Asesoramiento de productos y servicios de seguros y reaseguros. ADGN0210. María José Sorlózano González
por el que se publica el Código Civil.
Actividades
7. Investigue qué otras normas, diferentes a las que se exponen, afectan a la actividad aseguradora.
Recuerde
Los preceptos básicos más importantes que se derivan de la LCS son:
1 Definición de seguro.
2 Las condiciones generales y particulares deben ser incluidas en pólizas con especial mención a las cláusulas limitativas.
3 El contrato será nulo si no existe riesgo.
4 El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito.
5 La solicitud de seguro no vinculará al solicitante.
6 La proposición de seguro vinculará a la aseguradora durante un plazo de quince días.
7 La póliza del contrato debe incluir un contenido mínimo.
8 El tomador del seguro está obligado a comunicar los cambios en el riesgo siempre que lo solicite el asegurador salvo en los seguros sobre personas.
9 El tomador está obligado al ingreso de la prima.
10 El siniestro debe ser comunicado por el tomador al asegurado en el plazo máximo de siete días.
11 El asegurador tiene el derecho de realizar investigación del siniestro y el tomador debe colaborar.
12 El asegurador debe satisfacer la indemnización pactada en el contrato.
13 La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años.
14 Se podrá establecer prórrogas una o más veces por un periodo no superior a un año cada vez.
2.5. Derechos y deberes de las partes
En cualquier contrato de seguro intervienen como mínimo dos partes, siendo los derechos y obligaciones diferentes para cada una de ellas. Aunque en un seguro puede haber más implicados, como se verá en el siguiente apartado, los fundamentales en cuanto a las obligaciones que se derivan del contrato son el asegurador y el tomador o asegurado según el caso.
Nota
El tomador del seguro es la persona que contrata el seguro, es decir, a nombre de quien figura la póliza y quien paga la prima, y el asegurado es la persona a quien protege el seguro. En muchos seguros las dos figuras coinciden en la misma persona.
Deberes de las partes
Los deberes del asegurado o tomador serían:
1 Firma de la póliza para establecimiento del contrato de seguro.
2 Abono de la prima de la póliza en tiempo y forma.
3 Avisar al asegurador cuando se produzca el siniestro. El plazo es de siete días después del suceso.
4 Evitar la propagación del siniestro. Esta previsión intenta evitar que el asegurado, una vez ocurrido el percance, adopte una conducta irresponsable que aumente el daño en el bien asegurado.
5 Dar información fidedigna de la situación de riesgo al inicio de la contratación.
6 No actuar nunca de mala fe para producir el daño.
7 Suministrar toda la información pertinente durante la investigación del siniestro.
8 Aportar datos sobre cambios en los riesgos asegurados cuando así lo solicite el asegurador.
Recuerde
Si se demuestra que el asegurado actuó de mala fe para conseguir la indemnización del contrato, la aseguradora queda libre de su obligación de pago, además de poder emprender medidas legales.
Las obligaciones del asegurador son:
1 Suministrar la póliza del contrato al tomador o asegurado al inicio del contrato. Si no es posible, suministrar documento acreditativo de la realización del contrato.
2 Mantener el precio y las condiciones de la propuesta de seguro durante quince días.
3 Atender al asegurado en el siniestro, abonando la indemnización y prestando el servicio, reponiendo el bien o reparándolo en los plazos previstos según lo estipulado en contrato. El plazo máximo para el abono de la cantidad mínima es de cuarenta días después del siniestro y tres meses para la totalidad.
4 Abonar los intereses de mora cuando no se haya pagado la indemnización según lo estipulado.
5 Enviar personal técnico para la evaluación de los daños producidos después del siniestro.
Derechos de las partes
En cuanto a los derechos del asegurado o tomador:
1 Recibir del asegurador la póliza donde estén especificadas todas las coberturas del seguro. En caso de que el asegurador todavía no haya emitido la póliza, debe expedirse un documento de cobertura provisional.
2 Percibir del asegurador, en caso de siniestro, la indemnización convenida en el contrato de seguro.
3 En el caso exclusivo de los asegurados, conocer que han sido incluidos como asegurados en una póliza.
4 Derecho a que se mantenga el precio y las condiciones de la propuesta de seguro durante quince días.
5 Derecho a que la redacción de la póliza se efectúe en cualquiera de las lenguas españolas oficiales en el lugar donde esta se formalice.
Los derechos del asegurador son los siguientes:
1 Percibir el importe de la prima por parte del tomador en tiempo y forma correctos. El impago puede anular el contrato y la aseguradora podría reclamar el pago judicialmente.
2 Realizar la investigación pertinente después del siniestro y verificar las circunstancias en las que se ha producido.
3 Reclamar daños y perjuicios al asegurado si este no le ha avisado del siniestro en plazo.
Aplicación práctica
Un cliente se dirige a su oficina para que le asesore sobre seguros de hogar. El índice delictivo de su barrio se ha elevado en los últimos tiempos y el cliente está preocupado por un posible robo. Usted le asesora sobre los seguros de hogar que incluyen la protección por robo y le extiende propuesta que el cliente acepta. En pocos días se produce la firma de la póliza y el cliente paga la prima.
Identifique las figuras de asegurado y/o tomador y asegurador en el supuesto.
¿Qué derechos y obligaciones de las partes aparecen en el caso?
SOLUCIÓN
La figura del tomador y asegurado recaen en la misma persona, el cliente. El asegurador es la compañía aseguradora a la que acude el cliente.
Las obligaciones del tomador que aparecen son la firma de la póliza en tiempo y forma correctos, el abono de la prima y aportar