Problemática jurídica posdoctoral: Debates iusfilosóficos, iusteóricos y iusdogmáticos. Óscar Mejía Quintana
media, no formal e informal. Corresponde al Estado, según el artículo 4 de la nombrada ley, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educación y promover el acceso al servicio público educativo; es responsabilidad de la nación y de las entidades territoriales garantizar su cubrimiento.
En el capítulo III de la Ley 115 de 1994 se describen las modalidades de atención educativa a poblaciones, que buscan la integración al servicio educativo de niños y jóvenes en edad escolar, adultos, campesinos, grupos étnicos, personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, personas con capacidades excepcionales y personas que requieran rehabilitación social.
Por su parte, el plan decenal de educación 2006-2016 presenta la educación como un elemento primordial para la convivencia, la paz y la democracia. Resalta la promoción de la convivencia ciudadana y el fortalecimiento de la sociedad civil a partir de la construcción de la tolerancia y la solución de conflictos en este marco.
En el plan nacional de desarrollo para el periodo comprendido entre el 2014 y el 2018,3 la educación se contempla como uno de sus pilares fundamentales, pues se concibe como un instrumento de igualdad de la sociedad, ya que abre puertas al progreso y mejora la calidad de la democracia –pues considera que una población educada tiene mayores capacidades para participar en el sistema político– y la defensa de los propios derechos. La estrategia para lo anterior se da desde la consolidación del Estado social de derecho, que busca ampliar y profundizar el sistema democrático en Colombia, “promover los derechos humanos y garantizar el goce efectivo de derechos y la justicia para todos los colombianos y colombianas, como bases para consolidar la paz y la convivencia pacífica”4.
Como reflejo de las políticas enunciadas por el Estado, el Ministerio de Educación Nacional desarrolló acciones diversas que siguieron los lineamientos descritos y que se tradujeron en: el proyecto de educación cívica, desarrollado con el propósito de fomentar la democracia y la convivencia pacífica; los lineamientos para los currículos de Constitución Política y Democracia, Educación Ética y Valores Humanos; el programa Haz paz; el programa de construcción de una cultura de paz; la fundación del Centro Mundial de Investigación y Capacitación para la Solución de Conflictos, soportado en el acuerdo con la Universidad para la Paz de Naciones Unidas; y, dada la situación de desplazamiento vivida en el país, la creación de una política educativa para la atención de la población escolar desplazada.
A pesar de lo anteriormente expuesto, en la inclusión que puede darse en el marco de un sistema educativo legalmente descrito persisten aún, en los diferentes niveles educativos, los reflejos de una comunidad que deja de lado la integración poblacional y los valores democráticos al crear circunstancias de violencia y exclusión. Se evidencia la falta de seres humanos capaces de desarrollar y fortalecer relaciones que puedan ejecutarse en el marco del respeto y del aprovechamiento del conflicto como oportunidad para comprender la diferencia.
Un ejemplo de ello es que, en Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), existen 2,9 millones de personas en situación de discapacidad; el 33 % de estas personas entre los 5 y los 14 años y el 58,3 % entre los 15 y los 19 años no asisten a la escuela, y solo el 5,4 % de los que estudian terminan el bachillerato5. Igualmente sucede con la población afrodescendiente: según estudio de la Agencia Española de Cooperación Internacional aecid, en las escuelas de Bogotá se presentan tres tipos de racismo: de costumbre, institucional y estructural. El estudio asegura que “en las instituciones educativas se manifiestan y reproducen estereotipos sociales sobre la población afrodescendiente”6 y se indica que dentro de las escuelas se suele discriminar a los niños afro, asociándolos a determinados campos del saber o a actividades como la danza, el deporte y la música, pues de esta forma, asegura el estudio, es “continua una percepción negativa sobre los niños y niñas afrocolombianas”7. No se ignora la discriminación sexual, que, según Guzmán y Chaparro, deja grandes evidencias de que es asesina, “bien sea porque te obliga a negar lo que eres para vivir en el mundo, porque te deja sin derechos, o porque, al final, te lleva literalmente a la muerte”8.
