Hacienda pública - 11 edición. Juan Camilo Restrepo
no eran otra cosa que documentos de deuda pública que en un inicio se negociaron a la par, pero que, como sucede siempre cuando se abusa de los poderes de emisión de moneda o del endeudamiento público, empezaron a depreciarse bruscamente en el mercado.
El Banco de San Carlos había sido la agencia encargada de atender el pago de los intereses de la deuda emitida por la Corona española tanto en el mercado doméstico como en las plazas internacionales que entonces funcionaban, muy especialmente la de Ámsterdam. Por diversas circunstancias, este banco no logró cumplir a cabalidad con sus propósitos. Se creó entonces el “Fondo de Consolidación” para estabilizar la cotización de los vales; para atender el servicio de la deuda externa de la Corona; y, en fin, para servir como gran agencia fiscal de los intereses del gobierno de Madrid.
Pero ¿cómo proveer los recursos de este “Fondo de Consolidación”? Uno de los arbitrios más importantes para proveerlo de fuentes que se idearon los consejeros económicos del rey Carlos IV fue ordenar que todos los créditos (censos) otorgados en América por la Iglesia, por las capellanías, por las obras pías, por los conventos y por establecimientos religiosos a los particulares en América se cancelaran rápidamente por los deudores. Y el producido de tales cancelaciones se transferiría a las cajas del “Fondo de Consolidación”, que, en contraprestación a los organismos religiosos, les entregaría bonos de largo plazo con un interés del 3% a cargo de la Corona.
De esta manera, al recoger rápidamente los recursos que circulaban desde tiempos inmemoriales a través de los canales de los llamados “censos” eclesiásticos (operaciones de crédito en las cuales el acreedor era la Iglesia y el deudor gran parte del sistema productivo de las colonias), se dispuso de un arbitrio fiscal de grandes proporciones en beneficio de la Real Hacienda y a cargo de del sector productivo de los virreinatos.
En una época en que el crédito bancario era escaso, por no decir inexistente, una de las fuentes de crédito más importantes de que se valían el comercio, la minería, la agricultura y la incipiente industria de las colonias americanas era precisamente el crédito que fluía a través de los canales religiosos.
Por lo tanto, las sumas de los dineros entregados a crédito que se obligó a revertir abruptamente a los particulares fueron inmensas; de allí que el malestar político que este artificio financiero despertó en las colonias americanas –sobre todo en la más rica de todas, que era el virreinato de Nueva España (México)– fue gigantesco.
Una reciente biografía del cura Hidalgo (EUGENIO AGUIRRE. Hidalgo entre la virtud y el vicio, México, MR, 2009), por ejemplo, relata cómo una de las principales razones que tuvo Hidalgo para abanderar el primer grito de la rebelión contra la Corona española fue precisamente lo que consideró una expropiación injustificada y arbitraria contra su patrimonio y el de su familia (eran acomodados hacendados del Bajío), al aplicarse en la Nueva España, con todo rigor, las disposiciones del “Fondo de Estabilización de los Vales Reales” y la amortización anticipada de los censos eclesiásticos.
Carlos Marichal, uno de los historiadores que han estudiado con mayor esmero el proceso del “Fondo de Consolidación” (Bankrupcy of Empire, Mexican Silver and the Wars Between Britain and France, 1760-1810, Cambridge Latin American Studies, 2007), ha calculado que en los cincuenta años que van de 1760 a 1810 México transfirió a la metrópoli (mediante la reconversión forzosa de los censos y de otros arbitrios rentísticos) cerca del 40% de los ingresos fiscales del virreinato de la Nueva España. Esto representó, por supuesto, una sangría impresionante de recursos que, sumado a los otros “situados”26 que las finanzas novohispanas debieron hacer a los virreinatos americanos más pobres para contribuir a los gastos –principalmente de defensa– ante la arremetida de la marina británica contra el Imperio americano durante aquellos años postreros de éste, nos brinda una aproximación a la magnitud de la punción fiscal que la Corona española aplicó en los momentos finales de la Colonia a su dominios americanos.
