El dulce reato de la música. Alejandro Vera Aguilera
dobles (o «dobles menores»); 4) dobles mayores; 5) dobles de segunda clase; y 6) dobles de primera clase (las más solemnes).150 Según la Enciclopedia católica, la cantidad de fiestas prescritas en el breviario de 1631 -sin incluir las fiestas simples- era de 186, mientras que en el de 1882 era de 275, lo que denota un significativo aumento.151 Aun sin conocer los datos específicos para el siglo XVIII, esto implicaría que la capilla musical debía asistir a unas doscientas fiestas al año de los tipos 2 a 6, más un número no determinado de fiestas «simples» (tipo 1); a lo que habría que agregar las salves de los sábados (unas cincuenta y una asistencias más al año) y, en el caso del sochantre y el organista, algunas misas por capellanías. Difícilmente esto puede haber sido así. Hemos visto que uno de los principales problemas de la catedral era que sus músicos y capellanes prestaban regularmente servicios fuera de ella, a causa de su bajo sueldo.
En cuanto a los «días clásicos», no he podido encontrar su significado en el Diccionario de la RAE -pese a que ofrece información sobre las fiestas eclesiásticas y sus diferentes categorías- ni otras fuentes de la época. Creo que la explicación es que la expresión «días de fiesta y clásicos» designa una misma cosa: los días de fiestas de primera y segunda clase. Al menos dos testimonios apoyan esta hipótesis. En su Breve práctica de las ceremonias de la missa rezada (1701), refiriéndose a la costumbre de venerar a la Virgen María los sábados, Teodosio de Herrera y Bonilla establece una diferencia entre fiestas dobles de dos tipos: comunes y clásicas.
[...] se acostumbra comúnmente, en casi todas las iglesias de España, así de seculares como de regulares, cantar su misa votiva solemnemente el sábado por la mañana, aunque ocurra alguna fiesta doble, con esta diferencia: que en unas iglesias se dice solamente en los dobles comunes, y en otras se canta también aunque ocurra alguna fiesta clásica, como se hace en la Santa Iglesia Metropolitana y en muchas parroquias de Valencia.152
Más adelante, el autor retoma esta distinción, pero con términos más precisos, al afirmar que «la misa de Nuestra Señora se puede cantar no solamente en las fiestas dobles comunes, sino también en las fiestas solemnes de primera y segunda clase [...]».153
Ahora bien, en un ceremonial anterior (1635), tras haberse explicado las fiestas dobles de primera y segunda clase, se definen las fiestas dobles comunes en los siguientes términos: «Dobles comunes son las demás fiestas que en el calendario tienen esta palabra dúplex, y las que en algunas iglesias, lugares, religiones, comunidades o cofradías acostumbran celebrarse como dobles, no siendo de 1. o 2. clase. De estos dobles comunes unos son mayores [...]; los demás son dobles menores [...]».154
Como puede verse, la expresión «dobles comunes» designa en estos textos las fiestas dobles menores y mayores -es decir, las categorías 3 y 4 de la clasificación según la solemnidad del oficio apuntada más arriba- mientras que la expresión «fiesta clásica» empleada por Bonilla se refiere sin duda a las fiestas dobles de primera y segunda clase -las categorías 5 y 6 de dicha clasificación-. Por tanto, es muy probable que la expresión «días de fiesta y clásicos» empleada por el obispo Rojas en 1721 efectivamente haga referencia a estas últimas.
En tal caso, la situación era diferente: en el breviario de 1631 se prescriben diecinueve fiestas dobles de primera clase y veintiocho de segunda clase (cuarenta y siete en total), cifras muy similares al de 1882, en el que solo se incrementan las de primera clase a veintiuna (cuarenta y nueve en total). Si esta interpretación es correcta, y aun considerando que cada diócesis podía agregar algunas fiestas propias de su localidad, el número de fiestas regulares a las que la capilla musical debía asistir cada año ascendería aproximadamente a cincuenta, además de los cincuenta y un sábados al año en los que debía interpretar la salve. Esta cifra resulta más coherente con la información presentada en los apartados anteriores, pues dejaría a los músicos tiempo suficiente para prestar servicios fuera de la institución.