Además de la ausencia de valores encaminados a la formación de ciudadanos que propendan por la buena convivencia, se hallan las repercusiones de tal inexistencia, como puede verse en la situación que atraviesa actualmente Colombia en medio de la polémica de la refrendación de la sociedad frente a los acuerdos de paz aprobados entre el Gobierno Nacional y el grupo guerrillero FARC-EP para la construcción de una paz estable y duradera, que desata dos posiciones en el interior de la ciudadanía: quienes apoyan los elementos pactados por los intervinientes y quienes se oponen desde lo jurídico y lo moral a lo convenido.
En el marco de las negociaciones de paz en La Habana (Cuba) entre las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC y el Gobierno colombiano, iniciadas en el año 2012, se ha insistido en la necesidad de implementar procesos educativos que aborden, con un enfoque de paz, los conflictos a los que se enfrenta la ciudadanía en general, insistencia que, se diría, ha crecido de manera directamente proporcional a lo abordado en los puntos del Acuerdo General suscrito recientemente entre ambas partes negociadoras. Reflejo de esta relación entre lo avanzado en la negociación de cese al conflicto armado y la necesidad de procesos educativos que fomenten la apropiación de competencias pacíficas entre la ciudadanía es la sanción de la Ley 1732 para el año 2014 por parte del Gobierno nacional, con el objetivo de garantizar la creación y el fortalecimiento de una cultura de paz en Colombia, estableciendo la impartición de la Cátedra de la paz en instituciones educativas de nivel preescolar, básico, medio y universitario, respetando en este último caso la autonomía de la que es tributaria la educación superior en el país.
Su articulado, dirigido a la provisión de los objetivos, estructura, evaluación, lineamientos y estándares que habrán de ser tenidos en cuenta en la cátedra, genera, no obstante, dudas acerca del acoplamiento del marco temático que propone y de aquellos otros que han sido tradicionalmente desarrollados en el interior de las instituciones educativas del país en cada uno de los niveles en que la nueva cátedra resulta de obligatorio acatamiento.
Este marco legal y su decreto reglamentario, si bien proveen una serie de contenidos temáticos que deberán observar los docentes encargados de impartir la Cátedra de la paz, no logran, en conjunto, despejar la duda acerca de las estrategias curriculares que facilitarán aterrizar lo dictado por la ley en las aulas de clases, como tampoco de las estrategias pedagógicas que habrían de concretar lo que esta se propone. En este sentido, se marca la tensión entre la normatividad y la realidad social. Por ello, el programa metodológico deberá depender no solo de los contextos sociales de la población académica que agrupa cada institución educativa, sino de la percepción de los procesos pacíficos y de transformación social de cada vivencia en el interior de sus experiencias pedagógicas.
A partir de lo anterior, se infiere el siguiente problema científico:
Desde un análisis pedagógico, ¿cómo pueden reconocerse la complejidad y la necesidad de la cultura ciudadana en el Estado social de derecho, contextualizado en las condiciones actuales que vive Colombia, en la búsqueda de la reafirmación y posicionamiento de la condición humana en un contexto de paz, a partir de la Ley 115 de 1994, la Ley 30 de 1992 y el plan decenal de educación?
Para dar solución a lo planteado, se abordan tres categorías centrales: la ciudadanía, Estado social de derecho y el pensamiento complejo.
En lo que respecta a los argumentos de justificación del estudio, estos se basan en que el trabajo que aquí se propone sobre la ciudadanía se realizará a partir de los postulados del pensamiento complejo, pues, como afirma Sotolongo, se trata de un desarrollo reciente en la ciencia, mucho más útil para entender los procesos históricos que el enfoque tradicional, que es analítico, y para entender asimismo