los derechos que de manera evolutiva se han reconocido en sus ordenamientos internos, pues en la actualidad surge la paradoja de que en un mundo cada vez más globalizado, en el que se predica la libre circulación de información, de mercancías y de capitales, se limite de manera cada vez más fuerte la libre circulación de las personas, pues en la medida que aquella socava la soberanía de los Estados, esta es reivindicada para configurar los elementos de su política migratoria y aplicarla a los extranjeros.
En este sentido, el escrito de Palacios Sanabria aborda el conflicto entre el cumplimiento de los derechos humanos de los migrantes y la soberanía de los Estados en el marco del DIDH y revisa algunas de las medidas que ha adoptado el Estado colombiano en ejercicio de su soberanía para dar tratamiento a la realidad migratoria actual. En ese contexto específico del caso colombiano, Adriana Camacho Ramírez retrata la realidad de los emigrantes venezolanos, al caracterizar los impactos y las oportunidades que este fenómeno está teniendo sobre Colombia, cuya historia ha estado mucho más marcada por la expulsión de sus nacionales que por la recepción de emigrantes de otras latitudes, poniendo de relieve los riesgos derivados de la impreparación institucional para afrontar un fenómeno de esta magnitud.
La globalización económica: factor de afectación de la soberanía y de disminución del monopolio estatal en la creación de las fuentes de derecho en el ámbito interno
La globalización, como uno de los principales factores desencadenante de la crisis del Estado nación y del socavamiento de la soberanía estatal, tiene uno de sus elementos propiciatorios en el establecimiento de las reglas del comercio internacional que, pretendidamente intentadas para facilitar el desarrollo de las naciones menos avanzadas, al terminar prevaleciendo el enfoque neoliberal, vinieron a profundizar las diferencias y ampliar las brechas con los países desarrollados. Ello lo pone en evidencia Laura Victoria García Matamoros, quien ilustra la cuestión con el análisis particular de los subsidios y ayudas internas en uno y otro tipo de Estados, los acuerdos sobre agricultura y los acuerdos sobre propiedad intelectual relativos al comercio.
Paula Sigrid Delgado Castaño, si bien comparte que el mercado globalizado ha permeado las fronteras internas, haciendo que la economía estatal, que se construía dentro de los Estados nación como autónoma, ahora sea determinada por los mercados de capital internacionales, frente a los cuales el poder de reacción político se pone claramente en entredicho, ya que las otrora decisiones con este carácter se han sustraído a dicho ámbito y han pasado al espacio económico, el cual es dominado por las relaciones supranacionales, señala que ello no significa que la globalización haya originado una transformación del Estado nación, en la medida en que las mutaciones y pérdidas de capacidad que se endilgan a los Estados nación contemporáneos no son más que una reproducción de la profundización del mercado y su asunción como verdadera superestructura, de toma del poder político por la economía, la cual conlleva a una instrumentalización de la democracia en procura del ejercicio autoritario del mercado que, por definición, no puede asumirse como democrático.
Otro factor que pone de relieve las asimetrías que genera la globalización y la reducción de la capacidad soberana de los Estados, especialmente de aquellos de orden periférico, es la que se deriva de la preferencia por la protección de los derechos de inversión sobre la preservación y la conservación ambiental. Así lo reseñan Enrique Prieto Ríos, Andrés Gómez Rey y Mariana Díaz Chalela, quienes señalan que las cuestiones relativas a la protección del medio ambiente tienen un enfoque contradictorio en la esfera del derecho internacional, ya que, por un lado, la protección del medio ambiente es fuertemente alentada por la comunidad internacional, una vista que se refleja en varios tratados sobre el medio ambiente en relación con el cambio climático, la protección de la biodiversidad y la conservación de los humedales; pero, por otro, cuando los países intentan cumplir dichas obligaciones mediante sus facultades