La inquisición española. Miguel Jiménez Monteserín
en tal credo. Por eso, la vieja Inquisición medieval, convenientemente remozada y convertida en un organismo de gobierno a la altura de cuantos en aquel momento caracterizaban la implantación de la moderna monarquía burocrática, iba a servir a los Reyes Católicos de adecuado complemento a sus reformas e invenciones administrativas. La intolerancia, sustento en lo venidero del orden político europeo, se instalaba precoz en España como garantía de un Estado no menos tempranamente modernizado. La empresa de unificación política y pleno ejercicio de su soberanía a que aspiraron Fernando e Isabel les obligó a no regatear esfuerzos para lograr tal objetivo. El equilibrio de fuerzas políticas y sociales se había ido modificando y por ello se apresuraron estos monarcas a formular su iniciativa reclamando del papa que un tribunal de la fe, directamente organizado por ellos y actuando en la práctica casi al margen de la jerarquía episcopal, procediese contra los herejes y falsos cristianos de sus reinos. Y no buscaron tan sólo lograr la unidad de creencia entre sus súbditos, ni promovieron una política antijudaica presuntamente racista. Era sobre todo un asunto que miraba tanto a la salvaguarda del orden público, establecido ya el principio por el derecho común, como a la cohesión de un Estado que buscaba afianzarse sometiendo cuantas divergencias estuviesen al alcance de sus medios de acción. Si no había sido posible, mediante una catequesis y una pastoral harto negligentes, persuadir antes a los cristianos nuevos de judíos, de cara a los nuevos disidentes sobrevenidos: luteranos, mahometanos ocultos, cristianos viejos vacilantes o críticos ilustrados radicales por fin, resultaría después preciso y urgente imponer por el miedo la adhesión plena, pública y privada, a la confesión católica por la vía de la implacable sanción penal decidida por un tribunal eclesiástico y ejecutada por quienes ejercían la autoridad regia.
El Santo Oficio, una vez unificada su jurisdicción y extendida a todo el territorio peninsular bajo el directo control monárquico, se convirtió en un instrumento de poder de alcance jurisdiccional universal en virtud del indiscutible carácter religioso de que estaba dotado. Éste le permitiría desconocer cualesquiera privilegios, exenciones o libertades, de carácter personal o territorial, opuestas a la política autoritaria que los reyes pretendían llevar a cabo. Si el ataque a la ortodoxia hacía sospechoso al reo de tal delito de hallarse en desacuerdo con unos soberanos que gobernaban en nombre de Dios, era muy arriesgado para aquéllos dejar exclusivamente en manos de eclesiásticos, supeditados al papa, la iniciativa de la lucha contra el error teológico pertinaz. El tribunal, formalmente religioso en cuanto a sus componentes, normativa y materias de competencia propias, funcionaba sin discusión gracias al apoyo que le prestaba la Corona y, en muchas ocasiones, como instrumento, además, puesto al servicio de las precisas directrices emanadas de ella. Por eso no ha de extrañarnos que la Inquisición hubiese de luchar en sus comienzos en dos frentes: aquel que propiamente le correspondía persiguiendo a los disidentes y el de la oposición presentada por los señores jurisdiccionales y determinadas regiones de personalidad definida, ante lo que a todas luces mostraba ser un designio con que reforzar el creciente poder regio.
El Santo Oficio fue luego amoldándose en su actuación a las distintas coyunturas históricas por las que atravesó la Monarquía Católica, así en su devenir interno, como en la proyección política exterior. Fueron diversificándose así los objetivos heterodoxos y a los apóstatas judaizantes de la primera hora sucederían los cristianos viejos desinformados y vacilantes, cuando la ofensiva luterana obligó a depurar con rigor la creencia y el comportamiento de los católicos en toda Europa. Los mal asimilados descendientes de los musulmanes vencidos, sublevados y desterrados, fueron perseguidos por el Santo Oficio antes de ser definitivamente expulsados del ámbito de la Monarquía Hispana. Los clérigos indisciplinados, los supersticiosos, los hombres y mujeres de espiritualidad desautorizada o cómplice con desahogos menos santos, los espíritus críticos hacia los postulados teológicos opuestos a las novedades científicas o políticas durante el Setecientos, los liberales al fin, fueron objeto de persecución y castigo diversos, vistos cada uno en suma como la reiterada encarnación de la rebeldía y la soberbia puestas de manifiesto ante Dios por sus criaturas humanas desde el comienzo de los tiempos a instigación del ángel caído en un combate sin tregua por arrastrarlas con él a la hondura de su abismo.
