Manual de gestión y administración educativa. Hermel Santiago Peinado

Manual de gestión y administración educativa - Hermel Santiago Peinado


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Materiales de apoyo. Didácticos, ayudas educativas y audiovisuales.

      3.8.9.3. Recursos bibliográficos, técnicos y tecnológicos.

      3.8.9.4. Laboratorio y equipos.

      3.8.9.5. Lugares de práctica.

      3.8.9.6. Convenios docencia servicio cuando se requieran.

      3.8.10. Personal de formadores requeridos para el desarrollo del programa. Número, dedicación, niveles de formación o certificación de las competencias laborales.

      3.8.11. Reglamento de estudiantes y de formadores.

      3.8.12. Financiación. Presupuesto de ingresos y egresos de recursos financieros, que permita el adecuado funcionamiento del programa durante la vigencia del registro.

      3.8.13. Infraestructura. Comprende las características de los recursos físicos y tecnológicos de los que se disponga para el desarrollo del programa, que tengan en cuenta el número de estudiantes y la metodología.

       Decreto 1860 de agosto 3 de 1994

      Artículo 46 Infraestructura Escolar. Los establecimientos educativos que presten el servicio público de educación por niveles y grados, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional, deberán contar con las áreas físicas y dotaciones apropiadas para el cumplimiento de las funciones administrativas y docentes, según los requisitos mínimos que establezca el Ministerio de Educación Nacional; entre estas deberán incluirse:

       •Biblioteca, de acuerdo con lo definido en el Artículo 42 del presente Decreto.

       •Espacios suficientes para el desarrollo de las actividades artísticas, culturales y de ejecución de los proyectos pedagógicos.

       •Áreas físicas de experimentación, dotadas con materiales y equipos de laboratorio, procesadores de datos, equipos o herramientas para la ejecución de proyectos pedagógicos, ayudas audiovisuales y similares.

       •Espacios suficientes para el desarrollo de los programas de educación física y deportes, así como los implementos de uso común para las prácticas.

      Ambiente pedagógico es un lugar o conjunto de lugares, estrictamente ligados, en que se suceden diferentes relaciones interpersonales y se llevan a cabo actividades pedagógicas o complementarias a estas.

      Tanto el ambiente natural y construido, como las actividades y relaciones personales que en él se suceden, tienen una dimensión formativa. La ciudad, el vecindario, la calle, el sitio de trabajo, como las instalaciones, los teatros, las casas de cultura, lo parques, entre otros, más específicamente las escuelas, son escenarios que condicionan y desarrollan procesos educativos. (5)

      El proceso educativo se basa en los medios pedagógicos intencionados, los currículos, las metodologías, los medios didácticos, los criterios de evaluación, y otros que juegan un papel preponderante en la acción educativa, tal es el caso de los espacios físicos institucionales en donde se desarrollan la mayoría de las actividades escolares.

      Los ambientes escolares involucran, por tanto, no sólo los espacios físicos, los medios didácticos y técnicos, sino también las relaciones entre los actores del proceso educativo y las de estos con el medio, y ponen de presente la relación estrecha de la Pedagogía y la Arquitectura, la Ingeniería y el Diseño, para que, a partir de los requerimientos de la primera, se construyan espacios que faciliten la acción educativa y que dignifiquen al hombre.

      La institución educativa debe ofrecer todo tipo de ambiente en sus diferentes procesos pedagógicos. De acuerdo a la intensidad, éstos pueden ser básicos y complementarios; en los ambientes pedagógicos básicos se tienen:

       •Tipo A: aulas de clase.

       •Tipo B: sala de informática, biblioteca y sala de audiovisuales, para procesos de auto-aprendizaje.

       •Tipo C: aulas especializadas, laboratorios, aulas de tecnología, talleres de artes plásticas, y otros talleres.

       •Tipo D: espacios para recreación y desarrollo físico, canchas, gimnasios.

       •Tipo E: corredores, áreas libres y muros.

       •Tipo F: teatros, aulas múltiples y salas de música.

      En los ambientes pedagógicos complementarios se desarrollan los procesos de administración y gestión, tales como la Rectoría, la Secretaría, la Coordinación, la Orientación y la Pagaduría, y los procesos de bienestar como restaurante, cafetería, primeros auxilios, transporte, etc.

      El tipo y la cantidad de ambientes pedagógicos requeridos por los establecimientos educativos, varía según el Proyecto Educativo Institucional, los servicios educativos ofrecidos, la administración del tiempo y el espacio escolar, así como la cantidad de alumnos matriculados, factores determinantes a la hora de definir los programas según los espacios y las áreas de las instituciones escolares (Norma Técnica Colombiana - NTC 4595).

      Todos los espacios pedagógicos deben cumplir con condiciones de área, accesibilidad, comodidad y seguridad.

      Accesibilidad: las condiciones sobre acceso básico pueden resumirse en: puertas circulares, áreas libres y espacios interiores, con sus características, configuración y ubicación. Deben contar en todo caso con la señalización respectiva contemplada en la NTC 4595 (numeral 5).

      Comodidad: condiciones de comodidad visual, comodidad térmica y comodidad auditiva (NTC 4595 numeral 7).

      Comodidad visual: visibilidad apropiada en las diferentes actividades propuestas en el PEI, hace énfasis en la provisión de luz natural, contempla la cantidad, calidad y disposiciones al respecto.

      Comodidad térmica: condiciones ambientales para garantizar un número máximo de usuarios, hace énfasis en el acondicionamiento técnico de ventilación y radiación solar.

      Comodidad auditiva: condiciones ambientales para garantizar un condicionamiento acústico apropiado en los distintos espacios generados por el PEI; enfatiza en la adecuación sonora.

      Seguridad: se organiza en cinco grupos: cálculo, diseño y construcción de estructuras (NSR-98), medios de evaluación, prevención de riesgos por uso de instalaciones, prevención de actos vandálicos, y aseo (NTC 4595 numeral 8).

      La Ley 400 de 1997 clasifica los usos de las edificaciones, así:

      Grupos de uso para construcciones:

      Grupo IV: Edificaciones indispensables, aquellas de atención a la comunidad que deben funcionar durante y después del sismo (hospitales, clínicas, centrales telefónicas, radiodifusoras, plantas de energía eléctrica, de tratamiento de agua).

      Grupo III: Edificaciones de atención a la comunidad, son las edificaciones, y sus accesos, que son indispensables para atender la emergencia (estaciones de bomberos, defensa civil, fuerzas armadas, oficinas de prevención de desastres, garajes de vehículos de emergencia).

      Grupo II: Estructuras de ocupación especial como guarderías, escuelas, colegios y universidades; almacenes y centros comerciales con más de 500 m2 por piso.

      Grupo I: Todas


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