Caballeros del rey. Jorge Sáiz Serrano
e rocins a fin de concentrar las monturas disponibles para la armada: ARV, MR, n.º 39, fols. 264r-v.
[62] Como, por ejemplo, el contrato firmado por el rey en junio de 1425 con el noble gascón Gracià d’Agramunt, los Capítols fets e fermats entre lo senyor rey de una part e mossèn Gracià d’Agramunt de la part altra: ACA, CR, n.º 2797, fols. 49v-50r. Contratos o capítols de ese tipo especifican las condiciones por las que el rey conduce (condueix) a su servicio capitanes mercenarios, denominados en la documentación en Nápoles como conducters de gent d’armes. En primer lugar la cuantía y características de la compañía: el rey contrata 300 lanzas y 50 ballesteros de Gracià d’Agramunt. En segundo lugar la cuantía de la soldada: 30 flor. al mes por lanza, 6 flor. por ballestero y un pago mensual de 100 flor. al capitán mientras sirva al rey; así como su mecánica de pago progresivo: el monto del primer mes (3.400 flor.) por anticipado en Barcelona, donde se encuentra el capitán, los dos meses siguientes en Bearn, en agosto, cuando se le ordene partir al servicio del rey, y finalmente, el mes restante cuando llegue con la compañìa al lado del monarca. En tercer lugar, la distribución del botín y ganancias: un quinto del botín para el rey. Finalmente, las excepciones del débito armado: servir al rey excepto contra el rey de Inglaterra, de Navarra y el conde de Foix. Buena parte de esas cláusulas de servicio también figuran en las ofertas que debían comunicar los cortesanos reclutadores a los nobles y caballeros de los dominios del rey, como, por ejemplo, en 1425, en Cataluña: Memorial de les coses que en Guillem de Santcliment, cavalleris del senyor rey, deu fer per lo dit senyor: ibid., fols. 23v-24r.
[63] Sobre las condotte, M. Mallett, Signori e mercenari..., op. cit., pp. 86-93; M.ª N. Covini, L’esercito del duca..., op. cit., p. 41; sobre las lettres de retenue: Ph. Contamine, Guerre, État et société..., op. cit., pp. 55-61; sobre las indentures: M. Prestwich, Armies and Warfare..., op. cit., pp. 89-96; Ch. Allmand, La guerra de los Cien Años. Inglaterra y Francia en guerra, c. 1300-c. 1450, Barcelona, 1990, pp. 133-134; A. Ayton, «English Armies in the Fourteenth Century», en A. Curry y M. Hughes (dir.), Arms, Armies..., op. cit., pp. 21-38, sobre todo pp. 25-27.
[64] M. Prestwich, Armies and Warfare..., op. cit., pp. 86-87; Ch. Allmand, La guerra de los Cien Años..., op. cit., p. 149.
[65] Ph. Contamine, Guerre, État et société..., op. cit., pp. 59-61 y 242.
[66] M. Mallett, Signori e mercenari..., op. cit., pp. 90-91; M.ª N. Covini, L’esercito del duca..., op. cit., p. 359.
[67] ARV, MR, n.º 8.790, fols. 99r-102r.
[68] M. Mallett, Signori e mercenari..., op. cit., p. 86.
[69] Sobre el proceso de formación de la caballería permanente remito al próximo capítulo y a vid. M. Mallett, L’organizzacione militare..., op. cit., pp. 59-60; M.ª N. Covini, «Condottieri ed eserciti permanenti negli stati italiani nel XV secolo in alcuni studi recenti», Nuova Rivista Storica, 69 (1985), pp. 329-352; id., L’esercito del duca..., op. cit., pp. 37-59.
[70] FA-I, vol. I, p. 132.
[71] Ibid., p. 103.
[72] ARV, MR, n.º 8.790, fol. 100v y 117r.
[73] En concreto percibe draps de seda por valor de 39 duc. 2 tarins (casi 10 duc. por sus 4 lanzas) y draps de lana por de 40 duc. (10 duc. por sus 4 lanzas): ibid., fols. 126v y 132v.
[74] Percibe (en acorriment de les cavalls que cascú d’ells tenen, como indica el asiento de pago conjunto) 5 duc. y 2 tarins sin especificar la cuantía de su comitiva, probablemente 5-6 caballos (entre 1 lanza y 2 tercios de lanzas y 2 lanzas) a razón de 1 duc. por caballo o 3 duc. la lanza: ibid., fol. 222v.
[75] Integrado en la esquadra de Marino Caracciolo, conde de Sant’Angel: ibid., n.º 9.402, fol. 154v.
[76] FA-I, p. 127.
[77] ARV, MR, n.º 9.403, s. f., cèdules de pago de la Tesorería de abril y mayo de 1442.
[78] Ibid., s. f., cèdules de pago de la Tesorería de septiembre de 1442.
[79] ARV, MR, n.º 9.385 s. f. cèdules de pago de la Tesorería de noviembre de 1445.
[80] ARV, MR, n.º 9.407, fol. 103r.
[81] Ibid., n.º 8.791, fol. 205v.
[82] Ibid., fol. fol. 340r y 379r.
[83] Una mecánica de pago similar en sus entregas cadenciales también se ve en los ejércitos de Venecia y Milán: M. Mallett, L’organizzacione militare..., op. cit., pp. 163-164; M.ª N. Covini, L’esercito del duca..., op. cit., pp. 48 y 359-360.
[84] En raras ocasiones se pagaba en base mensual. Un caso documentado confirma los 10 duc. por lanza: el 28 de mayo de 1442 Jacobo Orsini percibe per la paga de I mes de XX lances, CC ducats: ibid., n.º 9.403, s. f., cèdules de pago Tesorería de mayo de 1442. Ryder, a partir de las cèdules de pago de la tesorería transcritas establece entre 8-10 duc. mensuales por lanza las condotte reguladas por base mensual: A. Ryder, El reino de Nápoles..., op. cit., p. 321.
[85] En la descripción de la administración napolitana que en 1444 realizó Borso d’Este se hizo eco de esa tasa de ducati 60 de imprestanza per lanza que retribuía el Magnánimo a su ejército per conducta, es decir como contrato regular de servicio: Ch. Foucard, «Descrizione della città de Napoli...», cit., p. 754.
[86] En el ejército veneciano tampoco se documenta: M. Mallett, L’organizzacione militare..., op. cit., nota 101, pp. 161 y 164.
[87] Por ejemplo, el 26 de septiembre de 1442, en un pago a 9 hombres de armas de 2 duc. a cada uno se informa cómo las entregas son efectuadas por el conde de Aderno (el noble Guillem Ramon de Montcada, camarlenc) d’aquells L ducats que li foren donats per repartir entre l’esquadra sua: ARV, MR, n.º 9.403, s. f.
[88] La deducción por elatge se documenta tanto en órdenes reales de pago como en los asientos de pago de soldada en la contabilidad