Manual de informática forense. Luis Enrique Arellano González
potestades matriculantes sobre las ciencias informáticas, matriculan indistintamente ingenieros, licenciados y analistas de sistemas, llegando a incluir estudiantes secundarios egresados de escuelas técnicas. Por supuesto, previo pago del arancel correspondiente que los acredita como peritos para actuar ante el Poder Judicial.
A partir de la Especialización en Medicina, que actualmente es obligatoria para cualquier profesional del área que pretenda ejercer, se separan la pediatría, la cirugía, la medicina interna, la psiquiatría y en lo que nos interesa la Medicina Legal. En contrapartida la Informática se encuentra aún en la etapa anterior. Si bien aparecen especializaciones y maestrías en Seguridad Informática, ninguno de ellos se orienta hacia la Informática Forense, al menos en nuestro país y a la fecha.
Disciplinas Informáticas: Considerando como disciplina principal a la Informática (14) y como partes de la misma, necesarias pero no suficientes, a la Computación y los Sistemas de Información, podemos subdividir sus especializaciones principales en:
Computación.
– Equipos informáticos.
– Métodos de cómputo.
– Servicios de generación, almacenamiento, procesamiento y análisis estadístico de datos.
– Herramientas de apoyo (oficina virtual, soporte a la decisión).
Sistemas de información.
– Análisis y diseño de sistemas de información.
– Programación.
– Gestión de sistemas operativos.
– Gestión de Aplicaciones.
– Gestión de Bases de Datos.
Redes de Datos.
– Diseño e implementación de redes:
– De área Local (LAN).
– De área Metropolitana (MAN).
– De área Amplia (WAN).
– Gestión de operaciones y servicios remotos (Internet, transferencia de activos, comercio electrónico “E-commerce”).
– Aplicaciones interactivas de comunicaciones (Correo Electrónico “E-mail”, conversación en línea “chat”, videoconferencia).
– Aplicaciones educativas (Educación no presencial, local y/o a distancia, “E-learning”).
Seguridad Informática.
– Protección de activos informáticos.
– Auditoría Informática.
– Ingeniería Inversa (Técnica y social).
– Guerra Informática (“Warfare”).
– Informática Forense.
En este último caso, se trata de una especialización crítica, ya que es transdisciplinaria en por lo menos dos sentidos principales:
En sentido intrínseco porque abarca métodos y técnicas de todas las otras divisiones de la Informática (desde la simulación y análisis de redes físicas o virtuales, hasta la ingeniería inversa).
En sentido extrínseco, complementa, suplementa y se nutre de diversas áreas del Derecho y de la Criminalística.
Retomando nuestra definición: Se denomina Informática Forense al conjunto multidisciplinario de teorías, técnicas y métodos de análisis, que brindan soporte conceptual y procedimental, a la investigación de la prueba indiciaria informática. Desde esta delimitación podemos distinguirla del resto de las especialidades informáticas:
La Informática Forense y la auditoría informática o contable: Al respecto, esta última tiene fines de supervisión sobre la gestión de los activos informáticos de una persona física o jurídica, aunque en general se refiere a esta última en el formato de empresas de muy diversa índole. Si bien la informática forense actúa en soporte de dicha auditoría, ésta trasciende a la primera, ya que las herramientas informático forenses brindarán los elementos necesarios para su ejecución práctica, pero no aportarán datos referidos a la legalidad o legitimidad de los resultados obtenidos. Quien informa sobre los resultados de la auditoría es el auditor, cualquiera fuere su nivel de representatividad legal, mientras que la Informática Forense le brinda la capacidad técnica para realizar el análisis de los activos informáticos y sus relaciones, exclusivamente.
La Informática Forense, como instrumento de análisis de la realidad: Por su propia naturaleza, la Informática Forense tiende a generar un modelo de comportamiento racional con soporte científico, tecnológico y técnico respecto de la prueba indiciaria disponible en un determinado lugar. Este modelo de comportamiento, incluyendo sus consideraciones sociales, criminológicas y criminalísticas, instrumentado por medios idóneos, como, por ejemplo, la realidad virtual, se constituye en una auténtica reconstrucción del hecho virtual. De ahí que su utilidad se expanda más allá del ámbito jurídico y judicial. Es una forma particular y específica de analizar, reconstruir y modelar la realidad. (15) En definitiva puede ser utilizada en toda circunstancia que lo requiera, tanto en los distintos fueros judiciales, como en la labor diaria de organismos oficiales y privados y hasta en ámbito particular propio de una persona determinada y su grupo de pertenencia.
13. Que incluye la formación específica en Criminalística para actuar de manera transdisciplinaria y mancomunada con los restantes expertos de las Ciencias Forenses y formación específica en Derecho Procesal para evitar los errores procesales que pudieran anular a ésta a los fines judiciales.
14. Si bien esta concepción es una visión particular de los autores, sumamente discutible y discutida, las razones para adoptarla no parecen ser caprichosas: el siglo XXI es llamado el siglo de la información, la herramienta de análisis de información es la Informática, si bien los sistemas de información constituyen el modelo clasificatorio y operacional más vigente, son una forma de interactuar con los mismos, pero no la única. De la misma manera, la computación es la herramienta en uso y en boga desde fines del siglo pasado, se integra en la sociedad de la misma forma en que lo hizo el fuego, la rueda, la imprenta o el bolígrafo. Pero ambas componentes integradas no son suficientes para brindar solución a la totalidad de los problemas que la gestión de información genera. De ahí su importancia radical para nuestra visión específica, dejamos librado al lector la aceptación o descarte de ésta.
15. Requiere de la participación activa de un experto en la materia. Esa posibilidad implica la necesidad de exigir un perfil muy especial al profesional que la desempeña. Debe evidenciar las características de inteligencia racional y memoria procedimental que distinguen al criminalista en general y a este tipo de peritos en particular. Al respecto es conveniente recordar que la inteligencia (según la obra de L. Campbell, B. Campbell y D. Dickenson, Inteligencias Múltiples, Editorial Troquel, Buenos Aires, Argentina, 2000), tiene distintas formas de evidenciarse: verbal-lingüística, lógico-matemática, cinestésica, visual-espacial, musical, interpersonal, intrapersonal y naturalista. En cuanto a la memoria (según Francis Eustache y Beatrice Desgranges, Hacia un modelo unificado de la memoria, Mente y Cerebro 43/2010, pp. 48 y ss.) también puede dividirse en: episódica, semántica, perceptiva, operativa y procedimental. Aunque sería ideal contar con la suma de las inteligencias y las memorias, eso es imposible para un ser humano, de ahí la necesidad de suplir por medios tecnológicos las deficiencias naturales de cada profesional que desempeña la labor pericial.
CAPÍTULO 5
IMPLANTACIÓN JUDICIAL
Es necesario tener en cuenta que la prueba procesal no implica necesariamente la comprobación de la verdad material