Deber precontractual de información. Catalina Salgado
rel="nofollow" href="#ulink_cec7883f-f969-5744-9817-4fe712e23c36">(a) La relevancia de la posición de las partes en el proceso de celebración del contrato y la “causa” del Edicto de los Ediles Curules: entre la imposición de deberes de información para reprimir el engaño y el reconocimiento del interés del comprador en la dimensión funcional del objeto de la ‘operación negocial’
(i) La justificación de una responsabilidad objetiva del vendedor: el ‘poder saber’
(ii) La posición del comprador y el límite del deber de informar: la evidencia del vicio
(i) Tipicidad y relevancia concreta del interés del comprador
b.2. Información y “lucrum” para la contraparte
b.2.1. Circunstancias propias: información sobre la propia prestación. ¿el mejor uso?
2. Fuentes jurídicas indirectas: noticias en el libro III del De officiis de Cicerón
a. Cicerón. De officiis y los casos romanos
(1) Cic. De off. 3.16.65. La responsabilidad por “vitia” en la ley de las XII Tablas y el desarrollo jurisprudencial hacia una “poena reticentiae”: el caso de la compraventa de bienes inmuebles
(ii) Una particular lectura de B. Albanese: ¿un deber en las XII Tablas de declarar los “vitia”?
(c) ¿Irrelevancia de un comportamiento presuroso de la contraparte?
b. Cicerón. De officiis y los casos hipotéticos
(i) Cic. De off. 3.12.51-52. Las respuesta de Antípatro y el interés del comprador
(ii) La respuesta de Diógenes y el interés del vendedor
(b) La respuesta de Diógenes y su cercanía al estado del “ius civile”