Por el derecho comprender. Henrik López Sterup

Por el derecho comprender - Henrik López Sterup


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acción va mucho más allá del inglés y lo jurídico: “Our growing network includes members from over 30 countries working in clear communication in at least 15 languages”: “Who We are”, Plain Language Association International, https://plainlanguagenetwork.org/.

      57 Quien se plantea de manera más explícita la misión de crear y propagar una cultura de claridad es el Center for Plain Language. Entre sus fundadores destacan: Annetta Cheek, Susan Kleimann y Joseph Kimble. Desde la primera mitad de la década de 1990, el centro reúne varios profesionales que ayudan a agencias gubernamentales a escribir con tanta claridad que sus lectores pueden entender los contenidos la primera vez que los leen o escuchan. Véase: Center for Plain Language, https://centerforplainlanguage.org/.

      58 Neil James y Eamonn Moran, “Strengthening Plain Language Institutions”. Clarity, n.° 64 (2010): 55 (traducción propia).

      59 El capítulo en este mismo libro de la profesora de la Universidad Católica de Valparaíso de Chile, Claudia Poblete Olmedo, expone con más detalle la propuesta de contar con estándares de claridad.

      60 International Plain Language Federation. Véase: http://www.iplfederation.org/.

      61 James y Moran, “Strengthening Plain Language Institutions”, 55 (traducción propia).

      62 Christopher Balmford, “Plain Language: Beyond a Movement. Repositioning Clear Communication in the Minds of Decision-makers” (Fourth Biennial Conference of the Plain Language Association International, Sydney, 2002) (traducción propia).

      63 Margaret Keck y Kathryn Sikkink, Activistas sin fronteras (México: Siglo XXI Editores, 2000), 18.

      64 Ibídem, 19.

      65 Ibídem, 23.

      66 Ibídem, 33.

      67 Ibídem, 267.

      68 Las diferencias entre lenguaje claro y lectura fácil, así como los proyectos que cada concepto implica configuran otro extenso objeto de estudio. Baste con señalar aquí que la lectura fácil es un método de adaptación de documentos e información compleja dirigido al conjunto de la ciudadanía, pero con un enfoque diferencial que no abarca siempre el lenguaje claro. La lectura fácil se dirige especialmente hacia colectivos en situación o riesgo de exclusión social: personas mayores, personas en situación de discapacidad intelectual, personas con baja cualificación o migrantes recientes con poco conocimiento del idioma, etc.

      69 Sobre este particular, se recomienda el trabajo de Claudia Poblete y Pablo Fuenzalida acerca del lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano: Claudia Andrea Poblete y Pablo Fuenzalida González, “Una mirada al uso de lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano”. Revista de Llengua i Dret 69, (2018): 119-138.

      70 Es el caso de la Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio Ciudadano en Colombia; el programa denominado Legislar mejor de la Unión Europea; las leyes de transparencia y acceso a la información pública en general o las estrategias de gobierno abierto y simplificación de trámites requeridas para ingresar a la OCDE.

      71 Departamento Nacional de Planeación de Colombia [DNP], Conpes 3785 de 2013 (Bogotá: DNP, 2013), 16.

      72 Jesús Aranda, “Lanza Fox programa de ‘lenguaje ciudadano sencillo’”, La Jornada, última modificación 6 de octubre de 2004, acceso 21 de octubre de 2020, https://www.jornada.com.mx/2004/10/06/016n2pol.php?printver=0&fly=2. Véase también: el Manual de lenguaje ciudadano de la Secretaría de la Función Pública de 2004.

      73 El informe de esta Comisión reconoce que las diversas encuestas sobre el estado de la Justicia que, desde el inicio de la democracia, se han realizado en España ponen de manifiesto que la ciudadanía confía en el rigor y calidad de los profesionales del derecho, pero que, al mismo tiempo, no los comprende o, en el mejor de los casos, los comprende con dificultad.

      74 Ministerio de Justicia de España, “Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico de España” (informe, 2011), 3.

      75 El ciudadano tiene derecho a que las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos contengan términos sencillos y comprensibles, evitándose el uso de elementos intimidatorios innecesarios. El ciudadano tiene derecho a que en las visitas y comparecencias se utilice un lenguaje que, respetando las exigencias técnicas necesarias, resulte comprensible. El ciudadano tiene derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles para sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.

      76 Jesús García Calderón, “Una retórica para la igualdad”. Lenguaje jurídico y comunicación. Revista del Ministerio Fiscal, n.° 8 (2019): 56.

      77 Ángel Núñez Sánchez, “El derecho a comprender”. Lenguaje jurídico y comunicación. Revista del Ministerio Fiscal, n.° 8 (2019): 109.

      78 En México, Uruguay, Costa Rica y Perú existen otro tipo de iniciativas sobre lenguaje ciudadano, lenguaje llano, lenguaje fácil y lenguaje democrático que buscan objetivos similares.

      79 Seguimos haciendo uso de las terminologías ofrecidas por Keck y Sikkink.

      80 XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana. Conclusiones de la Tercera Ronda de Talleres, 2015.

      81 En época de pandemias, como la generada por el coronavirus, parece justificarse la necesidad de que los ciudadanos puedan comprender la medida de los hechos y del riesgo, actuar con conocimiento de causa y formarse su propio juicio.

      82 Barbro Ehrenberg-Sundin, “The Swedish Approach to Clear Legislation and Clear Official Texts”, en Obscurity and Clarity in the Law. Prospects and Challenges, editado por Anne Wagner y Sophie Cacciaguidi-Fahy (Hampshire: Ashgate, 2008), 166.

      83 Heuman Sigurd, “För vem skriver domstolen sina domar?”, en Juridisk sprog i Norden. Rapport fra en nordisk konference om klarsprog (Reykjavík: 2011), 18 (traducción propia).

      84 Marius Rohde Johannessen, Lasse Berntzen y Ansgar Ødegård, “A Review of the Norwegian Plain Language Policy” (16th International Conference on Electronic Government (EGOV), St. Petersburg, 2017), 187 (traducción propia).

      85 El capítulo de Mónica Andrea Rosero Latorre, en este mismo libro, “El lenguaje claro como herramienta para la participación e inclusión social” ofrece algunas ideas desde una experiencia colombiana.

      86 El capítulo, en este libro, de la profesora Betsy Perafán propone las bases para la incorporación del lenguaje claro en la formación jurídica.

      Mónica Andrea Rosero Latorre

      La claridad en el lenguaje tiene un sentido transformador en la sociedad. Facilita la comunicación entre personas, elimina las barreras que evitan la comprensión y contribuye a que los seres humanos puedan identificarse como iguales. Del mismo modo, permite la defensa y el reconocimiento autónomo de los derechos fundamentales, pues desliga el acceso a la justicia de las condiciones económicas y el nivel de educación, entre otros factores determinantes. Por lo mismo, el objetivo del presente capítulo consiste en analizar el rol del lenguaje claro como instrumento de inclusión social. Sostiene que el lenguaje claro constituye un mecanismo de inclusión social que equipara a las diversas poblaciones e incluso permite establecer entornos verdaderamente participativos.

      Para


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