Nuevas letras. Camila de Gamboa Tapias

Nuevas letras - Camila de Gamboa Tapias


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Camila de Gamboa quien abrió esos espacios de libertad para la innovación pedagógica como directora del Área de Teoría Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia. A todos ellos espero haber correspondido con mi empeño modesto pero sincero para que nuestra academia siga siendo una dialéctica de la inspiración y un cultivo de la amistad.

       Verdad en medio de la justicia transicional

      Estudiantes: Ángela Esperanza Vera Castellanos y Valery Espitia Bohórquez

      Fecha: I semestre de 2017

      Este estudio tiene como objetivo abordar la importancia de la verdad en el posconflicto, así como realizar un análisis de los alcances que esta ha tenido en diferentes programas de desmovilización. Esto implica también el conocimiento de un proceso de transición que deje atrás la violencia y que, a su vez, conduzca a la correcta reconciliación entre las partes. Este no es un tema ajeno al derecho, sino todo lo contrario, pues el abogado se enfrenta a un contexto de posconflicto en medio de una justicia transicional y tendrá que verse implicado, todo el tiempo, en la búsqueda de una construcción de verdad.

      La verdad no ha sido un tema muy debatido en la jurisdicción colombiana, a pesar de la importancia que esta acarrea. Sin embargo, en los últimos años se ha constituido como un derecho y elemento clave para la transición al posconflicto, donde se busca, por encima de todo, asegurar el bienestar de la víctima y la totalidad de sus derechos. Pero ¿qué tanto alcance ha tenido y cómo ha llegado a implementarse dentro de la justicia en nuestro país?

      Luego de conflictos armados o represivos, los colombianos tienen derecho a saber la verdad. Así, cabe mencionar la relevancia del derecho internacional en el proceso de justicia transicional en lo que concierne al elemento de verdad, la necesidad y gran importancia de reconocerlo, en especial, a todas las víctimas y supervivientes del conflicto para conocer las circunstancias de su desarrollo, así como las personas que ejecutaron actos violentos.

      Acorde a las consideraciones de Tatiana Rincón en su libro Verdad, justicia y reparación. La justicia de la justicia transicional, el derecho internacional juega un papel fundamental al contener una normativa, jurisprudencia y doctrina abundantes en materia de los principios y estándares que estructuran el derecho a la verdad, los cuales delimitan el núcleo normativo de la justicia transicional en lo que atañe al elemento de verdad.

      De la misma manera, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen que la verdad es un derecho inalienable, cuyos titulares son las víctimas, familiares y, además, los pueblos en relación con los acontecimientos del pasado y su conexidad con los crímenes aberrantes, al igual que las circunstancias y motivos que llevaron a cometerlos (Rincón, 2010, p. 37). Las víctimas, como principales afectadas del conflicto, y sus familiares tienen el derecho a conocer qué sucedió e, igualmente, quiénes fueron los responsables de estos hechos. No obstante, así como las víctimas y sus familiares se ven beneficiados con el conocimiento de la verdad, este también constituye un gran aporte a la sociedad colombiana, ya que el país estará en la capacidad de prevenir todos estos acontecimientos pasados en un futuro.

      Según Rincón, “la garantía del derecho a la verdad invoca expresamente el derecho a la verdad en aras de garantizar el derecho a la justicia”, es decir, la búsqueda de garantías del derecho a la verdad se logra también a través del derecho a la justicia (Rincón, 2010, p. 37). Esto debido a que, en las violaciones, la protección, respeto y garantía del derecho a la verdad requieren —al igual que el derecho a la justicia— de unos esfuerzos particulares. Pero ¿qué entendemos por derecho a la verdad? El derecho a la verdad consiste en saber, sin limitaciones, qué ocurrió. Es decir, no se trata solo de tener conocimiento de los episodios sufridos por las víctimas, sino de profundizar en sus bases el contexto en que este se presentó y en el cual se ha hecho posible, pues solo así podremos analizar el conflicto y sus causas como un todo, de modo que haya una construcción de verdad en su integridad.

      Como ya fue mencionado, el Estado se encuentra en el deber de recordar y mostrar las respectivas pruebas de las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Además, las medidas bajo las cuales está obligado a cumplir deben encaminarse a preservar del olvido una ‘memoria colectiva’, evitando que surjan tesis negacionistas. Sin embargo, sabemos que la verdad de las víctimas es extremamente vulnerable, debido a que, además de enfrentarse a los silencios derivados del miedo o la muerte de las víctimas sobrevivientes como testigos morales de los hechos, entre otras, puede ser negada no solo por quienes cometieron esos actos, sino también por los que cuentan con la posibilidad y el poder de revisar la historia (Rincón, 2010, p. 54).

      Las memorias, relatos y verdades en una sociedad como la colombiana, que ha vivido innumerables violaciones de derechos humanos, obligan a tener un especial cuidado con la protección de las pruebas que sustentan la verdad de las víctimas. Al respecto, Rincón afirma que debemos entender la verdad a partir de dos dimensiones: verdad factual o relato de lo que ocurrió, y verdad moral, es decir, una narración que busca explicar el porqué de lo ocurrido, así como un juicio crítico de los hechos (Rincón, 2010, p. 55). En consecuencia, proteger y ejercer el derecho a la verdad implica un medio de reparación, y así, este, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, da lugar a una justa expectativa de las víctimas que el Estado debe satisfacer.

      Colombia ha sido un país muy dividido en cuanto a cómo se percibe la realidad. Suele creerse que es más ‘justa’ una pena que condene durante 60 años a aquellos que han cometido delitos, que fueron (o son) delincuentes, que afectaron el orden social y que llegaron a lastimar a la población civil. Aun así, esta generalidad no se aplica siempre, como es el caso de los paramilitares. Si bien los crímenes cometidos por cada uno de los bandos han sido violaciones a los derechos humanos, ningún grupo en el país ha sido, en gran mayoría, aceptado socialmente y, además, ha tenido tanta impunidad como los paramilitares.


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