1.1. DE LA SANTA FE CATÓLICA
De la Santa Trinidad e de la fe Católica.2
Comenzamiento de las leyes, también de las temporales como de las spirituales es esto: que todo Christiano crea firmemente, que es un solo verdadero Dios, que non ha comienço ni fin, ni ha en sí medida, ni mandamiento, e es poderoso sobre todas las cosas, e seso de ome non puede entender ni fablar dél cumplidamente, Padre e Fijo e Spíritu Santo, tres personas e una cosa simple, sin departimiento, que es Dios Padre, non fecho ni engendrado de otro. E el fijo, engendrado del Padre tan solamente. El Spíritu Santo saliente de ambos a dos: todos tres de una substancia e de una egualdad e de un poder durables en uno para siempre. E como quier que cada una destas tres personas es Dios, pero non son tres dioses mas un Dios. E otrosí, como quier que Dios es uno, no se quita por ende que las personas non sean tres. E este es comienço de todas las cosas spirituales e corporales, también de las que parescen, como de las que non parescen. E quanto en sí, todas las cosas fizo buenas, mas cayeron algunas en yerro, las unas por sí, ansí como el Diablo, e las otras por consejo de otro, ansí como el ome que pecó por consejo del Diablo. E esta Santa Trinidad que es Padre e Fijo e Spíritu Santo, e un Dios. Como quier que diese a los omes, por Moysén e por los Prophetas e por los otros Santos Padres, enseñamiento para bevir por ley, en cabo, envió su fijo en este mundo que recibió carne de la Virgen Santa María. E fue concebido de Spíritu Santo e nascido della ome verdadero e compuesto de alma razonable e de carne e verdadero Dios. E este es nuestro Señor Iesu Christo, que según la natura de la Deidad es durable para siempre. E según la humanidad, cuanto en ser ome, fue mortal. Este nos mostró manifiestamente la carrera derecha de salvación. E por salvar el linage de los omes, recibió muerte y pasión en la cruz. E descendió a los infiernos en alma, e resuscitó al tercero día, e subió a los cielos en cuerpo e en alma, e ha de venir en la fin del siglo a judgar los bivos e los muertos por dar a cada uno lo que meresció: a cuya venida han todos de resuscitar en cuerpos e en almas en aquellos mismos que antes havían, e recebir juyzio (según las obras que fizieron) del bien e del mal. E habrán los buenos gloria sin fin, e los malos pena para siempre.
Otrosí tenemos e creemos firmemente una santa Eglesia general en que se salvan todos los Christianos, e fuera della non se salva ninguno: en la qual facen el sacrificio del cuerpo e de la sangre de Iesu Christo nuestro redemptor en semejanza de pan e de vino. E este sacrificio no lo puede facer otro sino aquel que fuere ordenado para ello en Santa Eglesia. E otrosí creemos firmemente, que también los niños, como los mayores que recibieren baptismo, segund la forma de Santa Eglesia, se salvan por ellos, e si después del baptismo pecaren, pueden se toda vía salvar, enmendando el pecado con verdadera penitencia. E esta es la verdadera creencia en que yazen los artículos de la Santa fe Católica que todo Christiano debe creer e guardar. E quien ansí non lo creyere, non puede ser salvo. Onde mandamos firmemente que la guarden e la crean todos los de nuestro señorío, así como dicho es, e segund la guarda e cree la santa Eglesia de Roma. E cualquier Christiano que de otra guisa creyese o contra esto fiziese, debe haber pena de hereje. Más, porque los sacramentos e los artículos son para guardar esta creencia e tenerla complidamente, porque son como pilares de la fe, ca sobre ellos está toda puesta: por ende, ha menester que, pues de la fe fablamos, que fablemos luego aquí de los artículos, e mostrar qué cosa son e cómo deven ser guardados.
Ley I ¿Qué cosa son artículos?
Artículos son dichos, razones ciertas e verdaderas, que los Apóstoles ordenaron en pusieron en la fe, por la gracia del Spíritu Santo, que nuestro Señor Iesu Christo embió en ellos. E estos artículos todo christiano los deve saber e creer e guardar verdaderamente, para aver la creencia de Iesu Christo complida e salvarse por ella. E destas razones fue fecho el Credo in Deum, a que llaman en latín Symbolum, que quiere tanto dezir como bocados.3 E esto es porque cada uno de los Apóstoles por sí dixo su palabra cierta, como creýan; e ayuntadas todas en uno, es y toda la creencia complida. E lo que cada uno dixo es esto. Sant Pedro dixo: Creo en Dios Padre poderoso, criador del cielo e de la tierra. Sant Juan dixo: E en Iesu Christo, su fijo uno, que es nuestro Señor. Santiago,