Multitrauma y maltrato infantil: evaluación e intervención. Miguel Eduardo Barrios Acosta
potestad en todos los puntos anteriores, la corte debe tener en cuenta previamente la seguridad del niño, el mejor lugar de vivienda en términos del mejor crecimiento y desarrollo del niño. Esas consideraciones incluyen cualquiera de las siguientes:
• La habilidad del otro padre para proveer las necesidades que se han visto afectadas por las capacidades o enfermedades mentales o por la pérdida de la libertad del padre abusador.
• Si el niño que ha sido puesto en una familia sustituta dentro de la familia extensa, sea por orden de la corte o por voluntad de la propia familia, se ha integrado a dicha familia, de tal modo que ahora se identifica como parte de ella y también dicho grupo familiar desea y está en condiciones de integrar permanentemente al niño. Esto se cumple si:
• Existe un testimonio o una prueba escrita de que el padre adoptivo de la familia extensa u otro individuo con quien el niño ha sido ubicado con fines preadoptivos tiene la facultad para establecer dicho compromiso dentro de la corte.
• La corte no necesita terminar la relación entre el padre y el hijo si encuentra uno de los siguientes:
• Un pariente tiene la custodia legal del niño.
• El niño tiene más de 10 años y se opone a la terminación de la relación.
• Existe una evidencia contundente de que la terminación de la relación entre el padre y el hijo causará deterioro en el desarrollo del niño por el vínculo previo establecido.
• Es necesaria la ubicación del niño en un hospital o institución de cuidado y tratamiento y la continuación de la relación entre el padre y el hijo no se considera dañina.
• La ausencia del padre es debida a la necesidad de estar hospitalizado o pasar mucho tiempo en instituciones de cuidado y hospitales o por el cumplimiento del servicio activo en las fuerzas armadas.
En Colombia, los defensores de familia establecen la pérdida de la patria potestad mediante una resolución declaratoria de adoptabilidad (ICBF, s.f.). Como sucede con las CINA, existen muchas coincidencias entre ambos códigos, aunque las precisiones presentes en el Código de Iowa pueden ser útiles. Hay también algunas diferencias, por ejemplo, la posibilidad —en las situaciones especificadas anteriormente— de que los padres biológicos que han perdido la patria potestad pueden mantener comunicación con sus hijos. Esa eventualidad no existe en el código colombiano, ya que el Código del Menor de 1989, que se ratificó en la Ley 1098 de 2006, establece la medida de adopción plena, la cual impide toda clase de vínculo con la familia de sangre. Otra posibilidad importante, a juicio del autor, es la rigurosidad relacionada con la secuencia, los tiempos y los procesos formales dentro de la corte (evaluación, esfuerzos razonables, retiro, adjudicación, disposición, revisión, permanencia, terminación de la patria potestad, apelación y declaración de adoptabilidad) que se deben cumplir en el Estado de Iowa antes de la declaratoria de adoptabilidad (Iowa Code, s.f.).
Hasta este momento, la descripción del desarrollo de los programas de intervención del MI ha abordado inicialmente el papel del sector de la salud y subsecuentemente la participación de la justicia. También, se ha comentado que la protección integral del niño es el primer y más importante reto dentro del manejo de esta problemática. Por lo anterior, el sector y los equipos de protección son los líderes de los equipos y del proceso de intervención.
La prevalencia de los subtipos de maltrato infantil establece que la negligencia es el más frecuente (62 %), seguido por el maltrato físico (14 %), el abuso sexual (7 %), el maltrato emocional (7 %) y otros subtipos (10 %) (Loiselle y Daly, 2015). De esta manera, la negligencia es el reto más frecuente que enfrentan los equipos de protección infantil.
