Asesoramiento de productos y servicios de seguros y reaseguros. ADGN0210. María José Sorlózano González
Registro de Pólizas y Suplementos es una base de datos donde las aseguradoras están obligadas a registrar todas las pólizas que suscriban. Esta inclusión está determinada por ley. A pesar de ello, la forma más fácil y rápida de demostrar el contrato de seguro es presentar la póliza.
La póliza debe contener los derechos y obligaciones de los implicados. Incluye obligatoriamente las condiciones generales, particulares y especiales. Otras también importantes, aunque no aparecen en todas las pólizas, son los suplementos, boletín de adhesión y cartas de garantía. Y, por último, se cita el recibo del seguro necesario para demostrar el pago y la cobertura del seguro.
4.1. Solicitud, propuesta y cuestionario
El acercamiento entre asegurador y asegurado puede iniciarse de dos formas:
1 El posible asegurado se dirige directamente a una aseguradora de su elección donde indica qué riesgo quiere cubrir. La forma de contacto es indiferente, pueden acudir directamente a una oficina o llamar por teléfono.
2 La aseguradora, a través de sus comerciales, se acercan a clientes potenciales para ofrecer sus productos. El contacto puede ser cara a cara, vía telefónica o a través de carta o correo electrónico.
En ambos casos y siempre que a las dos partes les interese, el asegurador realiza un cuestionario al cliente para definir el riesgo, las condiciones y la prima a pagar. Es importante que estos datos queden claros y que el cliente conteste con total sinceridad, pues constituyen la base del contrato de seguro.
Con carácter general estos elementos son:
1 El valor real del bien asegurado. Es importante delimitar adecuadamente este dato para evitar que se produzcan situaciones de infraseguro y sobreseguro.
2 Características del bien asegurado. Está relacionado con la situación anterior, procurando que la cobertura del seguro se ciña al bien asegurado y la cuota a pagar sea acorde.
3 Las necesidades de cobertura. Es necesario conocer qué es lo que mueve al asegurado a asegurarse a sí mismo o a su patrimonio. Para la aseguradora, este dato es importante para conocer qué es lo que el cliente quiere asegurar y comprobar que realmente puede ofrecer ese servicio.
Nota
En el momento del cuestionario actúa el principio de presunción de buena fe; se supone que las declaraciones de riesgo que realiza el cliente son ciertas.
Según el tipo de seguro, el cuestionario incluirá preguntas acordes al riesgo a cubrir.
De forma genérica se incluyen los siguientes datos:
1 Datos del tomador del seguro. Los más usuales son nombre, DNI, fecha de nacimiento, dirección, teléfono, nacionalidad y profesión.
2 Datos del asegurado si es que no recae en la misma persona que el tomador.
3 Datos del beneficiario si lo hubiera.
4 Datos de la póliza anterior (número y compañía). Si el tomador del seguro o asegurado no disponen de esta información, la compañía puede consultarla en bases de datos conjuntas a las que las aseguradoras tienen acceso.
5 Número de cuenta para domiciliación del recibo del seguro.
6 Periodo de cobertura.
7 Tipo de cobertura, si es total o parcial dependiendo del tipo de seguro.
Extracto de datos generales en solicitud de seguro
Actividades
10. Consulte cuestionarios para suscribir contratos de salud en las webs de varias aseguradoras. ¿Qué datos requieren?, ¿por qué cree que se piden esos datos y no otros?
Otros datos que pueden pedirse en el cuestionario inicial dependen del tipo de seguro. Algunos son:
1 Antigüedad con la licencia de conducir y datos identificativos del vehículo en seguros de auto.
2 Características de la propiedad asegurada y su ubicación.
3 Cuestionario de salud en seguros de salud y vida.
Una vez tomados los datos a través del cuestionario, la aseguradora elabora una propuesta de seguro por escrito con las mismas características que el contrato. El cliente podrá estudiar la propuesta de seguro y decidir si le interesa aceptarla.
La decisión del cliente no tiene que ser inmediata, se da un plazo mínimo de quince días durante los cuales la propuesta será vinculante para la aseguradora. Si el asegurador así lo decide puede dar un plazo más amplio.
Si el interesado acepta la proposición, la aseguradora emitirá la póliza, que es el contrato formal donde se reflejan las condiciones convenidas por las partes. El contenido de la póliza sí es vinculante para las dos partes.
Cuando las condiciones de la póliza difieran de lo acordado en la proposición de seguro, el tomador dispone de un plazo de un mes para reclamar que se enmienden las discrepancias. Transcurrido este plazo, el contenido de la póliza se considerará firme y será el que se aplique durante la cobertura.
Recuerde
Es importante que el asegurado tenga claras todas las condiciones de la póliza, debe leerlas con detenimiento y el asegurador debe aclarar cualquier duda. En ocasiones el asegurado no es realmente consciente de los límites de las coberturas, por no haber leído y asimilado las condiciones de la póliza.
4.2. Condiciones generales
Las condiciones generales son las normas básicas consideradas para todas las pólizas que pertenezcan a la misma modalidad de seguro. Estos principios constituyen un marco de referencia para cada tipo de seguro.
Las condiciones que normalmente se incluyen son:
1 Detalle de coberturas o riesgos cubiertos incluidos.
2 Detalle de exclusiones o situaciones no cubiertas por el seguro.
3 Forma de liquidación de los siniestros. Aquí se detalla la forma o formas de protección, si la aseguradora paga una indemnización o si presta un servicio.
4 Forma de pago.
5 Forma del cobro de recibos.
6 Normativa aplicable.
7 Medio de comunicación entre asegurado y asegurador.
8 Normas de arbitraje o forma de actuar en caso de que haya discrepancias entre el asegurador y el asegurado.
9 Definición de algunos de los elementos de la póliza.
Ejemplo
La siguiente cláusula general trata una exclusión en la cobertura de un contrato:
Quedan excluidos del seguro:
1. Reclamaciones de seguros de todas las personas que hayan provocado daños premeditadamente. En caso de entrega o fabricación de mercancías, productos o trabajos en conocimiento de la existencia de deficiencias o de nocividad de las mercancías, etc., se equipara a la intención.
2. Reclamaciones