Los documentos catedralicios no vuelven a hacer mención a las obligaciones de los músicos hasta el acuerdo de 1770, en el que se establece que el maestro de capilla debe acudir «todos los días de fiesta a la misa mayor, y a la de Nuestro Amo los jueves, Salve y demás funciones [...]». Si bien en este caso no se utiliza el adjetivo «clásicos» ni otro alguno para precisar los tipos de fiesta, pienso que el sentido debe haber sido el mismo de 1721, es decir, que el maestro de capilla debía prestar servicios en la misa mayor solo durante las fiestas dobles de primera y segunda clase, no en todas las fiestas del año. Podría objetarse que si el acuerdo de 1770 implicaba un incremento en su sueldo de cincuenta y ocho pesos, lo lógico era que le impusiera alguna obligación adicional; pero, considerando que este aumento procedía en gran medida de la capellanía de Salcedo, dicha obligación era la de acudir a la misa de los jueves, que no aparecía en las disposiciones de 1721 e implicaba, aproximadamente, cincuenta y un días adicionales de asistencia cada año.
Finalmente, la reforma de 1788, que conllevó otro aumento sustancial de sueldos, estableció que los músicos debían asistir «los miércoles y jueves de cada semana a la misa de Nuestro Amo, y a la Conventual», aparte de «los demás días que son obligados». Considerando que la asistencia a la misa de los jueves ya había sido prescrita en 1770, la única obligación adicional que esta reforma implicó fue la de asistir los miércoles a la misa mayor (o conventual) -otros cincuenta y un días más cada año, aproximadamente.
En síntesis, durante los primeros años de su existencia la capilla musical debía acudir a las fiestas dobles de primera y segunda clase, y los sábados a la salve, es decir, unos cien servicios aproximados al año; pero a fines del siglo XVIII esta cifra se había duplicado, pues, además de las ocasiones señaladas, debía concurrir los miércoles a la misa mayor y los jueves a la misa del Santísimo Sacramento. Si bien estas cifras pudieron ser algo inferiores, dado que algunas celebraciones podían superponerse unas con otras, puede concluirse que la capilla catedralicia había pasado de prestar servicio de un modo ocasional a otro regular, aunque no permanente, ya que aún dejaba tiempo a los músicos para realizar otras labores, fuera de la institución. La pregunta por cómo se condecía esto con los tres meses de «recle» que tenía el maestro de capilla resulta difícil de contestar: es posible que fuese reemplazado por el primer sochantre o el organista, como también que dichos meses de vacaciones no fuesen seguidos, sino distribuidos a lo largo del año.
Sea como fuere, estas obligaciones eran inferiores a las de otras capillas catedralicias de la América colonial. Según Javier Marín, a mediados del siglo XVIII la capilla musical de la catedral de México -probablemente la más importante del Nuevo Mundo- debía asistir a 275 cultos ordinarios cada año, a los que se sumaban aproximadamente cincuenta por capellanías («aniversarios»), para un total de más de 325 asistencias anuales. En otras palabras, «raro era el día que los músicos de la Catedral no tenían que participar en algún culto catedralicio, ya fuera ordinario o de aniversario».155 En el caso de Lima, los datos proporcionados por Sas son insuficientes para realizar estimaciones precisas, pero sus obligaciones debieron ser muy demandantes, ya que en 1809 se autorizó al maestro de capilla a dividir a los músicos y cantores en dos coros, para que se alternaran por semanas los días de segunda clase y fiestas menores, así como en las salves de los sábados.156 Bernardo Illari, por su parte, afirma que a fines del siglo XVIII el número de servicios a los que los cantores de la catedral de La Plata debían asistir era aproximadamente de quinientos al año,157 algunos de los cuales tenían lugar en un mismo día; aun considerando que la obligación de los instrumentistas era muy inferior (solo setenta y cinco servicios por año), la asistencia de los cantores superaba largamente la de la capilla musical santiaguina.
De esta forma, si en una catedral principal como la de México la polifonía formaba parte de la cotidianeidad, en una menor o «periférica» como la de Santiago era un suceso más esporádico. Esta constatación se aplica especialmente a las décadas que siguieron a la creación de la capilla musical en 1721, cuando esta asistía a no más de cien cultos al año, por lo que el «canto de órgano» o «figurado» debió constituir un bien escaso para la institución.158 Pero esta presencia más restringida no implica que fuera menos importante. Al contrario, justamente por su relativa escasez, la música polifónica debió tener un sentido