Como se presentó en el primer apartado del capítulo, históricamente ha existido una estrecha relación entre el MI y la pobreza y hoy en día esta se considera como un factor de riesgo para el MI. En concreto, hay un incremento del riesgo para todos los subtipos de maltrato con la pobreza (Bellis et al., 2014), pero el incremento de 7 veces para la negligencia y de 3 para el maltrato físico es significativo (U.S. Department of Health & Human Services, 2009). La pobreza, entendida desde las ciencias biomédicas como un factor de riesgo, es el predictor más fuerte y consistente del MI. Como una prueba fáctica, la asociación entre pobreza y MI ha condicionado sesgos de intervención dentro de los sistemas de protección infantil. Las posibilidades de diagnóstico e intervención del MI son directamente proporcionales con el nivel de pobreza de las familias, así como con algunos sesgos asociados a la raza o la etnia (DiLorenzo, 2005).
La pobreza no solo tiene que ver con las limitaciones económicas, también está asociada con pobres recursos culturales, incluidos los bajos niveles educativos de los padres, el ingreso de los niños a escuelas de poca calidad, entornos con tasas altas de violencia y delincuencia, menor acceso a los servicios de salud y soportes sociales, mayores porcentajes de hogares con madres cabeza de familia, desempleo o subempleo e inseguridad alimentaria, entre otras. A su vez, al interior de las familias más pobres aumentan las dinámicas que más se asocian con el MI: la violencia intrafamiliar, especialmente la violencia de pareja, el consumo problemático de sustancias psicoactivas y la enfermedad mental en los cuidadores, específicamente la depresión (Wood, 2003).
Berger señala que no existe claridad si la conexión entre pobreza y maltrato es de causalidad o simplemente de correlación. Sin embargo, se han postulado hipótesis sobre las conexiones, como las siguientes: a) el estrés asociado con los pocos ingresos económicos desencadena el maltrato; b) las familias pobres no tienen mayor riesgo de maltratar a los niños, esa asociación solamente es producto del mayor reporte que se hace sobre este tipo hogares; c) las familias que son pobres son reportadas con más frecuencia por negligencia simplemente por sus limitaciones para suplir las necesidades de los niños, o d) existe otro factor subyacente que influye en la correlación entre pobreza y maltrato (2004).
Asimismo, la mayoría de las familias, incluidas las que se encuentran en situación de pobreza, cuidan y protegen a sus hijos, ya que existe el riesgo de interpretar los efectos de la pobreza extrema en las familias como negligencia hacia sus hijos. De hecho, dentro de los sistemas judiciales existen diferencias sobre el entendimiento de lo que se constituye MI por negligencia y las indicaciones para su intervención (DiLorenzo, 2005). Sin embargo, existe consenso sobre los aspectos centrales de la negligencia, que incluyen la incapacidad de brindar adecuada alimentación, vivienda, vestido, educación, cuidado médico a los niños y adecuada supervisión cuando no existen limitantes externas que las condicionen, y sobre la necesidad de ayudar y guiar a las familias en situación de pobreza mediante servicios de apoyo, para que sean capaces de cuidar adecuadamente y suplir las necesidades básicas de sus hijos, antes de judicializarlas, criminalizarlas o retirarles sus hijos por las secuelas de la pobreza.
De la asociación demostrada entre pobreza y maltrato se puede establecer una consecuencia lógica, y es que si se aborda y disminuye la pobreza se podrán disminuir los dos subtipos más importantes: el maltrato infantil en términos de mortalidad y los daños del desarrollo infantil, es decir, de la negligencia y el maltrato físico. Entonces, es coherente que los servicios de protección a la niñez dependan de los ministerios y estancias relacionadas con la protección social de los países. También, es importante que se garanticen los derechos sociales económicos y políticos de las familias por los sistemas de seguridad social de los países, y que los mismos estén interconectados con los sistemas de la protección infantil. Por el contrario, las medidas que se adopten sobre el MI serán un apoyo importante para paliar y corregir parcialmente esta realidad, pero no podrán tener los efectos deseados en términos de cambiar esta realidad y generar una transformación social en los países. Las ciencias económicas han demostrado que