Nuevas letras. Camila de Gamboa Tapias

Nuevas letras - Camila de Gamboa Tapias


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de paz, Acuerdo Final. (2016). Recuperado de http://www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/procesos-y-conversaciones/Documentos%20compartidos/24-11-2016NuevoAcuerdoFinal.pdf

      Axát, J. (2013). Ante la ley. Página 12. Recuperado de https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-219945-2013-05-14.html

      Barbero, I. (2014). El ser humano contemporáneo ante la ley (a propósito de un relato de Kafka). Culturamas. Recuperado de http://www.culturamas.es/blog/2014/04/28/el-ser-humano-contemporaneo-ante-la-ley-a-proposito-de-un-relato-de-kafka/

      Colombia, Congreso de la República. Ley 975 (25 julio 2005), “por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios”. Diario Oficial Nº 45980.

      Corte IDH. Caso Valle Jaramillo y otros vs. Colombia, sentencia del 27 de noviembre de 2008.

      Corte IDH. Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, sentencia del 22 de noviembre de 2007.

      Corte IDH. Caso Heliodoro Portugal vs. Panamá, sentencia del 12 de agosto de 2008.

      Grupo de Memoria Histórica (GMH). (2012). Justicia y paz. ¿Verdad judicial o verdad histórica? Bogotá: Editorial Taurus-Fundación Semana-cnmh.

      Grupo de Memoria Histórica (GMH). (2013). ¡Basta ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad. Bogotá: Imprenta Nacional.

      Justicia Transicional. (2005). Ley de Justicia y Paz: respuestas a sus preguntas. Recuperado de http://www.justiciatransicional.gov.co/ABC/Ley-de-Justicia-y-Paz

      Justicia Transicional. (s. f.). Justicia transicional en Colombia. Recuperado de http://www.justiciatransicional.gov.co/Justicia-Transicional/Justicia-transicional-en-Colombia

      Kafka, F. (2010). Ante la Ley. En El proceso (cap. 8). Argentina: Longseller.

      Pécaut, D. (2012). Orden y violencia: Colombia 1930-1953. Bogotá: Fondo Editorial Universidad Eafit.

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      Universidad Santiago de Cali (USC). (2016). Abogados son responsables de readaptar su rol a desafíos jurídicos y socio-jurídicos del postconflicto. Recuperado de http://www.usc.edu.co/index.php/noticias/item/2434-abogados-son-responsables-de-readaptar-su-rol-a-desafios-juridicos-y-socio-juridicos-del-postconflicto

      Notas

      1 Ver principio 3: principios contra la impunidad.

      2 Según las estadísticas del informe general del Centro Nacional de Memoria Histórica, desde 1985 a 2012, han sido aproximadamente 25 000 las víctimas por desaparición forzada.

      3 Ver anexo: encuestas.

      4 Ley de Justicia y Paz.

      5 Cfr. Corte idh, Caso Valle Jaramillo y otros vs. Colombia, sentencia del 27 de noviembre de 2008, párr. 157; Caso Heliodoro Portugal vs. Panamá, sentencia del 12 de agosto de 2008, párr. 145; y Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, sentencia del 22 de noviembre de 2007, párr. 62.

      6 Ley 975 de 2005.

      7 ¡Basta ya!, documento realizado por el Centro Nacional de Memoria Histórica, en el cual son recogidos diferentes eventos del conflicto armado de Colombia; en este se explica el origen y desarrollo del conflicto en el país. El documento estima una duración del conflicto de aproximadamente 50 años.

      8 Ver anexo.

      Estudiantes: María Camila Castro Montealegre, Juliana Garavito Rojas y María Manuela Márquez Velásquez

      Fecha: I semestre de 2016

      La memoria y la reconstrucción de los hechos ha sido una responsabilidad eludida. Las voces de las víctimas han sido silenciadas y se ha reemplazado su lugar con narraciones por parte de los victimarios, de las diferentes instituciones estatales y de los medios de comunicación. Sin embargo, existe una nueva apuesta en Colombia por un proceso de reconciliación y, en especial, por la consolidación de la memoria histórica, es por esto que el problema que ahora nos atañe es saber si dicha memoria es o no fiel a la representación del terror.

      Para tratar el asunto en el presente texto, en primer lugar, se presenta una breve exposición de los elementos generales del tema, y luego se realiza una exhibición de los conceptos de memoria histórica más relevantes; en segundo lugar, se hace un análisis de las tres masacres objeto de discusión: El Salado, Trujillo y San Onofre; y, en tercer lugar, se plantea una breve discusión del tema fundamentada en posiciones críticas sobre la construcción del concepto de memoria. Finalmente, se exponen algunas críticas frente al debate historiográfico y conclusiones al respecto.

      La memoria histórica tiene como finalidad principal esclarecer los hechos derivados del conflicto armado que se ha vivido en Colombia por más de 60 años. Busca generar un cambio en las actitudes y perspectivas de las víctimas, ayudar a cerrar los laberintos de horror e impulsar a la población a una verdadera reconstrucción del tejido social. Es por medio de esta como los abogados seremos capaces de aplicar adecuadamente la justicia y reparación, en otros términos, podremos decidir, juzgar y comprender con una aproximación un poco más humana y abierta a un fenómeno con tantas aristas como lo es el conflicto armado.

      Entrando en materia, se conoce que Colombia ha vivido más de 60 años de conflicto armado, y aunque un gran número de soluciones se han planteado a lo largo de los años, estas han carecido de organización y efectividad, dejando a la población y especialmente a las víctimas sin ningún tipo de reparación o justicia, a la par de que los actores armados del conflicto y sus crímenes han quedado en el olvido.

      Como mecanismo para enfrentar la realidad nacional, en 2005, entró en vigor la Ley 975, también conocida como Ley de Justicia y Paz, la cual grosso modo pretendía generar una reintegración


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