¿De qué magnitud fue el esfuerzo que los diversos virreinatos debieron hacer –vía transferencias a la metrópoli– como consecuencia del mecanismo del Fondo de amortización de los vales reales, durante estos años inmediatamente anteriores a 1810?
Carlos Marichal, en la obra que hemos citado (y que constituye un estudio definitivo de lo que fueron las finanzas del Imperio español en los años tardíos de la Colonia), suministra el siguiente cuadro, que ilustra muy bien cuál fue el volumen de la succión de recursos que cada virreinato debió asumir. No es sorprendente que el esfuerzo mayor recayera sobre los deudores de censos eclesiásticos del virreinato de Nueva España, cuya Iglesia era la más rica de la región.
INGRESOS RECAUDADOS A TRAVÉS DEL FONDO REAL DE LA CONSOLIDACIÓN DE VALES EN AMÉRICA ESPAÑOLA Y FILIPINAS 1805-1810 (EN PESOS)
Nota: n. i.: no hay información.
* La renta de Cuba y Caracas son estimaciones.
Fuente: REINHARD LIEHR, “Staatsverschuldung und privatkredit: Die ‘consolidación de vales reales’ in Hispanoamerika”. Tomado de CARLOS MARICHAL, Bankrupcy of Empire, Mexican Silver and the Wars Between Britain and France, 1760-1810, Cambridge Latin American Studies, p. 151.
Naturalmente, este no solo fue un duro golpe para los deudores que se vieron compelidos a pagar anticipadamente sus obligaciones a la Corona, o a perder la propiedad de sus inmuebles que estaban garantizando dichos créditos: también fue un rudo mensaje que la Corona borbónica mandó a la Iglesia de América.
Carlos Marichal comenta al respecto:
Pese al peligro de enemistarse tanto con los adinerados americanos como con la iglesia, las autoridades imperiales decidieron en 1804 actuar con severidad y firmeza en la campaña final para drenar la mayor cantidad de recursos posibles de las instituciones religiosas de Nueva España y de las otras colonias americanas. Al extender la “Consolidación de los Vales” al conjunto del Imperio español en noviembre 24, 1804, el gabinete de Madrid envió el mensaje inequívoco que había llegado el momento para que la iglesia transfiriera una parte considerable de sus activos líquidos al Estado. Esta operación no fue sin embargo, estrictamente hablando una expropiación, puesto que las instituciones religiosas recibieron en cambio de sus acreencias bonos públicos que pagaban el 3% de interés.
Vale la pena anotar, por último, que esta operación financiera se combinó con otra no menos asombrosa. En 1803, Carlos IV había contraído la obligación secreta con Napoleón de servir una suma periódica de bastante consideración al tesoro francés como contraprestación por dispensar a España de participar, al lado de Francia, en las guerras europeas en que estaba empeñado el emperador. Ante la escasez de fondos de la Real Hacienda española para honrar oportunamente estos compromisos, no hubo otra manera de hacerlo que librando órdenes de pago contra la caja de México, donde había suficientes reservas metálicas para atender dichas obligaciones. Restaba, sin embargo, el problema de cómo transportar hacia Europa tales remesas de metales preciosos, especialmente de plata.
El problema se tornó aún más agudo cuando por virtud del bloqueo inglés se hizo prácticamente imposible transportar en barcos de bandera española los subsidios debidos al tesoro francés.
Fue en este momento cuando un financista-aventurero francés, llamado Gabriel Julien Ouvrard27, rico comerciante que había hecho su fortuna suministrando provisiones a las armadas y a la marina francesa, consiguió (con el beneplácito del gobierno británico, lo cual es asombroso) que una buena parte de las indemnizaciones debidas por España a Napoleón se transportaran en barcos de bandera independiente (principalmente estadounidenses) y aún en buques de bandera británica. Con ello se logró resolver la paradoja financiera de que el Reino Unido aceptara que una buena parte de las indemnizaciones debidas por España a Napoleón, su archirrival de ese momento, se trasladaran de las cajas de la Real Hacienda de México hacia Francia y España.
¿Por qué Inglaterra aceptó este esquema? Hay puntos de vista encontrados entre los historiadores. Pero buena parte de ellos considera que ante el bloqueo naval mutuo que Francia e Inglaterra se impusieron durante