La casa de todos y todas. Patricio Zapata Larraín
Desde un punto de vista normativo, este proyecto social se plasmará, entre otras, en la Constitución política chilena de 1925.
Con orígenes más tardíos, y quizás por eso más tumultuosos, este modelo se desarrollará también en variantes nacionalistas, populistas y corporativistas (por ejemplo, el Estado Novo brasileño en 1930, el peronismo en la Argentina de 1946 y el Movimiento Nacionalista Revolucionario en la Bolivia de 1952).
Un elemento característico de esta etapa del desarrollo institucional de las democracias latinoamericanas es la centralidad de los partidos políticos. Estos dejan de ser la expresión electoral de una pequeña elite y pasan a ser poderosas maquinarias que, movilizando a vastos sectores del país, se proponen emprender ambiciosas reformas del Estado y la sociedad (Justicialistas argentinos y el APRA en Perú). En otros países, los partidos políticos están en condiciones de pactar un verdadero cogobierno que ponga fin a la violencia política. Es el caso de la alternancia pactada (Frente Nacional) con que liberales y conservadores colombianos se turnan en la presidencia entre 1958 y 1974, y del “Pacto de Punto Fijo”, por el cual en la Venezuela post-1958 se reparten el poder Acción Democrática, COPEI y la URD.
Los nuevos aires de los años sesenta sacudirán los cimientos de este modelo. La radicalización de las demandas sociales, los coletazos regionales de la Guerra Fría, el fenómeno de la insurgencia y las crisis del petróleo y de la deuda externa afectarán la estabilidad de estas democracias. La incapacidad del Estado Benefactor para derrotar la inflación o para superar la miseria del continente terminan por poner en tela de juicio la legitimidad de estos ordenamientos constitucionales.
Modelo constitucional del Estado de la Seguridad Nacional
En el curso de solo diez años, entre 1963 y 1973, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, Perú y Uruguay verán interrumpirse su desarrollo democrático. Los militares instalarán modelos estatales que, aun cuando tienen particularidades, presentan un conjunto de aspectos comunes: supresión o severa limitación de la actividad partidista, vulneración sistemática de los derechos humanos de los disidentes, férreo anticomunismo, adopción de la “doctrina de seguridad nacional” y dirección castrense de la acción gubernativa.
Algunas de estas dictaduras militares van a introducir reformas significativas en sus ordenamientos constitucionales, sin llegar, sin embargo, a la sustitución formal y completa de los textos históricos. Así, por ejemplo, y en el caso de Argentina, las juntas militares van a imponer en 1966 los Estatutos de la Revolución Argentina, en 1972 la reforma de la Revolución y en 1976 los Instrumentos constitucionales del proceso de Reorganización Nacional. Paralelamente, sin embargo, se mantiene, al menos en el papel, la vigencia de la histórica Constitución de 1853. Algo parecido ocurre con los dictadores peruanos que nunca van a derogar formalmente las constituciones de 1933.
En otros casos, las dictaduras castrenses van a intentar una refundación constitucional más ambiciosa. En esa línea, y en 1980, los militares uruguayos llamaron a un plebiscito para reemplazar la Constitución de 1967. Para su sorpresa, el voto NO obtuvo un triunfo rotundo. Los militares brasileros y chilenos, en cambio, se las arreglaron para imponer nuevos textos constitucionales. Es el caso de la Constitución brasileña de 1967 (reformada en 1969) y la de Chile de 1980, ambas consagrando un peculiar tipo de “democracia” tutelada, que –a decir verdad– tiene muy poco de democracia.
Modelo constitucional del Estado de Derecho democrático y ciudadano
Así como la democracia se había perdido en una década, tomó también un decenio para que ella volviera al subcontinente.98 Perú elige democráticamente una Asamblea Constituyente en 1978. Ecuador tiene comicios libres en 1979. En Bolivia se recupera la democracia en 1982. Argentina celebra elecciones en 1983. Uruguay en 1984. Brasil en 1985. Chile, finalmente, volvería a la democracia en marzo de 1990.
En algunos países, la recuperación democrática coincide con la entrada en vigencia de una nueva Carta Fundamental. Es el caso de las constituciones de Ecuador (1978), Perú (1979) y Brasil (1988). En Argentina y Uruguay se opta, más bien, por dejar sin efecto las normas especiales de las juntas militares.
La situación de Chile es especial. Mucho le costó a la coalición democratizadora, Concertación desde 1990 y Nueva Mayoría desde 2013, ir retirando de la Carta Fundamental sus componentes autoritarios. A diferencia de lo que había ocurrido en otros países, las fuerzas que habían dado sustento a la dictadura cívico militar siguen teniendo un grado de poder que les permite retardar las reformas que piden las mayorías. Sin perjuicio de lo anterior, en 2005 se logró eliminar la institución de los senadores designados, terminar con la inamovilidad de los comandantes en jefe y quitar autonomía al Consejo de Seguridad Nacional. No obstante, quedaron pendientes asuntos tales como el sistema electoral, el reconocimiento constitucional de los Pueblos originarios y el sistema de quorum para las leyes. Como lo sabemos, esa reforma de 2005 no logró la legitimación perdurable a que se aspiraba. Y, por eso, Chile ha seguido debatiendo la conveniencia de una Nueva Constitución.
Конец ознакомительного фрагмента.
Текст предоставлен ООО «ЛитРес».
Прочитайте эту книгу целиком, купив полную легальную версию на ЛитРес.
Безопасно оплатить книгу можно банковской картой Visa, MasterCard, Maestro, со счета мобильного телефона, с платежного терминала, в салоне МТС или Связной, через PayPal, WebMoney, Яндекс.Деньги, QIWI Кошелек, бонусными картами или другим удобным Вам способом.