El neopresidencialismo. Carlos Hakansson Nieto

El neopresidencialismo - Carlos Hakansson Nieto


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terminar con las principales características del Parlamentarismo británico cabe añadir que el sentido de libertad que poseen los ingleses se conserva, en gran parte, al no haber penetrado la doctrina estatista. Una afirmación que puede comprobarse con el trato habitual con sus ciudadanos. En primer lugar, las libertades se presumen, sólo la ley establece sus restricciones; segundo, su peculiar carácter, un poco raros para la mentalidad de un europeo continental porque son muy individualistas. Les gusta actuar por sí mismos sin esperar nada del gobierno, como tampoco de los demás a menos que el pedido sea razonable. Y, finalmente, escucharlos fundamentar todas estas actitudes o maneras de entender el derecho, la política y la constitución con la frase: aquí no llegó Napoleón.

      Con el paso del tiempo es realista reconocer que las cosas están empezando a cambiar en el Reino Unido. Se empieza a discutir a través de los medios de comunicación, entre algunos juristas y en más de una lecture en Oxford, la posibilidad de una gran reforma constitucional que incluiría, entre otros asuntos, una Constitución codificada para el Reino Unido. Una tarea muy difícil, pues no se sabe con certeza cuándo empieza su Constitución y, lo más importante, tampoco cuando termina; en todo caso, debemos tener presente el conservadurismo inglés, como respondió Benjamín Disraeli a un joven político: “esta Inglaterra, Mr. Hyndman, es un país muy difícil de mover”; por todo esto, y antes de pasar a describir el Gobierno de Asamblea francés, volvemos a preguntarnos si las formas de gobierno ¿no son algo más que el conjunto de instituciones? Es decir, ¿no son algo más que la presencia de un jefe de estado, de gobierno, la moción de censura, la disolución de las cámaras, etc.?

      2. El Gobierno de Asamblea francés

      A pesar de ser una forma de gobierno distinta a la peruana, es conveniente describir la experiencia del Gobierno de Asamblea francés por dos razones. La primera, porque el Derecho Constitucional peruano está más cerca de la tradición francesa que de la anglosajona y, segundo, porque los problemas de aplicar un modelo constitucional en un país sin esa tradición fueron similares, como veremos más adelante.

      a) El multipartidismo como causa de inestabilidad gubernamental

      b) Las crisis en las relaciones Gobierno-Parlamento

      La fiscalización permanente del Parlamento sobre el Gobierno, impulsada por múltiples coaliciones y diferentes mayorías, provocó la inestabilidad del Ejecutivo. Por un lado, este no podía elaborar y realizar programas y planes a largo plazo y, por otro, debía actuar con prudencia para no contrariar las aspiraciones de los partidos que lo apoyaban. Durante la III República Francia tuvo más de cien gobiernos, un grave daño a la estabilidad política.

      La crisis de Argelia, y la necesidad de evitar que el conflicto desencadenase una guerra, dio apoyo a quienes promovían una profunda reforma constitucional. Dotado de un amplio apoyo político, el General De Gaulle inició la V República con la Constitución de 1958. Una nueva Carta Magna que, siguiendo la línea de las modernas constituciones europeas, con ejecutivos fuertes, se convirtió en una nueva Forma de Gobierno que explicaremos después de describir los rasgos más importantes del presidencialismo, con especial atención al modelo norteamericano.

      C) Los rasgos del presidencialismo norteamericano

      1. Se trata de una completa separación de poderes


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